SANCIONES POR NO USAR EL CINTURÓN DE SEGURIDAD:

Desde el 01 de Octubre del 2006 será obligatorio el uso de cinturones de seguridad en los asientos posteriores. Si no cumple con esta norma será sancionado con una multa de 170 nuevos soles (5% de la UIT).

QUIENES ESTÁN OBLIGADOS:

Todos los vehículos que los tienen incorporados de fabrica, y también los taxis (cinturones de tres puntos en los asientos delanteros y mínimo de dos puntos para los ocupantes del asiento posterior) y los vehículos destinados al servicio de transporte interprovincial y escolar (mínimo de dos puntos).

¿Y LOS DE TRANSPORTE PÚBLICO URBANO?

No están obligados, debido a que en este tipo de servicio se permite, dependiendo del tipo de unidad, un número de pasajeros que pueden viajar parados (que evidentemente son los mas vulnerables en caso de un accidente)

¿CUÁNTO DEBE RESISTIR UN CINTURÓN DE SEGURIDAD?

Según el Reglamento Nacional de Vehículos, los cinturones de seguridad, sus hebillas y anclajes deberán soportar en sí mismos, así como en sus puntos de fijación y de acople, una fuerza mínima de 1,800 Kg. para vehículos, de cuatro ruedas o más, diseñados para el transporte de pasajeros o carga, y 700 Kg. para los vehículos menores de 4 ruedas (moto-taxis).