Flor
Se aprobó el Reglamento de la Ley Nº 28369, Ley del Trabajo del Psicólogo. Aquí va el enlace al texto para el que quiera leerlo completo:

Reglamento de la Ley del trabajo del psicólogo[3029clicks]

Maria Isabel La Rosa llamó mi atención sobre lo siguiente. Lean (tomado del anexo del reglamento):

Psicología Clínica y de la Salud
Es el campo de especialización de la psicología que aplica los principios, técnicas, procedimientos y conocimientos científicos desarrollados por ésta, para promover, prevenir e intervenir las anomalías y trastornos del comportamiento relevantes para los procesos de la salud y enfermedad, bienestar y calidad de vida, en los variados contextos en que éstos pueden tener lugar.

Y ahora comparen:

Psicología Educacional
Es el campo de especialización de la psicología, orientada al estudio de las leyes y principios que subyacen en el aprendizaje en situaciones educativas (conocimiento y fines prácticos), las relaciones entre los diferentes aspectos del proceso educativo y el logro de los fines y objetivos del sistema para la optimización del potencial humano, y el proceso enseñanza – aprendizaje.

No queremos ver fantasmas donde no los hay (no es un caso de paranoia!), pero nos parece que existe una sustantiva diferencia en la manera en que se describen las funciones de ambas especialidades. Mientras que el psicólogo clínico aplica los principios, técnicas, procedimientos y conocimientos científicos desarrollados por ésta, para promover, prevenir e intervenir... el educacional solo se orienta al estudio... (es decir, no previene, ni promueve, ni interviene), y mientras los clínicos trabajan en los variados contextos en los que tienen lugar los procesos de la salud y enfermedad, bienestar y calidad de vida (lo que implica que lo hacen también en las instituciones educativas), los educacionales se limitan a las situaciones educativas, y aparentemente no tienen nada que hacer en relación al bienestar y la calidad de vida.

Este texto es una muestra del tipo de sesgos a los que los psicólogos debemos estar alertas. Además de que hay muchas otras cosas cuestionables en el reglamento, esta diferencia en la manera de entender y describir las funciones de ambas especialidades no es sino una forma más de no reconocer el verdadero potencial de la psicología educativa, así como los límites de la practica clínica. Ya habíamos comentado algo al respecto aquí:

La psicología en la escuela

Si este sesgo viene en el propio reglamento, ¿cómo no va a estar en la sociedad en su conjunto?