DIFERENCIAS ENTRE LAS NIIF COMPLETAS Y LAS NIIF PARA PYMES

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DIFERENCIAS ENTRE LAS NIIF COMPLETAS  Y LAS NIIF PARA PYMES

La NIIF para las PYME y las NIIF completas  en la mayoría de los casos comparten los mismos principios de contabilidad, sin embargo presentan algunas diferencias sustanciales en el reconocimiento, medición, presentación y revelación de las transacciones económicas que se muestran a continuación:

Sección 1 – Pequeñas y Medianas Entidades

La NIIF para las PYME se pretende aplicar a los estados financieros de propósito general sólo de las entidades que no tienen responsabilidad pública, a diferencia de las NIIF completas que están diseñados para aplicar a los estados financieros de propósito general y otros reportes financieros de todas las entidades con ánimo de lucro.

Sección 3 – Presentación de Estados Financieros

Estado del resultado integral: Permite elegir presentar en un solo estado del resultado integral o en  un estado de resultados separado y un estado del resultado integral Separado, A diferencia de las NIIF completas  el  IASB acordó abandonar el enfoque de dos estados.

Permite presentar un único estado de resultados y ganancias acumuladas en lugar del estado del resultado integral y del estado de cambios en el patrimonio, si los únicos cambios en el patrimonio durante los periodos para los que se presentan los estados financieros surgen de ganancias o pérdidas, pago de dividendos, correcciones de errores de periodos anteriores, y cambios de políticas contables (párrafo 3.18 Sección 3).. Las NIIF completas no contemplan esta opción.

Una entidad que aplique la NIIF para las PYME no se le obliga a presentar un estado de situación financiera al comienzo del primer período comparativo cuando la entidad aplica una política contable de manera retrospectiva, o realiza ajustes retrospectivos o cuando reclasifique partidas en sus estados financieros (párrafo 3.14 Sección 3). Las NIIF completas si las requiere (párrafo 39 NIC 1).

La NIIF para PYME no trata la presentación de la información por segmentos, las ganancias por acción o la información financiera intermedia, las NIIF completas si trata estos temas.  Una entidad que decida revelar esta información describirá los criterios para su preparación y presentación.

Sección 4 – Estado de Situación Financiera

Sección 5 –  Estado del Resultado integral y Estado de Resultados

La NIIF para las PYME tiene sólo tres elementos de otro resultado integral conversión de los estados financieros de un negocio en el extranjero, algunos cambios en el valor razonable de instrumentos de cobertura y las ganancias y pérdidas actuariales de los planes de beneficios definidos (párrafo 5.4 Sección 5). Las NIIF completas tienen más elementos del resultado integral.

Si una entidad que aplica las NIIF completas clasifica sus gastos por función, tiene la obligación de revelar información sobre la naturaleza de los gastos (párrafo 104 NIC 1). La NIIF para las PYME no requiere explícitamente estas revelaciones adicionales de gastos por naturaleza (párrafo 5.11 Sección 5).

Sección 6 –  Estado de Cambios en el Patrimonio y Estado del Resultado Integral y Ganancias Acumuladas

Las NIIF para las PYME Permite presentar un único estado de resultados y ganancias acumuladas en lugar del estado del resultado integral y del estado de cambios en el patrimonio, si los únicos cambios en el patrimonio durante los periodos para los que se presentan los estados financieros surgen de ganancias o pérdidas, pago de dividendos, correcciones de errores de periodos anteriores, y cambios de políticas contables (párrafo 6.4 Sección 6). Esta opción no existe en las NIIF completas.

Sección  7 – Estado de Flujos de Efectivo

No hay diferencias.

