El voto electrónico: lo que se viene…
Lamentablemente, el Congreso aprobó el pasado jueves 14 –sin mayor debate público y con un alto número de abstenciones- el proyecto de ley que otorga a la ONPE facultades reglamentarias para que ésta implemente, de manera gradual y progresiva, un sistema de votación electrónica que reemplace el actual sistema manual.
Es claro que en todo este proceso ha debido jugar fuerte la maquinaria lobbysta de la ONPE, aprovechando el contexto artificialmente fabricado por esta misma entidad para que se apruebe esta norma, tal como lo señalamos en nuestro post anterior. Y es lamentable que ello ocurra a pesar de la oposición mostrada hacia este sistema por parte de algunos sectores políticos y sociales, a pesar de que lo más recomendable hubiera sido buscar un consenso que le diera a este sistema la legitimidad necesaria que va a requerir para su implementación y uso por parte de los ciudadanos.
En este marco, seguir discutiendo por ahora si el voto electrónico es conveniente o no parece demás; pero si debe quedar claro que su implementación no va a significar necesariamente un avance de la democracia, una modernización del sistema electoral y muchas otras frases que han lanzado en estos días los pseudos-defensores de este voto, encandilados porque a partir de ahora van a poder votar desde sus casas sin mover más que un dedo. ¿Es esto fortalecer nuestra democracia, o no estamos más bien avanzando en diluir la responsabilidad y la participación democrática?
Insisto por ello que es lamentable que los congresistas no hayan tenido un mayor nivel de responsabilidad sobre las consecuencias de este tema en nuestro sistema político, dejándose llevar fácilmente hacia donde los dirigió la ONPE todo este tiempo. Hay aquí una responsabilidad política sobre la que en algún momento tendrán que responder. Sin embargo, consideramos también que no todo está perdido, dado que, a pesar de que la aprobación se saltó olímpicamente las observaciones que presentara el Ejecutivo en octubre del 2009, durante el primer intento de aprobación de esta norma, estas observaciones no dejan de tener vigencia en cuanto a la inconstitucionalidad en que recae este proyecto, tanto por otorgar facultades constitucionales que son propias del Ejecutivo, como por ir contra otras normas constitucionales que regulan el sistema electoral, específicamente el art. 185º que dispone que el escrutinio de los votos en toda clase de elecciones debe realizarse en acto público e ininterrumpido sobre la mesa de sufragio.
Por otro lado, no entendemos cómo la ONPE, a través de un reglamento, va a poder dejar de lado leyes orgánicas como la Ley Orgánica de Elecciones (Ley No. 26859) y otras leyes electorales basadas clara y expresamente en el sistema manual de votación, normas que en todo caso tendrían que ser derogadas o modificadas de acuerdo a los procedimientos establecidos para ello.
Por tanto, el tema no está acabado con esta aprobación y existe aún la posibilidad de plantear ante el Tribunal Constitucional una acción de inconstitucionalidad que permita dejar de lado esta norma, para pasar a una ley basada en un mayor consenso y debate público, donde se midan claramente los alcances, virtudes y deficiencias posibles de este sistema en lugar de adoptarla por una cuestión de miedo e incertidumbre momentánea. Porque cuando despertemos y veamos en qué nos estamos metiendo y qué resultados reales vamos a lograr con este sistema, tal vez sea ya muy tarde para recuperar nuestra aún frágil democracia.