Publican listado de empleadores elegibles para la asignación del subsidio creado por Decreto de Urgencia N° 127-2020
Mediante Resolución Ministerial No. 063-2021-TR, publicada hoy 12 de abril 2021, se ha aprobado el listado de empleadores elegibles que han calificado para recibir el subsidio de recuperación del empleo formal creado por el Decreto de Urgencia No. 127-2020, así como el monto de dicho subsidio correspondiente a noviembre de 2020.
Los empleadores incluidos en el listado gestionan el desembolso del subsidio siempre que previamente cumplan con la acreditación de las condiciones contenidas en el numeral 9.2. del artículo 9 del Decreto de Urgencia No. 127-2020, a través de la Ventanilla Virtual del Asegurado VIVA del Seguro Social de Salud–EsSalud. aquí el detalle:
RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 063-2021-TR
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SE RESUELVE:
Artículo 1. Aprobar el listado de empleadores elegibles que han calificado para la asignación del subsidio creado por el Decreto de Urgencia Nº 127-2020, Decreto de Urgencia que establece el otorgamiento de subsidios para la recuperación del empleo formal en el sector privado y establece otras disposiciones, así como el monto que corresponde por dicho concepto respecto al mes de noviembre de 2020, el mismo que se incluye como Anexo que forma parte integrante de la presente Resolución Ministerial.
Los empleadores incluidos en el presente listado gestionan el desembolso del subsidio siempre que, previamente, acrediten el cumplimiento de las condiciones indispensables en la Ventanilla Integral Virtual del Asegurado – VIVA del Seguro Social de Salud – EsSalud, de conformidad con el numeral 9.2 del artículo 9 del citado Decreto de Urgencia Nº 127-2020.
Artículo 2. Encargar a la Dirección de Supervisión y Evaluación de la Dirección General de Políticas para la Promoción de la Formalización Laboral e Inspección del Trabajo del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo la remisión a EsSalud del listado de empleadores elegibles del sector privado que han calificado para la asignación del subsidio, así como del monto que corresponde por dicho concepto, conforme a lo dispuesto por el citado Decreto de Urgencia Nº 127-2020.
Artículo 3. Disponer la publicación de la presente Resolución Ministerial y de su Anexo en el portal institucional del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo (www.gob.pe/mtpe) en la misma fecha de publicación de la presente Resolución Ministerial en el diario oficial El Peruano, siendo responsable de dicha acción la Oficina General de Estadística y Tecnologías de la Información y Comunicaciones.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
JAVIER EDUARDO PALACIOS GALLEGOS
Ministro de Trabajo y Promoción del Empleo
Anexo 1 : Listado Empleadores elegibles para el Subsidio:
dpb / 12 de abril 2021