Sección  8 – Notas a los Estados Financieros

Los requisitos de revelación en las NIIF para las PYME se reducen sustancialmente en comparación con los requisitos de divulgación en las NIIF completas. Los motivos de las reducciones son de cuatro tipos principales:

  1. Algunas revelaciones no se incluyen porque se refieren a los temas tratados en las NIIF completas que se omiten en la NIIF para las PYME.
  2. Algunas revelaciones no se incluyen porque se refieren a los principios de reconocimiento y valoración de las NIIF completas que han sido reemplazados por simplificaciones en la NIIF para las PYME.
  3. Algunas revelaciones no se incluyen debido a que se refiere a las opciones en las NIIF completas que no están incluidos en la NIIF para las PYME.
  4. Algunas revelaciones no se incluyen en la base de las necesidades de los usuarios o consideraciones por costo-beneficio.

Sección  10 – Políticas Contables, Estimaciones y Errores

La NIIF para las PYME establece que cuando no se ha tratado un tema especifico, la gerencia elegirá una guía o política contable para su aplicación según el siguiente orden jerárquico: a) Requerimientos y guías establecidos en esta NIIF que traten cuestiones similares y relacionadas, y b) Definiciones, criterios de reconocimiento y conceptos de medición, y los principios generales en la Sección 2 Conceptos y Principios Generales. Asimismo podrá considerar los requerimientos y guías de las NIIF completas que traten cuestiones similares y relacionadas.

La NIIF para las PYME no permite usar otras normas o guías distintas a la NIIF para las PYMES o NIIF completas. Las NIIF completas si permite esta opción (NIC 8, párrafo 12).

Sección 11 –  Instrumentos Financieros Básicos y Sección 12 Otros Temas relacionados con los Instrumentos Financieros

Bajo la NIIF para las PYME una entidad para contabilizar sus instrumentos financieros elegirá entre:

  1. la aplicación de las disposiciones establecidas tanto en la Sección 11 y Sección 12 en su totalidad, o
  2. la aplicación de lo dispuesto en el reconocimiento y  medición de la NIC 39 y los requisitos de revelación de la Sección 11 y Sección 12.

Si una entidad opta por aplicar b):

La principal diferencia entre la aplicación de b) y la aplicación de las NIIF completas son con respecto a los requisitos de revelación. Sección 11 incluye la gran mayoría de las revelaciones que están en la NIIF 7. Sin embargo, la NIIF para las PYME incluye sólo la revelación de alguno de los riesgos que están en la NIIF 7. Las revelaciones de riesgo no incluidas explícitamente en la NIIF para las PYME son:

  • Las revelaciones apropiadas para las instituciones financieras (que no son elegibles para utilizar las NIIF para las PYME).
  • Las revelaciones apropiadas para las empresas cuyos valores se negocian en los mercados de valores.

Si una entidad opta por aplicar (a):

Incluyendo las diferencias mencionadas para la revelación al elegir la opción del literal b) anterior, existen las siguientes diferencias entre la Sección 11 y 12 y las NIIF completas:

Clasificación de los instrumentos financieros: En virtud de la sección  11 y 12, los instrumentos financieros se clasifican en instrumentos financieros básicos y otros instrumentos financieros más complejos. Los instrumentos financieros básicos se miden al costo amortizado  a excepción de las inversiones en acciones preferentes no convertibles y acciones preferentes u ordinarias sin opción de venta, que se miden a valor razonable. Los demás instrumentos financieros se miden al valor razonable con cambios en resultados, excepto  en el caso que no tenga cotización pública y cuyo valor no pueda estimarse de forma con fiabilidad, se medirá al costo. Las NIIF completas   contempla la clasificación en  4 categorías (NIC 39).

Las NIIF completas obliga a evaluar la intención de la administración respecto de los instrumentos financieros para efectuar la clasificación y sanciona ciertas reclasificaciones entre categorías (NIC 39). Las NIIF para las PYME no requiere esta evaluación.

La Sección 11 dispone que los instrumentos financieros básicos sean medidos a su precio de transacción. Según la NIC 39, los instrumentos financieros se valoran inicialmente por su valor razonable. En la práctica, es probable que la diferente terminología no genere una diferencia significativa en el valor del reconocimiento inicial.

