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Blog de GROVER CORNEJO YANCCE

enero 05, 2011

LEY Nº 29636, QUE AMPLIA LA VIGENCIA DEL DECRETO LEGISLATIVO 709, LEY DE INQUILINATO EN EL PERU..

Categoría: DERECHO INMOBILIARIO — gcornejo @ 10:52 — Visto: 4956 veces — Share/Bookmark
LEY Nº 29636.

Ley que modifica el literal c) del artículo 14º del Decreto Legislativo, Nº 709, Ley de Promoción a la Inversión Privada de Predios para Arrendamiento, prorrogando el plazo de vigencia de los contratos de arrendamiento de inmuebles Cuyo autoavaluo es inferior a S/.2,880.00 Nuevos Soles

Articulo 1.- Modificación del literal c) del articulo 14 del Decreto Legislativo numero 709, Ley de Promoción de la Inversión Privada en Predios para arrendamiento, el cual queda redactada en el siguiente texto:

“ARTICULO 14.- Los contratos de arrendamiento de predios urbanos destinados a fines de vivienda comprendidos dentro de Régimen del Decreto Ley 21938, continuaran excepcionalmente y temporalmente regidos por dicho Decreto Ley, Según el valor del autoavaluo del predio correspondiente al año 1991, en la forma siguiente:
.(..)

c) Los de los inmuebles cuyo autoavalúo sea inferior a dos mil ochocientos ochenta y 00/100, (S/.2,880.00), vencen indefiniblemente el 31 de diciembre del 2011”.

ARTICULO 2.- NORMA APLICABLE
Vencido el plazo mencionado en el literal c) del articulo 14 del Decreto Legislativo 709 modificado por esta Ley, los contratos de arrendamiento de los predios urbanos indicados en el mencionado literal quedan sujetos exclusivamente a las disposiciones del Codigo Civil.

ARTICULO 3.- ACCIONES PARA INICIAR EL SANEAMIENTO FISICO LEGAL DE LOS PREDIOS COMPRENDIDOS EN LA PRESENTE LEY.
La Municipalidad Metropolitana de Lima y demás municipalidades provinciales y distritales del país deben, en el termino de ciento veinte días (120), realizar las acciones pertinentes para la aplicacion de la Ley 20415, Ley de Saneamiento Fisico Legal de Predios Tugurizados con Fines de Renovacion Urbana, y su reglamento Decreto Supremo 011-2010-VIVIENDA, con la finalidad de iniciar el saneamiento legal de los predios comprendidos en la presente Ley.

Lima, 21 de Diciembre del 2010

Publicado en el Diario El Peruano el 22.12.2010



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8 Comentarios»

  1. quisiera mas informacion de esta ley si se aplica los artuiculos anteriores o solamente lo de 709

    por willy gallegos villegas — junio 20, 2011 @ 08:36

  2. SI MI INQUILINO YA VENCIDO EL PLAZO DEL CONTRATO DE ARRENDAMIENTO NO QUIERE DEJAR EL PREDIO, QUE PROCESO SIGO PARA DESALOJARLO, GACIAS.

    por PABLO CASTAÑEDA — marzo 02, 2012 @ 01:53

  3. Deso sabee si la cuarta sisposición final del Decto. Leg. 709, relativo al lanzamiento de locales de Centros Educativos al término del año lectivo se encuenta en actual vigencia.

    por Alejandro Cstañeda Ortiz — marzo 03, 2012 @ 10:36

  4. El arrendatario no paga la renta convenida de 800 soles y solamente da en partes 200,es decir termina de pagar el total despues de tres meses, me he ido a ARBITRA PERU pero no me responden que accion debo tomar para que me pague los intereses por moras y lucro cesante puedo inscribirlo en la central de riesgo lo de ARBITRA lo presente el 26 de Marzo del 2012, quiero tpda la informacion para que la gente no se tope con sinverguenzas como la persona de nombtr Joe HUAMAN OCMI DNI 40681860

    por ANDY — abril 17, 2012 @ 01:50

  5. Soy Agente inmobiliario y mis consultas son:
    1.-Las empresas extranjeras asociadas a empresas nacionales, se pueden convertir en agente recaudador de impuestos cuando rentan una propiedad para sus funcionarios?
    2.-Si al firmar un contrato de arrendamiento con una empresa que NO pertenece a sector diplomático, se le puede aceptar la claúsula diplomática, en la que no se incluye el Lucro Cesante ó indemnización por retiro anticipado, si este se retira antes del vencimiento del contrato, el inquilino puede exigir la devolución de las rentas adelantadas que este otorgo al propietario, de forma voluntaria?

    por Rosana Angelats — mayo 07, 2012 @ 12:22

  6. Deseo saber: Estoy en una casa alquilada cuyo contrato de arrendamiento fue desde marzo del 2011 y se bencio en setiembre del 2011 pero seguimos viviendo hasta hoy en dìa y mas o menos en abril del 2012 la dueña nos dice que lo quiere bender y nos ofrece la casa y no dimos ninguna respuesta y en junio del 2012 pone un papel a fuera de la casa que se ven de esta casa, y despues de unos dias biene su esposo de la dueña y nos dice que ya no lo van a vender, entoces ya no busque ningun local o casa para vivir y hoy 22 de Setiembre me dice que la casa ya lo bendio y que el 15 de Octubre desaloje de la casa y yo le dije que me un plaso de 3 meses y no quiere darnos, por fabor que puedo hacer

    por jorger luis philipps gallo — septiembre 22, 2012 @ 11:32

  7. Hola deseo saber que tipo de contrato puedo aplicar para alquilar mi vivienda a largo tiempo.
    Tengo entendidoque pasado los 5 años adquiere derechos de copropietarios

    por diana — noviembre 04, 2012 @ 09:28

  8. quisiera me ayuden a resolver mi inquitud a partir de cuando me pueden aumentar la renta el propietario, tengo ya casi 3 años viviendo soy puntual en mis pagos,si asi sucediera y yo me niego a aceptar un aumento ,cuales son mis derechos ? siendo yo un buen pagador de todas mis obligaciones= gracias

    por victor wong — diciembre 24, 2012 @ 01:31

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