En el presente video comparto los requisitos para la provisión y castigo de cuenta de cobranza dudosa según la Ley y el Reglamento de la Ley del Impuesto a la Renta y según recientes criterios jurisprudenciales.
En particular, resaltar la Resolución del Tribunal Fiscal N° 08932-9-2023, en la cual el Tribunal Fiscal señala que se cumple con el requisito de la discriminación cuando se encuentre anotada en forma global en el Libro de Inventarios y Balances y además se cuenta con la anotación de la provisión en otros libros o registros de forma discriminada o esta información está consignada en hojas sueltas legalizadas.
Deseo les sea de utilidad
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