Coberturas

Las NIIF para las PYME requieren que la contabilidad de cobertura es permitida sólo para los siguientes riesgos:

  • Riesgo de la tasa de interés para un instrumento de deuda medido a costo amortizado;
  • Tasa de cambio o de tasa de interés en un compromiso en firme o la previsión de una transacción altamente probable;
  • Riesgo de precio de un producto mantenido o en un compromiso en firme o la previsión de una transacción altamente  probable de comprar o vender un producto; y
  • Riesgo de cambio en una inversión neta en una operación en el extranjero.

Las NIIF para las PYME  permiten que sean designados como instrumentos de cobertura solo los swaps de las tasas de interés, de diferencias de cambio  y  de moneda extranjera, los contratos a término en moneda extranjera y los contratos a término de materia prima cotizada.

Sección  14 – Inversiones en empresas asociadas

La NIIF para las PYME permite a la entidad contabilizar sus inversiones en empresas asociadas en sus estados financieros individuales utilizando tres modelos diferentes, el método de participación, el modelo de costes y el modelo del valor razonable. El modelo elegido se aplica a todas las inversiones en empresas asociadas. Las NIIF completas requieren que las inversiones en asociadas  se contabilicen según el método de participación.

Bajo el método de participación la NIIF para las PYME requiere que el goodwill implícito se amortice sistemáticamente durante su vida útil (párrafo 14.8 (c)). Las NIIF completas no permite la amortización del goodwill. (NIC 28, párrafo 23(a)).

Sección  15 – Las inversiones en negocios conjuntos

La NIIF para las PYME permite a una entidad elegir contabilizar sus inversiones en entidades controladas de forma conjunta en sus estados financieros principales uno de los tres modelos diferentes, el método de participación, el modelo de costes y el modelo del valor razonable. El modelo elegido se aplica a todas sus inversiones en entidades controladas de forma conjunta. Las NIIF completas requieren que las inversiones en entidades controladas de forma conjunta se contabilicen por el método de la participación.

Bajo el método de la participación, la NIIF para las PYME requiere que el goodwill implícito se amortice sistemáticamente durante su vida útil (véase los párrafos 15.13 y 14.8 (c)). Las NIIF completas no permite la amortización del goodwill (véase la NIC 28, párrafo 23 (a)).

Sección  16 – Propiedad de Inversión

Las NIIF completas permite hacer elección de política contable entre el modelo del valor razonable y el modelo de costo (con algunas excepciones limitadas) (véase párrafo 30 de la NIC 40). La NIIF para las PYME no tiene una política contable, sino la contabilización de las propiedades de inversión es impulsada por las circunstancias. Si una entidad puede medir el valor razonable de una propiedad de inversión sin costo o esfuerzo de manera continua, se debe utilizar el valor razonable, en caso contrario se debe utilizar el modelo de costo de acuerdo a la Sección 17 Propiedades.

Según las NIIF completas si una entidad sigue el modelo del costo, está obligado a revelar adicionalmente información de los valores razonables de las propiedades de inversión (véase párrafo 79 de la NIC 40). La NIIF para las PYME no requiere esta revelación.

Sección  17 – Propiedad, planta y equipo

Las NIIF completas permiten la opción de utilizar el modelo de revaluación para la medición de propiedades, planta y equipo después del reconocimiento inicial (véase párrafo 31 de la NIC 16). La NIIF para las PYME no permite esta opción.

Las NIIF completas requieren una revisión anual del valor residual, vida útil y el método de depreciación de las propiedades, planta y equipo (véase párrafo 51 de la NIC 16). La NIIF para las PYME exige una revisión sólo si hay indicadores de que ha habido un cambio significativo desde la última presentación de información financiera (véase párrafo 17.19 de la Sección 17).

Sección  18 – Activos intangibles

Las NIIF completas requieren que todos los costos de investigación se carguen  a gasto cuando se incurre, pero los costos de desarrollo incurridos después de que el proyecto sea considerado viable deberán ser capitalizados (NIC 38). La NIIF para las PYME requiere que todos los costos de investigación y desarrollo sean  reconocidos como gastos (párrafo 18.21 Sección 18).

Las NIIF completas presume que el criterio para el reconocimiento de medición fiable es siempre satisfecho en los activos intangibles adquiridos en una combinación de negocios (NIC 38). La NIIF para las PYME prevé una excepción para un activo intangible adquirido en una combinación de negocios que surge de derechos legales o contractuales cuando su valor razonable no puede ser medido de forma fiable, ya sea porque no es separable del fondo de comercio o es separable del fondo de comercio pero no hay la historia o evidencia de transacciones de intercambio para el mismo activos u otros  similares, y estimar el valor razonable no podrá ser medido con fiabilidad (párrafo 18.8 Sección 18).

Las NIIF completas requiere que  los activos intangibles de vida indefinida sean llevados al costo menos las pérdidas por deterioro (NIC 16). La NIIF para las PYME considera que todos los activos intangibles (incluidos los activos intangibles de vida indefinida) tienen vida finita. Se requiere que todos los activos intangibles (es decir, incluyendo los activos intangibles de vida indefinida) sean amortizados (párrafo 18.19 Sección 18).

Las NIIF completas permiten la opción de utilizar el modelo de revaluación para la medición de los activos intangibles después del reconocimiento inicial (NIC 38). La NIIF para las PYME no permite.

Las NIIF completas requieren una revisión anual del valor residual, vida útil y el método de la amortización de activos intangibles (NIC 38). La NIIF para las PYME exige una revisión sólo si hay una indicación de que ha habido un cambio significativo desde la fecha de presentación de informes anuales pasado (párrafo 18.24 Sección 18).

Sección  19 Combinaciones de Negocios y Plusvalía

La NIIF para las PYME señala que cualquier costo directamente atribuible forma parte del costo de la combinación de negocios. Las NIIF completas requiere que la adquirente contabilice los costos relacionados con la adquisición como gastos del periodo, con excepción de los costos de emisión de deuda o acciones que deberán reconocerse de acuerdo con las NIC 32 y 39.

Las NIIF completas requiere que la adquirente revele información sobre combinación de negocios que haya efectuado después del final del periodo contable pero antes de que los estados financieros hayan sido autorizados para su emisión (NIIF 3 párrafo 59). La NIIF para las PYME no requiere esta opción.

La NIIF para las PYME considera que la plusvalía después de su reconocimiento inicial se mediara al costo menos la amortización acumulada y las perdidas por deterior. Considera que la plusvalía tiene una vida útil definida y se amortiza a lo largo de esta vida útil, en caso no se pueda determinar la vida útil con fiabilidad se supone que dicha vida útil es de  10 años. Las NIIF completas (Sección 19, párrafo 19.22 y 19.23).  Las NIIF completas requiere que la plusvalía se mida al valor razonable menos las pérdidas por deterioro (NIIF 3 y NIC 36).

Sección  20 Arrendamientos

La NIIF para las PYME requiere que cuando los pagos al arrendador de un arrendamiento operativo  se estructuren de forma que se incrementen en línea con la inflación general esperada (basados en índices o estadísticas publicadas) para compensar los incrementos de costo por inflación esperados del arrendador, el arrendatario o arrendador reconocerá el importe efectivamente pagado (Sección 20, párrafo 20.15 (b)).  Las NIIF completas no contempla esta opción y requiere  que todas las cuotas pagadas al arrendador se reconozca en base a línea recta a menos que resulte más apropiado el uso de otra base de carácter sistemático que recoja, de forma más representativa, el patrón de generación de beneficios para el usuario, independientemente de la forma concreta en que se realicen los pagos (NIC 17, párrafo 34 y 50).

 

Sección  21 Provisiones y Contingencias

No hay diferencias.

