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Mediante la Resolución de Superintendencia N° 000295-2022/SUNAT la Sunat estableció lo siguiente: (i) Nuevos importes para que opere la excepción de la obligación de efectuar pagos a cuenta y la suspensión de la obligación de efectuar retenciones y/o pagos a cuenta, respecto del impuesto a la renta por rentas de cuarta categoría por el ejercicio 2023 y (ii) Indicar el formato que utilizarán los contribuyentes que excepcionalmente presenten la solicitud de suspensión de retenciones y/o de pagos a cuenta del impuesto a la renta.
A continuación una nota referida a los montos que eximen de la retención y/o de realizar el pago a cuenta de cuarta categoría y las implicancias de su omisión.
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