INSTITUCIONALIDAD PARLAMENTARIA

INSTITUCIONALIDAD PARLAMENTARIA

Categoría : General

[Visto: 1016 veces]

“Los mecanismos que existen en el Parlamento, que tengo como presidenta de la Comisión, me dan ciertas facultades y ciertas potestades, y también tenemos técnicos y asesores para evaluación. De eso se puede sacar una conclusión, si es favorable o desfavorable”. Esta fue la argumentación principal de la presidenta de la Comisión de la Mujer, Karina Beteta. justificando el reconocimiento que le hizo a la polémica conductora de televisión Magaly Medina por el Día Internacional de la Mujer, en el Congreso de la República.

¿Que mecanismos son estos? ¿Que potestades son aquellas? ¿En que reglamento se encuentra establecido esos procedimientos y mecanismos?

Más allá del escándalo producido de que si fue o no conveniente, atinado o con cierta o ninguna dósis de criterio, o puro cálculo político para “rating” político en los medios de comunicación, que los parlamentarios por lo general suelen asociar a tener presencia política; lo cierto es que la ciudadanía debería conocer si la toma de decisiones, el alcanzar acuerdos de diverso tipo se encuentra institucionalizado en el parlamento, o tiene que ver con una alto nivel de discrecionalidad que los congresistas se suelen otorgar, formando parte de los usos y costumbres del parlamento, pero no de formas institucionales, que puedan incluso regular las malas costumbres políticas que sólo buscan el “rating” personal, pero que afectan gravemente la institucionalidad parlamentaria.?

El Reglamento del Congreso de la República que tiene fuerza de ley, precisa las funciones del Congreso y de la Comisión Permanente, define su organización y funcionamiento, establece los derechos y deberes de los Congresistas y regula los procedimientos parlamentarios. En ninguna parte de este documento existen reconocidas esas potestades y mecanismos a la que alude la congresista Beteta, por lo que quizás habría que pensar que estas se encuentran por fuera de la norma reglamentaria, o cada Comisión Ordinaria tiene su propio reglamento, o existen usos y costumbres de la vida cotidiana del parlamento que se rigen por directivas internas, que suelen fijarse en los antecedentes de lo que hicieron los predecesores, por más que estos puedan ser malos precedentes o ejemplos.

Unir este hecho con la carencia de institucionalidad para ejercer una fiscalización y control parlamentario eficaz y oportuno, así como mejorar la calidad de las leyes, obliga a señalar que el Congreso de la República requiere de una urgente Reforma Parlamentaria.

Es cierto que no se trata sólo de elaborar reglamentos para cada Comisión, como se produjo en el período 2001-2006, y donde el mismo criterio de usos y costumbres, vale decir la decisión de la presidenta o el presidente de una Comisión se imponía sobre sus pares a la hora de establecer el reconocimiento a determinados personajes o de tomar o cual decisión, con poco o ningún criterio. Sino se trata de diseñar una institucionalidad adecuada para el Congreso que el país requiere. Algo se inició en la época de trancisión democrático donde se configuró una propuesta de planeamiento estratégico para el parlamento con una mirada que tenía como término el 2011. Al final fue dejado de lado

Sin embargo, la urgente reforma parlamentaria se impone y se vuelve al mismo tiempo más compleja, porque este actual parlamento según algunos asesores del parlamento vendría canalizando recursos de la cooperación internacional, que ha permitido que las Comisiones Ordinarias cuenten con ingresos extras para mejorar el ejercicio de sus funciones como es la de legislar, fiscalizar y representar. Se hace impostergable tomar el pulso sobre el uso adecuado de estos recursos

Puntuación: 4.00 / Votos: 1

Suscripción

Ingrese su correo electrónico para notificarlo de las actualizaciones de este blog: