Ghersi: Existencia de la ONA es inconstitucional


Usurpa funciones del MP y la Contraloría
Carlos Linares Huaringa La Razón

El constitucionalista Enrique Ghersi consideró que la existencia de la Oficina Nacional Anticorrupción (ONA) resulta inconstitucional en la medida que carece de un marco legal para su desempeño, usurpa funciones del Ministerio Público y la Contraloría. Es más, facilita el cuestionable ejercicio del derecho al permitir que Ronald Gamarra sea consultor mientras trabaja como abogado en el juicio al ex mandatario Alberto Fujimori.

Precisó que el primer inconveniente que enfrenta la ONA para seguir funcionando es que no se ha definido cuál es su ubicación legal dentro de la estructura jurídica del Estado.
"De acuerdo con la Constitución la ONA superpone sus facultades con por lo menos dos instituciones, en primer lugar, el Ministerio Público (MP) y, en segundo lugar, la Contraloría. Hay un problema legal, estructural, la ONA requiere que se establezca cuál es su estatuto constitucional y yo tengo dudas de que eso se haya solucionado, en mi concepto la ONA tiene un problema de constitucionalidad", manifestó.

El jurista precisó que debido a esta falta de definición legal su existencia se vuelve insustancial porque tanto la Contraloría como el MP se encargan de investigar y sancionar, respectivamente, el delito.

"Todo debería ser materia de una definición de competencias porque también hemos conocido de parte de la Fiscalía unos comentarios críticos respecto de la existencia de la ONA porque finalmente si el que tiene que investigar y perseguir el delito es el Ministerio Público y quien ejerce el control posterior de los actos de gobierno es la Contraloría, ¿qué es lo que hace la ONA?", señaló.

Respecto al desempeño del ex procurador Ronald Gamarra como consultor del organismo dependiente de la Presidencia del Consejo de Ministros y como defensa de la parte civil en el proceso seguido a Fujimori Fujimori, Ghersi lo calificó como abiertamente incompatible.

Por ello, demandó la elaboración de una ley de incompatibilidades –como existe en España– para evitar que personas que ejercen la profesión de abogados, paralelamente, trabajen, a tiempo completo o parcial, para instituciones públicas.

"La incompatibilidad debería ser absoluta porque evidentemente si una persona va a trabajar directa o indirectamente en una institución encargada de luchar contra la corrupción, debe abstenerse de desempeñar cualquier profesión, máxime si está vinculada con temas de corrupción como es el derecho, ya que los abogados defendemos posiciones. Entonces si yo ejerzo una defensa particular debería tener una incompatibilidad absoluta para trabajar en una institución como es la ONA", expresó.

NOTA.

Desde el día que se anunció la creación de este bodrio se anunció que era inconstitucional. No hacen caso como si la constitución se leyera en hebreo, pero bueno algún día se darán cuenta que uno no es loco.