MODIFICAN REGLAMENTO DEL TUO DE LA LEY DEL IMPUESTO A LA RENTA
El MEF ha modificado el segundo párrafo del inciso f) del artículo 1º del Reglamento del TUO de la Ley del Impuesto a la Renta (DS 122-94-EF), en el sentido que en casos debidamente justificados, la SUNAT podrá ampliar el plazo de 6 meses para que el contribuyente pueda reponer un activo que ha sido siniestrado y el ingreso del monto por indemnización que pudieran percibir no sea considerado como gravado con dicho impuesto.
Publicado el 18/03/10 por forojuridico | Categoría: Noticias y normas del día | Visto 574 veces |
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