INFORME SUNAT: Suspensión del cómputo de plazos de procedimientos tramitados en la SUNAT

[Visto: 814 veces]

Mediante INFORME N.° 027-2020-SUNAT/7T0000 , la SUNAT ha establecido criterios relacionados a la Suspensión del cómputo de plazos de procedimientos sujetos a silencio administrativo positivo y negativo o de cualquier índole tramitados en la SUNAT

Al respecto, en el referido informe se formularon las consultas y conclusiones siguientes:

CONSULTAS:
  1. ¿La suspensión de plazos declarada por el Decreto de Urgencia N.° 026- 2020 se aplica a los procedimientos administrativos en materia tributaria seguidos ante la SUNAT?
  2. De ser afirmativa la respuesta a la pregunta anterior, ¿a partir de cuándo se computa el plazo de la suspensión declarada por dicho decreto de urgencia?
  3. ¿A partir de cuándo se computa el plazo de la suspensión declarada por el Decreto de Urgencia N.° 029-2020?
CONCLUSIONES:

Respuesta 1. Por efecto del D.U. N.° 026-2020 y el D.S. N.° 076-2020-PCM, se suspenden por 45 días hábiles los plazos de tramitación de los procedimientos administrativos en materia tributaria seguidos ante la SUNAT que estén sujetos a silencio administrativo positivo o negativo y que hayan sido iniciados antes del 16.3.2020; siendo que, en este caso, el cómputo de los 45 días del periodo de suspensión se inició el 16.3.2020 y culminaría el 20.5.2020.

Respuesta 2. De acuerdo con los Decretos de Urgencia N.os 029-2020 y 053-2020, se suspenden por 45 días hábiles los plazos de inicio y de tramitación de los procedimientos administrativos y de procedimientos de cualquier índole seguidos ante la SUNAT( 6 ); siendo que, en este caso, el cómputo de los 45 días hábiles del período de suspensión se inició el 23.3.2020 y culminaría el 27.5.2020.

 

Para mayor detalle hacer clic en el número de informe.

 

Puntuación: 0 / Votos: 0

JOSE LUIS RODRIGUEZ ARANDA

Contador Público por la Pontificia Universidad Católica del Perú. Maestría en Tributación y Política Fiscal en la Universidad de Lima. Certificado Internacionalmente en NIIF – IFRS por el ICAEW (Institute Of Chartered Accountants In England And Wales) de Inglaterra. Postgrado en Normas Internacionales de Información Financiera (NIIF) por CENTRUM Católica. Postgrado en Tributación. Especialización en Tributación y Aduanas “II CAAT – Curso de Aduanas y Administración Tributaria” por la SUNAT. Actualmente se desempeña como auditor en la SUNAT. Ha ocupado diversos cargos en importantes empresas privadas trasnacionales como en Adcap Securities Perú Sociedad Agente de Bolsa S.A., Citibank del Perú S.A. Superintendencia de Banca Seguros y AFPs y SN Power Peru Holding S.R.L. Asimismo, se ha desempeñado como asesor y consultor en temas tributarios y Normas Internacionales de Información Financiera. Docente universitario y conferencista en diversos cursos de tributación

Deja un comentario

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *