LLUVIA de partidos, sin Partidos

LLUVIA
De partidos, sin Partidos
Cuantos partidos se inscribirán, para las siguientes elecciones, i n n u m e r a b l e s, decenas, ya pasaron los 50, literal como dicen, cincuenta, sin cuenta, se descontroló, o se esta cumpliendo el supuesto democrático de la amplia participación ciudadana. Si se descontroló, “legalistamente”, mejor “administrativistamente”, para los entendidos en derecho, el ente rector administrativo debió elevar la barrera, pero el ente rector aplica las normas que aprueba el congreso y ejecutivo, entonces debieron, en el congreso, elevar la valla, para no tener tantos partidos, pero no se decía que era antidemocrático, impedir o poner tantas vallas para la participación ciudadana; encima, no se olvide el tema de las elecciones “primarias”, que fueron dejadas de lado, pero si “nadie” participaba en ellas, solo este tema ya es otro problema.
El problema puede tener un componente legal, de controles administrativos, pero se han ensayado reformas y contra reformas administrativas, controles y “descontroles”, un entendido en derecho se forma para conocer, interpretar y aplicar las normas, pero las normas contienen un supuesto, un hecho que pretende regular, ese es el problema, el supuesto puede ser errado, formalmente la norma administrativa política, puede tener una técnica y desarrollo adecuado, pero el supuesto, puede ser errado; no hablemos del voto obligatorio, que se supone otorga legitimidad a la representación, pero sucede una apariencia de legitimidad, que puede irse tan rápida, como la decisión del voto, que se produce en la cola de votación, o al momento mismo de marcar la cedula, el voto obligatorio o voluntario, en si es todo un tema de investigación.
Pero volvamos a lo central, si el supuesto es errado, de donde se originan las normas administrativas políticas, el supuesto no es jurídico, es Político, tanto para las elecciones primarias, el voto voluntario, y el acceso al registro de los Partidos. Los partidos, en realidad son agrupaciones electorales coyunturales, que aspiran a acceder al poder, con fines generalmente particularistas y en casos patrimonialistas, no el acceder al poder para logar el bien común. Pero quien define el bien común, de pronto si es posible definir un interés mayoritario, lo que conviene a una mayoría, pero igual quien define un interés mayoritario, será que esta referido a una necesidad de amplios sectores de la sociedad, de la población; pero retóricamente “todos” aspiran enfrentar la delincuencia, para empezar, pero como así, ese es el punto …
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Acerca del autor

ESPINOZA OSCANOA

Lorenzo Espinoza Oscanoa, quien cuenta con estudios de pre grado en Derecho y Ciencia Política en la USMP, con estudios de posgrado en la Maestría en Ciencia Política-PUCP, Maestría en Derecho de la Empresa-PUCP . Ejerce Docencia Universitaria. Asesora Investigaciones y Proyectos de Desarrollo.

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