01/07/08: Secreto profesional no ampara violación de derechos y delitos
Category: Artículos derecho constitucional
Publicado por: mbermudez
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El Comercio | Afirmó el decano del Colegio de Abogados Walter Gutiérrez con relación al hecho que Montesinos no quiera declarar argumentando esta modalidad
El decano del Colegio de Abogados de Lima rechazó las declaraciones del ex asesor Vladimiro Montesinos quien amparó su silencio en el juicio a Fujimori argumentando el derecho al secreto profesional.
Explicó que no existe ninguna obligación de guardar el secreto profesional cuando se trata de la comisión de delitos, más aun si tiene que ver con la violación de los derechos humanos. "El derecho al secreto profesional tiene límites; el uso que ha pretendido hacer el señor Montesinos de este derecho esta claramente distorsionado", añadió.
En esa línea, Gutiérrez Camacho precisó que no es verdad que el Estatuto o el Código de Ética de los colegios de abogados lo amparen porque no se trata de la privacidad de hechos o documentos entre abogado y cliente, sino entre jefe y subordinado y además aquel es un derecho que no puede servir de escudo para ocultar delitos.
"Los dispositivos referidos al secreto profesional y al deber de reserva se refieren a la privacidad de hechos o documentos en la relación abogado cliente, y este no es el caso de la relación Fujimori Montesinos, quienes eran funcionarios públicos y tenían una relación de subordinación", manifestó.
En tal sentido, dijo que el ex asesor ha cumplido un libreto con el objetivo de desprestigiar a la Sala y al Ministerio Público para darle a su actuación un barniz legal. "Las declaraciones de Montesinos carecen de argumento jurídico alguno y no deben alterar el curso del juicio", concluyó.
El decano del Colegio de Abogados de Lima rechazó las declaraciones del ex asesor Vladimiro Montesinos quien amparó su silencio en el juicio a Fujimori argumentando el derecho al secreto profesional.
Explicó que no existe ninguna obligación de guardar el secreto profesional cuando se trata de la comisión de delitos, más aun si tiene que ver con la violación de los derechos humanos. "El derecho al secreto profesional tiene límites; el uso que ha pretendido hacer el señor Montesinos de este derecho esta claramente distorsionado", añadió.
En esa línea, Gutiérrez Camacho precisó que no es verdad que el Estatuto o el Código de Ética de los colegios de abogados lo amparen porque no se trata de la privacidad de hechos o documentos entre abogado y cliente, sino entre jefe y subordinado y además aquel es un derecho que no puede servir de escudo para ocultar delitos.
"Los dispositivos referidos al secreto profesional y al deber de reserva se refieren a la privacidad de hechos o documentos en la relación abogado cliente, y este no es el caso de la relación Fujimori Montesinos, quienes eran funcionarios públicos y tenían una relación de subordinación", manifestó.
En tal sentido, dijo que el ex asesor ha cumplido un libreto con el objetivo de desprestigiar a la Sala y al Ministerio Público para darle a su actuación un barniz legal. "Las declaraciones de Montesinos carecen de argumento jurídico alguno y no deben alterar el curso del juicio", concluyó.
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