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Esta sentencia se basa en el Recurso de agravio constitucional interpuesto por don Hugo Escobar Agreda, en representación de doña Emilia Rosario del Rosario Medina de Baca, contra la resolución de fecha 8 de agosto de 2012, que declaró improcedente la demanda de amparo.

En esta sentencia el Tribunal Constitucional Declara FUNDADA la demanda, por haberse acreditado la vulneración de los derechos a la razonabilidad de las sanciones administrativas y al acceso a los recursos en sede administrativa; en consecuencia, NULA la Resolución de Ejecución Coactiva 023-006-1085011.

Asimismo, dispone que la Sunat efectúe el cálculo de los intereses moratorios de las deudas originadas en las Resoluciones de Determinación 024-003-0008223 y 024-003-0008224, y en la Resolución de Multa 024-002-0022735, sin aplicar la regla de la capitalización de intereses contenida en el artículo 7 de la Ley 27038, y sin aplicar la regla del cobro de intereses durante la etapa de impugnación administrativa de las resoluciones de determinación y de multa, contenida, en el extremo de la apelación ante el Tribunal Fiscal, en el artículo 6 del Decreto Legislativo 981; más los costos del proceso.

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