Un sencillo análisis de los pasos que se siguieron en este caso revela que se habría obviado el Código de Ejecución Penal para responder a presiones.

César Romero. La República

La sindican. Versiones provenientes de diferentes fuentes coinciden en afirmar que Fernández presionó a Caparrós.

Beneficiado. Gestiones de Nakazaki mejoraron la reclusión del ex dictador.

En su lugar. vocal San Martín, quien denunció que fue implicado irregularmente en el cambio de régimen.

El INPE tramitó el cambio de régimen penitenciario del ex dictador Alberto Fujimori con una rapidez inusual y sospechosa. Esta situación se hace evidente en el Acta Nº 03 de la Junta Itinerante que modificó el régimen penitenciario del recluso ex mandatario.

El abogado César Nakazaki presentó la solicitud, según la ministra de Justicia, Rosario Fernandez, a fines de mayo o primeros días de junio. En ese momento, los fujimoristas presionaban por flexibilizar las condiciones carcelarias de Fujimori aduciendo que el régimen impuesto por el INPE estaba afectando su salud.

Además, por esos días se informaba que varios congresistas fujimoristas visitaban frecuentemente a su líder político y permanecían con él, exagerando sus atribuciones, hasta altas horas de la noche.

Mientras, en el Congreso, el 29 de mayo el gobierno fracasaba en su intento de aprobar la ley de reparto de utilidades. El proyecto regresó a la Comisión de Economía, a pedido del congresista Rolando Sousa.

En esas circunstancias, a fines de mayo, en declaraciones a la agencia AFP, el presidente del INPE, Leonardo Caparrós, rechazó que el régimen penitenciario de Fujimori afectara su salud, y anunció que no sería modificado.

Pero, al parecer, en poco tiempo Caparrós cambio de opinión. Según publicó ayer la revista Caretas, la ministra de Justicia, Rosario Fernández, le demandó a encontrar una solución porque estaba recibiendo presiones "desde muy arriba".

La República obtuvo una versión similar: Caparrós recibió una orden directa de la ministra para encontrar una solución que permita cambiar el régimen carcelario de Fujimori, sin seguir el trámite que señala el Código de Ejecución Penal.

Dicha norma, en la modificatoria introducida por el decreto supremo 016-2004-JUS, establece una permanencia mínima de dos años en una etapa y cuatro evaluaciones favorables en ese periodo, para cambiar de régimen. Caparrós se resistió inicialmente, pero luego lo convencieron de que la decisión sería legal si se invocaba el no procesamiento por el delito de asociación ilícita .

REUNIÓN CLAVE

Caretas indica que Caparrós fue convencido en una reunión en el Ministerio de Justicia, con la participación del congresista y ex abogado de Fujimori, Rolando Sousa.

Los fujimoristas insistieron en que el cambio se diera para cuando Fujimori regresara a la Diroes, tras ser operado en la lengua, lo que dio poco tiempo para actuar al jefe del INPE.

El 4 de junio, Fujimori fue trasladado al Hospital de Neoplásicas para extirparle la leucoplasia que tenía en la lengua, operación que se efectuó al día siguiente, 5 de junio, sin mayores complicaciones, por lo que el regreso del detenido a la Diroes era cuestión de horas.

Así, el 6 de junio, a las 10 am., Caparrós remitió a la Sala Penal Especial Suprema el oficio 623-2008-INPE pidiendo que se sirva "informarles por qué delitos –de conformidad con el mandato de extradición– está siendo procesado el interno Alberto Kenya Fujimori".

La relatoría del tribunal tomó ese documento como un pedido más y lo añadió a los papeles de los que daría cuenta en la siguiente audiencia, anotando su recepción a las 12:15 de la tarde. Sin embargo, Caparrós llamó por teléfono a San Martín y le pidió una respuesta ese mismo día. Se desconoce si le dijo que esa información era para modificar el régimen carcelario.

Ese pedido generó confusión en la Sala Penal Especial. De allí que San Martín le contestó al INPE mediante un documento fechado el 3 de junio, día de la última audiencia pública del juicio a Fujimori. El registro del fax del INPE da cuenta que la respuesta llegó al despacho del presidente de la autoridad penitenciaria el 6 de junio a la 1 de la tarde.

De nuevo, el acta del 9 de junio da un detalle que permite comprobar la celeridad con la que se tramitó el cambio del régimen penitenciario y que la orden vino de arriba.

LA ‘JUNTA ITINERANTE‘

El mismo 6 de junio, después de recibir la respuesta de la Sala Suprema, el Director de la Oficina de Asesoría Jurídica del INPE emitió opinión mediante oficio Nº 460-2008-INPE/08, donde recomienda al Órgano Técnico Penitenciario acoger el pedido del interno Fujimori, al no estar procesado por asociación ilícita.

Lo demás fue de mero trámite. Pero, el Órgano Técnico Penitenciario no podía intervenir porque eso suponía un trámite más largo y engorroso y se decide recurrir a la figura de la 'Junta Itinerante'.

Dicha junta estuvo integrada por el abogado Truman Bonilla Rosas, la asistenta social Milagros Reyna Guerrero y Raquel Díaz Patiño, quienes ratifican, sin mayor opinión, el informe del Director de Asesoría Jurídica.

Tal parece que solo firmaron el documento que redactó el abogado Bonilla. Este documento representó al presidente del INPE en la Comisión de Estudio y Propuestas de Materia Penitenciaria y de Elaboración del Reglamento del régimen penitenciario. Reyna Guerrero era integrante del Órgano Técnico de Tratamiento del penal San Jorge.

La Junta Itinerante parece haber sorprendido a todos. Al comenzar a redactar el acta, en un papel rotulado como Órgano Técnico de Tratamiento del penal de Barbadillo, los tres profesionales se identifican como Junta Técnica Itinerante.

Sin embargo, en la parte resolutiva y final del documento, se autodenominan 'Junta de Clasificación Itinerante'. Así, el 10 de junio, cuando Fujimori fue dado de alta y regresó a su nueva prisión, ya tenía las facilidades del régimen ordinario.

CLAVES

Defensoría. La defensora del Pueblo, Beatriz Merino, recomendó al INPE revisar el cambio de régimen penitenciario de Fujimori, por las dudas surgidas sobre el procedimiento empleado.

Justicia. A través de sus voceros de prensa, la ministra de Justicia, Rosario Fernández, negó tener alguna intervención en el cambio de régimen penitenciario de Fujimori. Indicaron que ella no se había reunido con Rolando Sousa para tratar ese tema.



Sala Suprema dice que el INPE decidió solo

La Sala Penal Especial Suprema emitió ayer un comunicado de prensa del que se concluye que el INPE decidió por propia iniciativa y sin intervención del Poder Judicial el cambio de régimen, con lo cual trae abajo una vez más la versión oficial de este tema.

"Corresponde al INPE, a través de sus órganos autorizados y en el marco de los procedimientos preestablecidos, decidir el régimen penitenciario de un interno. La interpretación de los alcances de la normativa penitenciaria, en especial del novísimo artículo 11°-B del Código de Ejecución Penal, introducido por el Decreto Legislativo Nº 984, el procedimiento para la determinación del régimen penitenciario y la información que debe incorporar para la clasificación del interno son ajenos a la intervención del PJ", dice el comunicado.

Agrega que la inclusión del delito de Asociación Ilícita en el primer oficio dirigido al INPE vino así desde la Interpol Chile y la Policía, haciendo referencia a diversa documentación que consignaba entre los delitos atribuidos al acusado el denominado asociación ilícita para delinquir. "Incluso, bajo esa misma denominación se dirigió el Ministro Instructor de Chile, Orlando Álvarez Hernández, al Jefe de Interpol – Santiago, disponiendo la entrega del extraditado a las autoridades peruanas", enfatiza el tribunal.

Anota que al poner al detenido a disposición del INPE se limitaron a informar a la autoridad penitenciaria la existencia de una orden de detención preexistente para el internamiento del acusado y su registro.