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Resolución del Tribunal Fiscal N° 02653-5-2020

Conlleva a la pérdida del costo o gasto y el crédito fiscal del IGV cuando el contribuyente no acreditó la utilización de medios de pago en la cancelación de varias facturas por montos inferiores a S/3,500 que corresponden a única operación cuyo pago fue fraccionado pero que sumadas superan dicho monto.

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