FIJAN REGLAS PARA EL IMPUESTO A LA RENTA EN IGLESIAS NO CATÓLICAS

[Visto: 1317 veces]Mediante el Informe Nº 066-2015/SUNAT la Administración Tributaria señala que la exoneración al pago del impuesto a la renta vigente hasta el 31.12.2015, sólo aplica a las entidades religiosas no católicas inscritas en el Ministerio de Justicia. Esta inscripción es voluntaria y no constituye un requisito para el funcionamiento de la entidad religiosa. Sin embargo, solo se accederá a la exoneración del impuesto a la renta si dichas entidades figuran en el registro…

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