REQUISITOS MÍNIMOS COMUNES QUE DEBE TENER EL MANDATO CONTENIDO EN UNA NORMA LEGAL O EN UN ACTO ADMINISTRATIVO PARA QUE SEAN EXIGIBLES A TRAVÉS DEL PROCESO CONSTITUCIONAL DE CUMPLIMIENTO

“Hemos de determinar si el mandato contenido en aquellas cumple los siguientes requisitos mínimos comunes:

a. Ser un mandato vigente

b. Ser un mandato cierto y claro, es decir, debe inferirse indubitablemente de la norma legal o del acto administrativo.

c. No estar sujeto a controversia compleja ni a interpretaciones dispares.

d. Ser de ineludible y obligatorio cumplimiento.

e. Ser incondicional.

Excepcionalmente, podrá tratarse de un mandato condicional, siempre y cuando su satisfacción no sea compleja y no requiera de actuación probatoria.

Adicionalmente, para el caso del cumplimiento de los actos administrativos, además de los requisitos mínimos comunes mencionados, en tales actos se deberá:

f. Reconocen un derecho incuestionable del reclamante.

g. Permitir individualizar al beneficiario”.

<br /> VER SENTENCIA


Fuente: JUs Boletin. Editorial Jurídica Grijley.

Etiquetas :