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Ley Nº 31662, vigente desde el 31 de diciembre de 2022, introdujo las siguientes modificaciones a Ley Nº 31362, Ley de Pago de Facturas Mype a 30 días
(i) La norma solo es aplicable para transacciones con entidades distintas a las del sector público,
(ii) El proveedor debe emitir la Factura y/o RHE culminado el bien y/o servicio, debe poner a disposición el comprobante de pago al adquirente en un plazo máximo de 4 días calendario de su emisión,
(iii) El adquirente deberá otorgar la conformidad a través de la plataforma de Sunat u opera la conformidad tácita según las reglas previstas por los artículos 7 y 8 del Decreto de Urgencia Nº013-2020,
(iv) Ante el incumplimiento de pago el proveedor podrá anotar el incumplimiento de Pago en la Plataforma que Produce puso a disposición para beneficiar a Mipyme, emprendimientos y Startups.
Comparto un gráfico de la aplicación concordada de la Ley de Pago Oportuno MYPES.
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