EL CATECISMO DE LOS MINEROS
Sinesio López Jiménez
En 1823, Claude-Henri de Rouvroy, más conocido como el Conde de Saint Simon, publicó, en colaboración con Augusto Comte, el Catecismo de los Industriales en el que se preguntaba, al estilo de la Sociedad Nacional de Minería y Petróleo (SNMPE) con respecto a la minería y al Perú, qué pasaría con Francia si desaparecieran los representantes más destacados de los nobles, los militares, los legistas, los rentistas, la jerarquía eclesiástica, los funcionarios públicos y se responde, con una dureza que sorprende, nada. Se hace la misma pregunta en relación con los industriales, los obreros y todos los trabajadores productivos y se responde que Francia experimentaría casi una catástrofe. Un poco más de un siglo después, en 1931, Jorge Basadre, el historiador de la República, se formuló una pregunta parecida a la de Saint Simon en uno de sus mejores libros de juventud, Perú: Problema y Posibilidad, sobre la contribución de las compañías mineras al desarrollo del Perú y, examinando los salarios pagados, los impuestos entregados al fisco y las reinversiones, su respuesta fue escéptica y hasta pesimista. Comparada con las ingentes ganancias, era ridículamente pequeña la parte de la renta que las compañías mineras y petroleras dejaban en el Perú, pese a que ellas la cosechaban a manos llenas sin haberla sembrado. Quiero citar in extenso a Jorge Basadre para entender tanto la continuidad de algunos problemas fundamentales del país como la vigencia del historiador: “La ley 2423 del 4 de Agosto de 1917 gravó la exportación de petróleo crudo y derivados de su destilación con un impuesto progresivo en dólares. Verdad es que la exportación de petróleo no progresó en la medida de los otros productos nacionales en los años siguientes y la Lobitos Oilfield pidió la derogatoria de esa ley. La ley 4498 del 1 de Marzo de 1922 establece que el petróleo y sus componentes, los productos derivados de su destilación y los hidrocarburos análogos sin excepción alguna, pagarán como derecho de exportación el impuesto fijo de 3 soles 50 centavos por tonelada métrica, peso neto, derogándose la ley anterior; lo que evidentemente favorecía la producción. Pero aún más: esta ley estatuyó que el impuesto de exportación no podría aumentar durante veinte años, de acuerdo con la ley de petróleo N. 4425 del 2 de enero de 1925 que en su art. 40 había establecido que los productos de la industria petrolífera estarán sujetos al pago de los derechos de exportación sin que se pueda aumentar la escala vigente en el momento de la concesión durante veinte años (los actuales convenios de estabilidad tributaria, acotación de SLJ). Si mereció protección la producción del petróleo, fue inaudita esta prohibición del Estado a sí mismo (el óbolo actual de las mineras, acotación de SLJ), cuando el aumento de la exportación de petróleo es fantástico: de 381,082 toneladas en 1921, a 951,412 toneladas en 1925, de 2´928,783 Lp. en 1921 a 5´826,139 Lp. en 1925, aumentando más o menos en un millón de libras anuales en contraste con las oscilaciones del algodón y del azúcar.
“Además es curioso el pago anual de jornales (…), mientras más ganancias obtienen las compañías favorecidas por la ley de producción del petróleo, el trabajador nacional recibe jornales y sueldos más pequeños. Las ganancias de las compañías petrolíferas son, así, incalculables. (…).
“Y estas compañías (se refiere a la Internacional Petroleum y a las compañías mineras) cuyo aporte al Erario y al factor hombre han ido disminuyendo a medida que aumentaban sus ganancias, contribuyeron a desnivelar la balanza comercial del Perú del Perú; junto los servicios de los empréstitos, las sumas enviadas a los peruanos en el extranjero, etc.” (Perú: Problema y Posibilidad, Casa Editora E. Rosay, 1931, pp. 124-125)
Preguntas escépticas y respuestas pesimistas mantienen hoy su vigencia porque, para desgracia del Perú, la realidad, en este aspecto, no ha cambiado mucho. La exploración y la explotación en las minas se han modernizado, pero el monto de la renta dejada en el país sigue siendo relativamente pequeña, la administración, la gestión y la distribución de esa pequeña renta en el territorio reproduce la ineficacia e injusticia de otros tiempos, los niveles de corrupción de los gobernantes y funcionarios se mantiene al tope y la contaminación del ambiente es igualmente grave. ¿Qué es lo que explica esta esencial continuidad más allá de los cambios inevitables? Independientemente de las modificaciones en las formas de Estado, las políticas de gestión ambiental casi han sido las mismas. Ni el Estado Oligárquico, ni el Estado Populista de Velasco ni el actual Estado Neoliberal han desplegado agresivas políticas de defensa y gestión del medio ambiente. Con la excepción del Estado Velasquista que incrementó la renta minera para el Estado a través de las nacionalizaciones de algunas compañías mineras y de mejores negociaciones con otras, el Estado Oligárquico y el Estado Neoliberal (y sus respectivos gobernantes) se parecen mucho especialmente en las políticas de negociación de la renta con las compañías mineras y en su incapacidad para administrarla y gestionarla. Lamentablemente el Perú no ha tenido tampoco una vigorosa sociedad civil (el perro del hortelano de García) que exigiera y exija una mejor distribución de la renta de tal manera que contribuya al desarrollo y a la democracia del país.
Publicado el 04/04/08 por slopez | Categoría: Artículos Periodísticos | Visto 587 veces |
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