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– Ha modificado la LIR, en lo concerniente a la deducción adicional por intereses de créditos hipotecarios de primera vivienda de cuarta y quinta categoría, a fin de incorporar a la Cooperativa de Ahorro y Crédito, que sólo opera con sus socios y que no está autorizada a captar recursos del público u operar con terceros, como entidad aprobada para otorgar dichos créditos hipotecarios.

-Ha modificado la Ley de Compensación por Tiempo de Servicios a fin de incorporar como entidad aprobada para recibir depósitos de CTS a las Cooperativas de Ahorro y Crédito,
que sólo operan con sus socios y que no están autorizadas a captar recursos del público u operar con terceros, autorizadas a realizar operaciones de los niveles 2 y 3 conforme se indica en la Ley General del Sistema Financiero.

– Ha modificado la Ley del Sistema Privado de Administración de Fondos de Pensiones en lo concerniente a la disposición de hasta el 25% del fondo acumulado en la Cuenta Individual de Capitalización de aportes obligatorios, a fin de incorporar como entidad aprobada para otorgar créditos hipotecarios para vivienda a la Cooperativa de Ahorro y Crédito que sólo opera con sus
socios y que no está autorizada a captar recursos del público u operar con terceros.

-Ha modificado la Ley General de Sociedades con el objeto de incorporar como entidad aprobada para recibir aportes dinerarios para la constitución de una empresa o aumento
de capital de ésta, a la Cooperativa de Ahorro y Crédito que sólo opera con sus socios y que no está autorizada a captar recursos del público u operar con terceros.

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