15/07/08: Lo que vale la presión política: CNM se desligitimó totalmente, que viva la justicia (pero en otro país)
Category: Artículos derecho penal
Publicado por: mbermudez
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CNM confirmó por mayoría no destituir a Ángel Romero y sólo aplicarle una sanción menor
Decisión también alcanza a otros dos vocales
Ex presidente de la Corte Superior de Justicia de Lima Ángel Romero. Foto: ANDINA/Archivo.
Lima, jul. 15 (ANDINA).- El Pleno del Consejo Nacional de la Magistratura (CNM) confirmó hoy por mayoría no destituir al ex presidente de la Corte Superior de Justicia de Lima, Ángel Romero, como lo pedía el Banco Central de Reserva (BCR).
Así lo informó hoy el titular del CNM, Edmundo Peláez Bardales, quien explicó que con esta decisión se confirma de “manera definitiva” que Romero Díaz, y los otros dos vocales -Nestor Pomareda e Ida Rodríguez- no serán destituidos del Poder Judicial.
Sin embargo, los tres magistrados recibirán una sanción menor por aprobar irregularmente un pedido de ex trabajadores del BCR para que sean repuestos y se les pague sueldos devengados, en el año 2006.
Peláez señaló que la resolución final del CNM se fundamenta en que los tres vocales no tienen la obligación de presentar nuevas pruebas en el proceso que afrontaron para no ser destituidos, que era precisamente lo que cuestionaba el BCR.
En diciembre del año pasado, el CNM resolvió destituir a los tres magistrados por actos irregulares. Posteriormente, los vocales apelaron -mediante un recurso de reconsideración- y el Consejo en mayo pasado varió su decisión disponiendo no separarlos definitivamente del Poder Judicial. La decisión de hoy confirma esta resolución.
“La Ley General de Procedimiento Administrativos, número 27444 no exige que el recurso de reconsideración contenga nueva prueba, debido a que el CNM es instancia única y de competencia nacional”, indicó.
Peláez explicó que la entidad bancaria pedía que se anulara la resolución de no destitución, argumentando que la Ley Orgánica del CNM del año 1994, exigía efectivamente ese requisito.
“Al parecer, ellos (el BCR) desconocían que la ley 27444 del año 2000 derogó las normas que se oponían (la de 1994)”, anotó. Sin embargo, apuntó, los magistrados procesados entregaron nuevos elementos de juicio en el recurso de reconsideración.
“Por ejemplo, Romero presentó una sentencia de un caso similar, en la cual accedió al pedido de trabajadores señalando que se trataba de un despido fraudulento”, refirió.
El CNM también basó la decisión de hoy en que los magistrados no tenían antecedentes de irregularidades en su actuación judicial.
Con respecto al caso del vocal Néstor Pomareda, señaló que es incorrecto
–como argumentaba el BCR- que el CNM necesite cuatro votos para destituirlo, por lo cual también se confirmó su permanencia en el Poder Judicial.
“El BCR señalaba en el caso de Pomareda que se necesitaba cuatro votos para alcanzar mayoría, eso es error porque el Reglamento de Procesos Disciplinarios solo establece mayoría, y en este caso tres votaron por la absolución, dos por sanción menor y dos por destitución”, refirió.
Ocma decidirá sanción
El presidente del CNM aclaró que será la Oficina de Control de la Magistratura (Ocma) la que resuelva qué tipo de sanción le corresponderá a estos magistrados.
“La Ocma es la encargada de aplicar sanciones hasta los vocales superiores, y éstos magistrados tienen esa condición. El hecho de que Romero haya sido presidente del Corte es algo circunstancial, no lo hace supremo. La Ocma no sanciona a supremos, pero sí a magistrados de primera instancias”, precisó.
Decisión también alcanza a otros dos vocales
Ex presidente de la Corte Superior de Justicia de Lima Ángel Romero. Foto: ANDINA/Archivo.
Lima, jul. 15 (ANDINA).- El Pleno del Consejo Nacional de la Magistratura (CNM) confirmó hoy por mayoría no destituir al ex presidente de la Corte Superior de Justicia de Lima, Ángel Romero, como lo pedía el Banco Central de Reserva (BCR).
Así lo informó hoy el titular del CNM, Edmundo Peláez Bardales, quien explicó que con esta decisión se confirma de “manera definitiva” que Romero Díaz, y los otros dos vocales -Nestor Pomareda e Ida Rodríguez- no serán destituidos del Poder Judicial.
Sin embargo, los tres magistrados recibirán una sanción menor por aprobar irregularmente un pedido de ex trabajadores del BCR para que sean repuestos y se les pague sueldos devengados, en el año 2006.
Peláez señaló que la resolución final del CNM se fundamenta en que los tres vocales no tienen la obligación de presentar nuevas pruebas en el proceso que afrontaron para no ser destituidos, que era precisamente lo que cuestionaba el BCR.
En diciembre del año pasado, el CNM resolvió destituir a los tres magistrados por actos irregulares. Posteriormente, los vocales apelaron -mediante un recurso de reconsideración- y el Consejo en mayo pasado varió su decisión disponiendo no separarlos definitivamente del Poder Judicial. La decisión de hoy confirma esta resolución.
“La Ley General de Procedimiento Administrativos, número 27444 no exige que el recurso de reconsideración contenga nueva prueba, debido a que el CNM es instancia única y de competencia nacional”, indicó.
Peláez explicó que la entidad bancaria pedía que se anulara la resolución de no destitución, argumentando que la Ley Orgánica del CNM del año 1994, exigía efectivamente ese requisito.
“Al parecer, ellos (el BCR) desconocían que la ley 27444 del año 2000 derogó las normas que se oponían (la de 1994)”, anotó. Sin embargo, apuntó, los magistrados procesados entregaron nuevos elementos de juicio en el recurso de reconsideración.
“Por ejemplo, Romero presentó una sentencia de un caso similar, en la cual accedió al pedido de trabajadores señalando que se trataba de un despido fraudulento”, refirió.
El CNM también basó la decisión de hoy en que los magistrados no tenían antecedentes de irregularidades en su actuación judicial.
Con respecto al caso del vocal Néstor Pomareda, señaló que es incorrecto
–como argumentaba el BCR- que el CNM necesite cuatro votos para destituirlo, por lo cual también se confirmó su permanencia en el Poder Judicial.
“El BCR señalaba en el caso de Pomareda que se necesitaba cuatro votos para alcanzar mayoría, eso es error porque el Reglamento de Procesos Disciplinarios solo establece mayoría, y en este caso tres votaron por la absolución, dos por sanción menor y dos por destitución”, refirió.
Ocma decidirá sanción
El presidente del CNM aclaró que será la Oficina de Control de la Magistratura (Ocma) la que resuelva qué tipo de sanción le corresponderá a estos magistrados.
“La Ocma es la encargada de aplicar sanciones hasta los vocales superiores, y éstos magistrados tienen esa condición. El hecho de que Romero haya sido presidente del Corte es algo circunstancial, no lo hace supremo. La Ocma no sanciona a supremos, pero sí a magistrados de primera instancias”, precisó.
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