Muy a pesar de mis deseos, esta victoria se desarrolló en España y no en el Perú.


SENTENCIA PIONERA EN BARCELONA

Un juez retira la custodia a una madre que influyó en su hija para
que odiara a su padre

La mujer y su familia no podrán contactar con la menor durante seis
meses

Actualizado jueves 21/06/2007 14:04 (CET) EFE


BARCELONA.- Un juez de Manresa (Barcelona) ha otorgado a un padre la
custodia de su hija, por un período de seis meses, para intentar
remediar la aversión que la niña siente hacia él y que, según la
sentencia, ha sido inculcada por la madre, al haber impedido que le
viera desde su separación.

En la sentencia, pionera en Cataluña, el juzgado de primera instancia
número 4 de Manresa no sólo concede la custodia al padre, sino que
también acuerda suspender cualquier contacto de la niña, de ocho
años, con su madre y con su familia materna durante esos seis meses,
hasta que esté acreditado que la menor haya superado el "síndrome de
alienación parental" o la aversión que siente hacia su progenitor.

La misma juez ha dictado un auto en el que acuerda, a instancias de
la fiscalía, abrir diligencias contra la madre de la niña y sus
abuelos maternos, por un delito de sustracción de la menor y otro de
abandono de menor, por haber incumplido el régimen de visitas con su
padre, establecido desde el divorcio, en enero del año 2004.

La separación se produjo cuando la niña tenía cuatro años, y desde
entonces, la madre "ha estado permanentemente obstaculizando dicha
comunicación", de manera que han sido "muchísimas" las veces en que
el padre se ha visto privado de la misma", sostiene el fallo.

La madre de la menor denunció que la pequeña había sido víctima de
maltratos por parte de su padre, pero, recuerda la juez, nunca
presentó denuncia por ello ni se han detectado esas agresiones en las
escasos contactos que ambos han mantenido, ya que casi siempre han
estado presentes terceras personas.

La juez concluye en su sentencia, a la luz de los informes médicos y
periciales, que la niña sufre un "síndrome de alienación paternal,
fobia o ansiedad" hacia la figura paterna, dado que siente rechazo
hacia su padre, se niega a relacionarse con él y defiende "a
ultranza" a la madre y a su actual compañero, "al que llama papá".

Tras descartar que la solución a ese síndrome sea establecer
encuentros esporádicos semanales, porque "se vienen intentando sin
éxito desde hace tres años", la juez resuelve atribuir al padre la
guardia y custodia de la menor durante medio año, en el que no podrá
tener contacto con su familia materna.

Durante el primer mes, ordena la juez, la pequeña pasará a residir al
domicilio de los abuelos paternos y será visitada por su padre, sin
que éste pueda pernoctar en esa casa. Posteriormente, si los
especialistas lo consideran oportuno, pasará a vivir con su
progenitor.

La menor recibirá asistencia psicológica
El juzgado se encargará también de designar a los especialistas
médicos que evaluarán y harán un seguimiento de la menor y del
síndrome de alienación que padece, una enfermedad que, admite la
sentencia, no está reconocida por la Organización Mundial de la Salud
(OMS).

El fallo cree probado que la causa directa de la fobia que padece la
niña es "el constante incumplimiento del régimen de visitas por parte
de su madre" y que es muy probable que haya sido infundida por el
círculo materno, "quien bien por alienación directa, por negligencia
o falta de mínimo esmero (...) ha incumplido sistemáticamente sus
obligaciones de fomentar un sano contacto entre padre e hija".

En opinión de la juez, constituye un indicio de que la madre
incumplió sus obligaciones de custodia de la menor el hecho de que,
desde que se le notificó el cambio de custodia en un auto judicial,
la menor no ha asistido al colegio.

La madre argumentó que la menor sufría fobia escolar porque piensa
que su padre la irá a buscar al colegio, pero ese temor, para la
juez, "sólo puede ser inducido desde el ámbito familiar que ejerce la
custodia, con dejación grave de una de las principales
responsabilidades de la misma, nada menos que la de educar a los
hijos (...).".