JURISPRUDENCIA: Caso de arrastre de los créditos por retenciones del IGV no interrumpe la prescripción
Mediante la RTF N° 8853-10-2019 y RTF N° 10791-4-2017, el tribunal fiscal ha establecido el siguiente criterio jurisprudencial.
El arrastre de los créditos por retenciones contenido en las declaraciones juradas mensuales no constituye una compensación automática ni la acción de la Administración Tributaria dirigida a efectuar la compensación de oficio. En ese sentido, no constituye un acto de interrupción del cómputo de la prescripción previsto en el numeral 4 del artículo 45 del Código Tributario “Por la compensación automática o por cualquier acción de la Administración Tributaria dirigida a efectuar la compensación de oficio.”
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