02/02/09: Entró en Vigencia la Ley de Contrataciones y Reglamento
De manera inesperada, este sábado 31 de enero salió publicado el Decreto de Urgencia Nº 014-2009, mediante el cual se adelanta la vigencia de la Ley y Reglamento de Contrataciones del Estado para el 1 de Febrero de 2009. Como sabemos, inicialmente estaba previsto que el 13 de Febrero empezaban a regir dichas normas.
El mencionado Decreto de Urgencia establece como fecha de entrada en vigencia el 1 de Febrero, los siguientes instrumentos normativos:
- Ley de Contrataciones del Estado, aprobada por Decreto Legislativo Nº 1017
- Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 184-2008-EF
- Reglamento de Organización y Funciones (ROF) del Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado (OSCE), aprobado mediante Decreto Supremo Nº 006-2009-EF.
Por otro lado, dado que aún no se ha publicado el TUPA del OSCE, se aplicarán los procedimientos y requisitos contenidos en el Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA) del Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado (CONSUCODE), con excepción del requisito de presentación de la licencia de funcionamiento para los procedimientos de inscripción que siguen las personas jurídicas en el Registro Nacional de Proveedores.
Dada la relevancia de esta medida, sugerimos a los operadores de la normativa afianzar y verificar de manera exhaustiva el manejo de todos los cambios introducidos mediante la Ley de Contrataciones del Estado y su Reglamento.
El mencionado Decreto de Urgencia establece como fecha de entrada en vigencia el 1 de Febrero, los siguientes instrumentos normativos:
- Ley de Contrataciones del Estado, aprobada por Decreto Legislativo Nº 1017
- Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 184-2008-EF
- Reglamento de Organización y Funciones (ROF) del Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado (OSCE), aprobado mediante Decreto Supremo Nº 006-2009-EF.
Por otro lado, dado que aún no se ha publicado el TUPA del OSCE, se aplicarán los procedimientos y requisitos contenidos en el Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA) del Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado (CONSUCODE), con excepción del requisito de presentación de la licencia de funcionamiento para los procedimientos de inscripción que siguen las personas jurídicas en el Registro Nacional de Proveedores.
Dada la relevancia de esta medida, sugerimos a los operadores de la normativa afianzar y verificar de manera exhaustiva el manejo de todos los cambios introducidos mediante la Ley de Contrataciones del Estado y su Reglamento.
Etiquetas : Contrataciones, OSCE, entra en vigencia ley de contr, decreto de urgencia 014-2009

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Christian Fuentes escribió:
Es un blog muy informativo. En realidad he leído varios artículos que me dieron mucha claridad sobre las contratciones y Derecho Administrativo en general.
Me gustaría aprovechar de su capacidad de análisis para solicitarle aclarar mis dudas sobre las diferencias entre la contratación complementaria y los adicionales, cuando se debe usar la addenda y cuando debería pedirse una garantía.Ya que en la nueva normatividad se encuentran con los mismos vacíos. Gracias