[Visto: 1498 veces]
Mediante Resolución de Superintendencia N° 270-2023/SUNAT, la Sunat estableció los importes a partir de los cuales los perceptores de cuarta categoría podrán solicitar la suspensión de retención y no deberán realizar los pagos a cuenta por las rentas de trabajo percibidas durante el ejercicio 2024.
A continuación una nota al respecto.
Deja un comentario