19/02/09: CONSTITUCIÓN DE UNA EMPRESA INDIVIDUAL DE RESPONSABILIDAD LIMITADA
Se nos viene haciendo diversas consultas sobre el procedimiento de distintos actos, por lo que los días jueves procederemos a redactar lo solicitado por diversos visitantes. Esperamos que sea de utilidad.
La Empresa de Responsabilidad Limitada es una persona jurídica de derecho privado, constituida por la voluntad unipersonal, con patrimonio propio distinto al del Titular.
Requisitos para su inscripción:
Solicitud de inscripción mediante formato registral (distribución gratuita).
Escritura Pública, que contendrá el Pacto Social, el Estatuto y el documento que acredite el aporte, según la naturaleza de éste; la cual deberá inscribirse en el Registro del domicilio de la sociedad, otorgada en forma personal por quien la constituye, cuya denominación deberá estar seguida de las palabras “Empresas Individual de Responsabilidad Limitada”, o de las siglas “E.I.R.L” y contendrá lo siguiente:
La Empresa de Responsabilidad Limitada es una persona jurídica de derecho privado, constituida por la voluntad unipersonal, con patrimonio propio distinto al del Titular.
Requisitos para su inscripción:
Solicitud de inscripción mediante formato registral (distribución gratuita).
Escritura Pública, que contendrá el Pacto Social, el Estatuto y el documento que acredite el aporte, según la naturaleza de éste; la cual deberá inscribirse en el Registro del domicilio de la sociedad, otorgada en forma personal por quien la constituye, cuya denominación deberá estar seguida de las palabras “Empresas Individual de Responsabilidad Limitada”, o de las siglas “E.I.R.L” y contendrá lo siguiente:
• El nombre, nacionalidad, estado civil, nombre del cónyuge si fuera casado, y domicilio del otorgante.
• La voluntad del otorgante de constituir la Empresa y de efectuar sus aportes.
• La denominación y domicilio de empresa.
• Que la empresa circunscriba sus actividades a aquellos negocios u operaciones lícitas cuya descripción detallada constituye su objeto social. Se entiende que están incluidos en el objeto social, todos los actos relacionados con éste y que coadyuven a la realización de sus fines empresariales, aunque no estén expresamente indicados en el pacto social o en su estatuto. La empresa no puede tener por objeto desarrollar actividades que la ley atribuye con carácter exclusivo a otras entidades o personas.
• El valor del patrimonio aportado, los bienes que lo constituyen y su valorización.
• El capital de la empresa
• Los Órganos de la Empresa: -El Titular –El Gerente
• El nombramiento del primer gerente o gerentes.
• Las otras condiciones lícitas que se establezcan.
Costo de trámite:
Por constitución:
Derecho de calificación: S/.38.00
Derecho de inscripción: 3/1000 del monto del capital Social
Por el nombramiento de administradores:
Derecho de calificación: S/.13.00
Derecho de inscripción: S/.8.00
Duración de Trámite: 24 horas
Fuente: SUNARP
Etiquetas : registral

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Nelson Jácome Salebe escribió: