JNE

El código electoral

El Jurado Nacional de Elecciones (JNE) ha presentado al Congreso de la República una propuesta de Código Electoral y Código Procesal Electoral. En nuestro país, a diferencia de otros de nuestra región, las normas referidas al campo de la competencia reglada por el poder (elecciones) y sus actores principales (partidos, candidatos y electores) se encuentran dispersas en un número alto de leyes, reglamentos y resoluciones. Esta situación crea vacíos, contradicciones y confusión en el momento del desarrollo de un proceso electoral.

El Código Electoral busca unificarlas y sistematizarlas en un solo cuerpo normativo y de esta manera superar los problemas actuales que ocasionan tan dispersas normas electorales.

Sin embargo, dos son los problemas que se observan.

Cómo defenderse del Movadef

Muchos han indicado que el Jurado Nacional de Elecciones (JNE) debió ratificar la resolución que rechazaba la solicitud del Movimiento Pro Amnistía y Derechos Fundamentales (Movadef) y, de esta manera, terminar con el espinoso tema. Sin embargo, una resolución que no esté debidamente motivada y en la no se ha observado el debido proceso administrativo, puede ofrecer la oportunidad para que el Movadef, que sabe moverse en los recovecos de la legislación, pueda más tarde acudir al Tribunal Constitucional y, cómo no, a la propia Corte Interamericana de Derechos Humanos. Es decir, si se hacen mal las cosas, no protestemos mañana, por responsabilidades propias.
 

En defensa de Idice

Idice parece un partido encubierto, en una empresa que elabora encuestas. Mucho de su trabajo ha sido gracias a su relación con el gobierno. Esto ha llevado a presentar dudosas encuestas que siempre favorecían (o desfavorecían) según los vientos de palacio. Creo pues que Idice ha hecho mucho daño a la industria y mercado de los sondeos de opinión y ha dado pie a algunos políticos para desatar su ataque, contra todas las empresas y universidades que realizan con seriedad y responsabilidad, investigación en el campo de los sondeos de opinión.

Sin embargo, la sanción del Jurado Electoral Especial (JEE), contra la empresa Idice, aplicando el Reglamento, muestra a las claras el atropello al que se puede llegar con controles de este tipo y realizado por un organismo estatal. De esta manera, si el JNE ratifica la sanción del JEE, con una suspensión de 15 días, impediría que sus trabajos puedan ser publicados. Con ello estaría prácticamente fuera de la campaña electoral, pues el último día para la publicación de sondeos, es el domingo 3 de abril.

Pronunciamiento de WAPOR sobre el anonimato de los entrevistados

World Association For Public Opinion Research

Comunicado de Prensa

La investigación de opinión pública debe garantizar el anonimato de los entrevistados

Lincoln (Nebraska, EEUU. 17 de febrero de 2011). El Jurado Nacional de Elecciones (JNE) de Perú solicitó a las organizaciones de encuestas a revelar la identidad personal de sus entrevistados en una nueva regulación que entró en vigor el pasado 30 de diciembre.

WAPOR manifiesta que este tipo de regulaciones restringen tanto los derechos de los ciudadanos para expresar libremente sus opiniones, como la libertad para realizar y publicar encuestas de opinión pública en Perú.

Perú: retiran ley "mordaza" a encuestadoras

(BBC Mundo, Lima, 17 de febrero del 2011). El Jurado Electoral de Perú retiró este miércoles la bautizada como ley "mordaza" a las empresas encuestadoras -que les exigía incluir el documento de identidad, la dirección y los teléfonos de los encuestados- tras una ola de críticas de los medios de comunicación y de un sector de la clase política dirigido por el ex presidente Alejandro Toledo (2001-2006).

Este requisito, inédito en el país andino y que entró en vigencia el pasado sábado 12 de febrero, causó que las empresas encuestadoras anunciarán el fin de la elaboración y difusión de sondeos de opinión con miras a las elecciones generales del próximo 10 de abril.

Pronunciamiento de APEIM

La Asociación Peruana de empresas de Investigación de Mercados, APEIM ante la publicación de la Resolución numero 038 2011 JNE del 12 de febrero del presente hace de conocimiento publico

1. Su total rechazo a dicha medida por afectar seriamente la realización y publicación de encuestas de intención de voto que constituyen una garantía de las elecciones democráticas modernas y por afectar derechos constitucionales como el de los ciudadanos a mantener en reserva sus convicciones políticas, así como el derecho de las empresas a guardar el secreto profesional, ejercer la libertad de empresa y difundir información sin censura previa ni impedimento alguno.

Despejar los nubarrones del proceso electoral

Desde la caída del fujimorismo, los organismos electorales se renovaron radicalmente. Se establecieron procedimientos de seguridad y se ofrecieron amplios canales de información y transparencia en los procesos electorales siguientes.

Por eso, pese al comprensible malestar frente a las elecciones municipales, sobre todo en Lima, la denuncia de fraude no dejó de ser infundada, pues la honestidad y probidad de quienes dirigen la ONPE y el JNE están fuera de toda duda.

Decisión del JNE no tiene precedentes

Lima, ago. 24 (ANDINA). El Jurado Nacional de Elecciones (JNE) ha sentado un importante precedente respecto a que ningún “candidato de polendas” puede eximirse de cumplir con los requisitos de la ley electoral, con la exclusión de la candidatura de Alex Kouri, dijo hoy el analista político Fernando Tuesta.

Señaló que con está resolución –que excluye a Kouri de la competencia electoral por no cumplir el requisito domiciliario- se demuestra que “no hay peso pesado al que la ley no le caiga”.

Distribuir contenido

Servicio ofrecido por la Dirección de informática Académica (DIA) - Reportar abuso

Pontificia Universidad Católica del Perú (PUCP)

Blog administrado por ftuesta (Fernando Tuesta Soldevilla) | Diseñado por Jeff Robbins

Modificado por (DIA) | Powered by Drupal