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El 31 de Agosto la SUNAT se publicó la  Resolución de Superintendencia N°171-2019/Sunat, donde detalla algunas definiciones, como agente de percepción, bancos habilitados, declaración y pago, importe a pagar, impuesto, ley, reglamento, RUC y sistema pago fácil.

A continuación algunos puntos relevantes:

1.-Se aprueba el formulario virtual N.° 1670 – Impuesto al consumo de bolsas de plástico –
Agente de percepción, el cual debe ser utilizado por el agente de percepción para la
presentación de la declaración y pago del impuesto.

2.-La declaración y pago del monto total del impuesto percibido en el periodo se realizará de acuerdo con el cronograma aprobado por la SUNAT para el cumplimiento de sus obligaciones tributarias mensuales. Para tal efecto, debe:
a) Ingresar a SUNAT Operaciones en Línea de acuerdo con lo establecido en la Resolución de Superintendencia N.° 109-2000/SUNAT y normas modificatorias.
b) Ubicar el formulario virtual N.° 1670 – Impuesto al consumo de bolsas de plástico – Agente de percepción.
c) Consignar la información que corresponda siguiendo las indicaciones que se detallan en dicho formulario.
d) Cancelar el íntegro del importe a pagar mediante una única transacción bancaria a través de alguna de las siguientes modalidades: -Mediante tarjeta de débito. -Mediante tarjeta de crédito. -Mediante el banco con NPS.

3.-El sistema de SUNAT emitirá una constancia de presentación, el cual será el sustento de la declaración y pago del impuesto.

4.-El impuesto se debe anotar en el registro de ventas e ingresos y el registro de compras, en la columna “Otros tributos y cargos que no forman parte de la base imponible” a que se refiere el literal k) del acápite I y eI literal p) del acápite II del numeral 1 del artículo 10 del Reglamento de la Ley de Impuesto General a las Ventas e Impuesto Selectivo al Consumo, aprobado por el Decreto Supremo N.° 29-94-EF y normas modificatorias, respectivamente.

A continuación el enlace de la norma:

http://www.sunat.gob.pe/legislacion/superin/2019/171-2019.pdf

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