Comparte mis artículos en tus redes sociales
[Visto: 191 veces]

La Resolución de Superintendencia N° 288-2022/SUNAT, publicada el 26 de diciembre de 2022, aprobó las fechas en las que Sunat pondrá a disposición el Formulario 709 (aplicable a las demás rentas de personas naturales) y el Formulario 710 (aplicable a perceptores de renta de tercera categoría) para la presentación de la declaración jurada anual del Impuesto a la Renta Anual 2022. Asimismo, estableció un cronograma de vencimiento para la declaración anual e incorporó la obligatoriedad del uso del formulario 710 en su versión completa para las personas jurídicas domiciliadas que generan rentas en el extranjero por dividendos y que utilicen el impuesto pagado en el extranjero como un crédito en la determinación del Impuesto a la Renta.
Una nota de las disposiciones a considerar

Puntuación: 0 / Votos: 0
Comparte mis artículos en tus redes sociales