06/01: JURISPRUDENCIA: SUPUESTOS DE EXCEPCIÓN, EN CUYOS CASOS NO SERÁ EXIGIBLE EL AGOTAMIENTO DE LAS VÍAS PREVIAS PARA LA PROCEDENCIA DEL PROCESOS CONSTITUCIONALES
Supuestos de excepción, en cuyos casos no será exigible el agotamiento de las vías previas, a saber: “1) Una resolución, que no sea la última en la vía administrativa, es ejecutada antes de vencerse el plazo para que quede consentida; 2) Por el agotamiento de la vía previa la agresión pudiera convertirse en irreparable; 3) La vía previa no se encuentra regulada o ha sido iniciada innecesariamente por el afectado; o 4) No se resuelve la vía previa en los plazos fijados para su resolución”.
<br /> VER SENTENCIA DEL TC
Fuente: JUs Boletin. Editorial Jurídica Grijley.
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