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La Corte Suprema en la Sentencia de Casación N° 22319-2022, publicada el 14 de agosto de 2023 ha señalado que el contribuyente debe cumplir con acreditar la causalidad del gasto de modo tal que evidencie que fue precisamente debido a dicho gasto que se generó la renta gravada, con documentos que prueben las coordinaciones de las gestiones o negociaciones realizadas en el extranjero, documentos de trabajo efectuados durante el viaje o informes sobre los resultados del viaje.
En tal sentido, concluye la Corte Suprema que, la correspondencia y las importaciones realizadas desde el país al que se realizó el viaje durante el ejercicio acotado, no tienen mérito suficiente para acreditar la causalidad de los gastos de viaje del gerente general o que este haya sido indispensable, pues no cumplen con vincularlo con la generación de la renta.
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