[Visto: 485 veces]

Informe Nº 000102-2021-SUNAT/7T0000 SUNAT interpreta que no califican como exportación de servicios los servicios de despacho aduanero y/o transporte local realizados por empresas domiciliadas en favor de empresas no domiciliadas quienes encargan entregar a sus clientes en el Perú los productos que  comercializan a través de una plataforma digital de venta on line.

Leer el informe: https://www.sunat.gob.pe/legislacion/oficios/2021/informe-oficios/i102-2021-7T0000.pdf

Puntuación: 0 / Votos: 0
Comparte este artículo en tus redes sociales