Decreto Supremo N° 003-2022-TR
A partir del 1 de mayo de 2022. se dispone el mandato legal que los empleadores deben incrementar en S/ 95.00 (noventa y cinco y 00/100 Soles) la Remuneración Mínima Vital de los trabajadores sujetos al régimen laboral de la actividad privada, con lo que la Remuneración Mínima Vital pasará de S/ 930.00 (novecientos treinta y 00/100 Soles) a S/ 1 025.00 (mil veinticinco y 00/100 Soles).
A partir del 1 de mayo 2022, el aumento de la Remuneración mínima vital generará el siguiente impacto respecto de la carga laboral que deben asumir las empresas:
Conceptos cuyo cálculo se realice en función a la RMV | A partir del 01 de mayo de 2022 |
La subvención mínima para practicantes y otros que cumplen con una jornada ordinaria es de 1 RMV, | S/ 1025 |
La RMV del sector minero es la suma de la RMV más el 25%. | S/ 1,281.25 |
La Bonificación Especial por Trabajo Agrario (BETA) es el 30% de la RMV, equivalente a 307.50 soles desde mayo. | S/ 307.50 |
El aporte mínimo a EsSalud equivale al 9% de la RMV. | S/ 92.25 |
La asignación familiar corresponde al 10% del sueldo mínimo. | S/ 102.50 |
La remuneración por trabajo nocturno está compuesta de la RMV más su 35% 1,383.75 soles. | S/ 1383.75 |
El costo laboral de los trabajadores que reciben el sueldo mínimo aumentará en, al menos, 1,568 anuales soles, considerando 12 sueldos, 2 gratificaciones, la CTS, el aporte a Essalud, el seguro de Vida Ley, entre otros.
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