Resolución N° 2926-2022-SUNARP-TR
[Visto: 79 veces]“[…] nuestro ordenamiento jurídico en materia de derechos reales se rige por el sistema de numerus clausus y no de numerus apertus, es decir, que se reconocerán como derechos reales sólo a los expresamente reconocidos como tales, según se señala en el artículo 881 del Código Civil […] “ Resolución N° 2271-2019-SUNARP-TR-L …
Leer más