TC a favor de prohibir comercio ambulatorio cuando se impida libertad de tránsito


Lima, ago. 21 (ANDINA).- El Tribunal Constitucional (TC) se pronunció a favor de prohibir el comercio ambulatorio siempre que se proteja la libertad de tránsito, el derecho de propiedad y la seguridad de los transeúntes y residentes de las zonas aledañas.



Dicha entidad emitió esta opinión a raíz de un recurso planteado por un grupo de ambulantes del distrito arequipeño de José Luis Bustamante en contra de la municipalidad distrital, la cual optó por desalojarlos de las vías que ocupaban.



En su fallo, el TC precisa que la prohibición de la venta ambulatoria "se justifica en la protección de derechos constitucionales, de bienes colectivos y de valores constitucionales”.



“Concretamente, se pretende la protección de la libertad de tránsito, el derecho de propiedad y de seguridad de los transeúntes y residentes de las zonas aledañas", sostiene.



También recuerda la competencia de las municipalidades para regular y controlar el comercio ambulatorio dentro de su jurisdicción, de acuerdo a lo dispuesto en la Ley Orgánica de Municipalidades.



Esta resolución del Tribunal sienta un precedente que las municipalidades deberán tener en cuenta al permitir la ocupación de las calles, como también los jueces al momento de resolver casos similares.



Según el especialista en temas municipales, Marco Tulio Gutiérrez, este fallo no sólo ratifica la autoridad que tienen las municipalidades ante las pretensiones de los ambulantes de evitar los desalojos, sino que establece el criterio que debe tenerse en lo que respecto al disfrute de las vías públicas por todos los transeúntes,



“Este derecho – dijo - está por encima del interés particular de quienes las ocupan las calles con fines de desarrollar su actividad comercial con fines de lucro”.



Agregó que la sentencia servirá de sustento, a partir de ahora, de las denuncias que se efectúen contra las autoridades municipales por su inacción frente al comercio ambulatorio, por parte de quienes se sientan afectados por la violación a la libertad de tránsito.



“Esas denuncias la pueden hacer cualquier ciudadano o los propietarios de los predios, frente a los cuales se instale el comercio ambulatorio sin que la autoridad municipal haga algo para evitar la afectación al derecho de propiedad y de seguridad de los residentes de las zonas aledañas", remarcó.