Sección  22 Pasivos y Patrimonio

La NIIF para las PYME requiere los siguientes tratamientos para las emisiones iniciales de instrumentos de patrimonio:

  1. Si los instrumentos de patrimonio son emitidas antes de recibir la contraprestación, la entidad presentara el importe a cobrar como una compensación al patrimonio.
  2. Si la contraprestación es recibida antes que las acciones sean emitidas, entonces el patrimonio aumenta sólo si no hay una obligación de rembolsar el monto recibido.
  3. Si las acciones son suscritas pero no se ha recibido ninguna contraprestación, entonces no se reconocerá un aumento en el

Actualmente no hay una guía al respecto de estos temas en las NIIF Completas, sin embargo, en la práctica existen puntos de vista al respecto.

Sección  23 Ingresos de Actividades Ordinarias

No hay diferencias.

Sección  24 Subvenciones del Gobierno

En la NIIF para las PYME, la Sección 24 se aplica a todas las subvenciones del gobierno. En las NIIF completas, la NIC 41 especifica los requerimientos para las subvenciones del gobierno que están relacionados con un activo biológico que se valora a valor razonable menos los costes de venta (NIC 41 párrafo 34-38 y 57) y la NIC 20 se aplica a las demás subvenciones del gobierno.

Diferencias de reconocimiento y medición entre la NIC 20  y la Sección 24:

  • La NIC 20 exige que las subvenciones del gobierno no deben ser reconocidas hasta que haya garantías suficientes de que la entidad cumplirá las condiciones asociadas a ellos y las subvenciones se recibirán (NIC 20, párrafo 7). Las NIIF para las PYME requieren que las subvenciones del gobierno no se reconozcan hasta que se cumplan todas las condiciones (Sección 24, párrafo 24.4 (b)).
  • Las NIIF completas requiere que las subvenciones del gobierno se reconozcan en resultados sobre una base sistemática a lo largo de los periodos en los que la entidad reconozca como gasto los costos relacionados que la subvención pretende compensar (NIC 20, párrafo 12). Las NIIF para las PYME no permite esta opción y requiere que se reconozcan en un solo periodo (Sección 24, párrafo 24.4 (a) y (b)).
  • Las NIIF completas permite que una entidad que recibe una subvención de carácter no monetario mida tanto el activo y la donación, ya sea a valor razonable de los activos no monetarios o a un importe nominal simbólico (NIC 20, párrafo 23). La NIIF para las PYME requiere que todas las subvenciones del gobierno, incluyendo las subvenciones no monetarias, se deben medir por el valor razonable del activo recibido o por recibir (Sección 24, párrafo 24.5). La Sección 24, no contiene ningún requerimiento para el reconocimiento y medición de los activos.

Diferencias de presentación entre la NIC 20  y la Sección 24:

  • Las NIIF completas permiten dos métodos para la presentación de las subvenciones del gobierno relacionadas con activos en el estado de situación financiera, ya sea la creación de una subvención del gobierno como ingresos diferidos o deduciendo la subvención del gobierno para llegar a el valor en libros del activo correspondiente (NIC 20, párrafo 24-28).
  • Las NIIF completas permiten dos métodos para la presentación de las subvenciones del gobierno relacionadas con los ingresos en el estado de resultado integral, ya sea por separado (o bajo un título general como “otros ingresos”) o deducciones de los gastos relacionados (NIC 20, párrafo 29-31).
  • La NIIF para las PYME no especifica ningún método para la presentación de las subvenciones del gobierno. Sin embargo adoptar el método de deducción de la subvención del valor en libros dela activo relacionado en el estado de situación financiera no sería consistente con otras secciones de las NIIF para las PYME.

 Sección  25 – costos de los préstamos

Las NIIF completas requiere exige que los costes por intereses directamente atribuibles a la adquisición, construcción o producción de un activo calificado deben capitalizarse como parte del costo del activo (NIC 23). La NIIF para las PYME requiere que los  costos por intereses se  carguen a gasto (párrafo 25 Sección 25).

