LEY DE PAGO DE FACTURAS MYPE A 30 DÍAS

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la Ley de Pago en Plazos Justos es reglamentada por Gobierno de Colombia | Economía | Portafolio

LEY DE PAGO DE FACTURAS MYPE A 30 DÍAS (Ley 31362)

Gobierno promulga Ley que regula el Pago de Facturas a Mypes, esto es tanto de facturas comerciales o recibos por honorarios girados a empresas del sector privado y público a fin de impulsar el dinamismo de la economía vía la oportuna provisión de liquidez (capital de trabajo) a las micro y pequeñas empresas (mypes).

La promulgada Ley dispone que “El pago del monto total de las facturas o recibos por honorarios emitidos por el proveedor de un bien o servicio deberá ser cancelado de forma efectiva en un plazo máximo de hasta 30 días calendario, contados a partir de la fecha de emisión”. Se entiende por emisión cuando exista conformidad de la factura lo cual debe ocurrir a los 8 días calendario.

Importancia de la conformidad:

Precisa que la empresa privada o entidad pública adquiriente tiene un plazo de ocho días calendario contados a partir de la recepción del bien o servicio, para otorgar la conformidad de acuerdo con lo establecido en la orden de compra, contrato o términos de referencia u otro documento que acredite la adquisición. dicha conformidad, del bien o servicio entregado, debe constar por escrito mediante el cargo correspondiente.

En caso de que se hubiera acordado realizar el pago en cuotas, deben indicarse las fechas respectivas de pago de cada una de ellas, tomando en cuenta que la primera cuota se paga como máximo dentro de los 30 días calendario a la presentación de la factura o recibo por honorarios.
Excepcionalmente, el proveedor y el adquirente del bien o usuario del servicio pueden establecer, de común acuerdo, un plazo distinto al que se refieren los párrafos anteriores, siempre que dicho acuerdo conste por escrito, sea suscrito por quienes concurran en él y no constituya abuso para el proveedor de bienes o servicios.

De no realizarse el pago dentro del plazo establecido, el acreedor incurrirá en mora, devengándose desde el día siguiente de la fecha de vencimiento hasta la fecha de pago. La tasa de interés moratoria será calculada según los criterios establecidos por el BCR y los procedimientos correspondientes serán establecidos de acuerdo a su reglamento.

Contrataciones con empresas del estado: La Ley dispone que en el caso de procesos de contratación en instituciones públicas que se realizan dentro del marco del Texto Único Ordenado (TUO) de la Ley 30255, Ley de Contrataciones del Estado, sus disposiciones son aplicables siempre que sean más favorables para las mypes o proveedores del Estado en general.

Medida transitoria:

Por un periodo de ciento 180 días calendario, contados a partir de la de mañana, es decir hasta el 27 de mayo de 2022, el pago del monto de las facturas o recibos por honorarios, en el caso de las empresas privadas, se podrá realizar en un plazo máximo de 60 días calendario.

Fuente: Diario Oficial El Peruano del 28 de noviembre de 2021.

https://busquedas.elperuano.pe/download/url/ley-de-pago-de-facturas-mype-a-treinta-dias-ley-n-31362-2016188-1

dpb 29 noviembre 2021

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