Sección  27 – Deterioro del Valor de los Activos

La NIIF para las PYME requiere que una entidad realice pruebas de deterioro solo si existe indicio de que el activo se ha deteriorado. Si no existen indicios de deterioro del valor, no será necesario realizar pruebas de deterioro para ningún activo (Sección 27, párrafo 27.7). Las NIIF completas requieren que independientemente de la existencia de cualquier indicio de deterioro del valor, una entidad realice obligatoriamente pruebas de deterioro para los siguientes activos: 1) activos intangibles con una vida útil indefinida, 2) activos intangibles que aún no estén disponibles para su uso y,  3) plusvalía adquirida en una combinación de negocios (NIC 36, párrafo 10).

Sección  28 – Beneficios a los Empleados

La NIC 19 requiere que una obligación por prestaciones definidas siempre se medirá  por el método actuarial de la unidad de crédito proyectada. La NIIF para las PYME establece algunas simplificaciones de medición que mantienen la base de principios de la NIC 19, pero reduce la necesidad de las PYME de contratar especialistas externos. En consecuencia, si la información basada en el método de la unidad de crédito proyectada no está disponible y no se puede obtener sin costo o esfuerzo, las PYME deben aplicar un enfoque que se basa en la NIC 19, pero no tiene en cuenta los incrementos de sueldos en el futuro, los servicios futuros o posibles mortalidades durante período de servicio de un empleado.

La NIIF para las PYME no requiere que se haga  anualmente una evaluación actuarial integral. En los períodos intermedios entre las distintas valoraciones actuariales integrales, si las suposiciones actuariales principales no varían significativamente, la obligación por beneficios definidos se puede medir ajustando la medición del periodo anterior según cambios de carácter demográfico de los empleados, tales como número de empleados y niveles salariales.

Sección  30 – Conversión de la Moneda Extranjera

La NIIF para las PYME requieren que las diferencias de cambio surgidas de una partida monetaria que forme parte de un negocio en el extranjero reconocidas inicialmente en el patrimonio del estado financiero consolidado, no se reclasifiquen  a resultados cuando se produzca la disposición del negocio en el extranjero (Sección 30 párrafo 30.13). Las NIIF completas requieren que se reclasifiquen a resultados cuando se produzca la disposición del negocio en el extranjero (NIC 21 párrafo 32).

Sección  31 – Hiperinflación

No hay diferencias.

Sección  32 – Hechos Ocurridos después del Periodo sobre el que se Informa

No hay diferencias.

Sección  34 – Actividades Especiales

La NIIF para las PYME establece que los activos biológicos pueden ser medidos bajo el modelo del costo menos depreciación acumulada y cualquier pérdida por deterioro, si su valor razonable no es fácilmente determinable sin incurrir en costo o esfuerzo desproporcionado (Sección 34, párrafo 34.8). Las NIIF completas requieren que se use el modelo del  costo  al momento del reconocimiento inicial, solo  cuando no pueda medirse el valor razonable del activo biológico porque no existen precios de mercado u otra alternativa fiable (NIC 41, párrafo)

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JOSE LUIS RODRIGUEZ ARANDA

Contador Público por la Pontificia Universidad Católica del Perú. Maestría en Tributación y Política Fiscal en la Universidad de Lima. Certificado Internacionalmente en NIIF – IFRS por el ICAEW (Institute Of Chartered Accountants In England And Wales) de Inglaterra. Postgrado en Normas Internacionales de Información Financiera (NIIF) por CENTRUM Católica. Postgrado en Tributación. Especialización en Tributación y Aduanas “II CAAT – Curso de Aduanas y Administración Tributaria” por la SUNAT. Actualmente se desempeña como auditor en la SUNAT. Ha ocupado diversos cargos en importantes empresas privadas trasnacionales como en Adcap Securities Perú Sociedad Agente de Bolsa S.A., Citibank del Perú S.A. Superintendencia de Banca Seguros y AFPs y SN Power Peru Holding S.R.L. Asimismo, se ha desempeñado como asesor y consultor en temas tributarios y Normas Internacionales de Información Financiera. Docente universitario y conferencista en diversos cursos de tributación

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