Archivos de octubre,2011

Se puede prevenir el uso de la fuerza policial?

octubre 26, 2011
El Uso de la fuerza de la Policía se encuentra regulado por las Normas de derechos humanos, que según las Naciones Unidas el 2003 manifiesta lo siguiente:

• Toda persona tiene derecho a la vida, a la seguridad de su persona y a no ser sometida a torturas ni a tratos o penas crueles, inhumanas o degradantes.
• En primer lugar debe recurrirse a medios no violentos.
• Se utilizará la fuerza sólo cuando sea estrictamente necesario.
• Se utilizará la fuerza sólo para fines lícitos de aplicación de la ley.
• No se admitirán excepciones ni excusas para el uso ilegítimo de la fuerza.
• El uso de la fuerza será siempre proporcional a los objetivos lícitos.
• La fuerza se utilizará siempre con moderación.

Se reducirán al mínimo los daños y las lesiones.

• Se dispondrá de una serie de medios que permita un uso diferenciado de la fuerza.
• Todos los policías recibirán adiestramiento en el uso de los distintos medios para el uso diferenciado de la fuerza.
• Todos los policías recibirán adiestramiento en el uso de medios no violentos.

Práctica de los derechos humanos

Todos los funcionarios de policía deberán:

• Inscribirse en programas de capacitación para mejorar sus conocimientos en materia de:
1.-primeros auxilios,
2.-defensa propia,
3.-uso de equipo protector,
4.-uso de instrumentos no letales,
5.-uso de armas de fuego,
6.-control de multitudes,
7.-solución de conflictos y
8.-alivio del estrés personal.
9.-Obtenga y aprenda a usar escudos, chalecos a prueba de balas, cascos e instrumentos no letales.

• Obtenga y aprenda a usar distintos medios para el uso diferenciado de la fuerza, como armas incapacitantes no letales.

• Participe en actividades de orientación para aliviar el estrés.

• Guarde y proteja todas las armas de fuego que se le entreguen.

• Considere que toda arma de fuego está cargada.

• Estudie y aplique técnicas de persuasión, mediación y negociación.

• Planifique con antelación el uso gradual y progresivo de la fuerza, empezando por medios no violentos.

• Esté atento al estado físico y mental de sus compañeros e intervenga cuando sea necesario para que reciban atención, orientación o capacitación adecuadas.

La pregunta seria, cuantos Policías cumple con los parámetros de las naciones unidas?
Cuantos Estados realmente tienen tal compromiso?
Que tan lejos o cerca estamos?
Si no se cumple, cual es el porqué?

La Prevención en el Reglamento de la Ley Orgánica de la Policía Nacional del Perú

octubre 21, 2011
En el Reglamento de la Ley Orgánica de la Policía Nacional - DECRETO SUPREMO Nº 008-2000-IN encontramos:
Finalidad fundamental
Es finalidad fundamental de la Policía Nacional garantizar, mantener y restablecer el Orden Interno. Presta protección y ayuda a las personas y a la comunidad. Garantiza el cumplimiento de las leyes y la seguridad del patrimonio público y privado. Previene, investiga y combate la delincuencia. Vigila y controla las fronteras.

Funciones
*PREVENIR, combatir, investigar y denunciar los delitos y faltas previstos en el Código Penal y leyes especiales, que sean perseguibles de oficio.

*Aplicar las sanciones que señale el Código Administrativo de Contravenciones de Policía, con irrestricto respeto de los Derechos Humanos.

*Garantizar la seguridad ciudadana mediante ACCIONES DE PREVENCIÓN, investigación, apoyo, orientación y protección a la comunidad. Para tal fin, organiza y capacita a las entidades vecinales con el propósito de lograr su efectiva participación, manteniendo estrecha coordinación con las autoridades del lugar y otras organizaciones civiles.

*Brindar protección y ayuda al niño y al adolescente que se encuentren en situación de riesgo de su libertad e integridad personal, en abandono moral o material, o expuestas a peligro, PREVINIENDO LOS ACTOS ANTISOCIALES y colaborando en la ejecución de medidas socio-educativas, en coordinación con entidades públicas y privadas

*Brindar protección y ayuda al anciano y a la mujer que se encuentren en situación de riesgo de su libertad e integridad personal, en abandono moral o material, o expuestas a peligro, PREVINIENDO LAS INFRACCIONES PENALES.

*Prestar seguridad al transporte automotor y ferroviario, efectuando PATRULLAJE PREVENTIVO permanente y control en las vías de circulación, para el normal y seguro desplazamiento vehicular.

*PREVENIR, investigar y denunciar los accidentes de tránsito.

*Participar en el cumplimiento de las disposiciones relativas a la protección y conservación de los recursos naturales y del medio ambiente; así como, en la seguridad del patrimonio arqueológico y cultural de la Nación, PREVINIENDO, INVESTIGANDO Y DENUNCIANDO LAS INFRACCIONES, FALTAS Y DELITOS previstos en las leyes sobre la materia, en coordinación con los organismos competentes.

*Coordinar y cooperar con los organismos internacionales e instituciones policiales extranjeras en la PREVENCIÓN Y REPRESIÓN DE LA DELINCUENCIA en todas sus modalidades, de conformidad con los Convenios Internacionales sobre la materia de las cuales el Perú es parte.

La Prevención en la Policía Nacional del Perú

octubre 19, 2011
Según la Constitución Política del Perú
*La Policía Nacional tiene por finalidad fundamental:
*Garantizar, mantener y restablecer el orden interno.
*Presta protección y ayuda a las personas y a la comunidad.
*Garantiza el cumplimiento de las leyes y la seguridad del patrimonio público y del privado.
*PREVIENE, INVESTIGA Y COMBATE LA DELINCUENCIA. Vigila y controla las fronteras.

Según la ley orgánica de la policía Nacional – Ley 27238 es:
Finalidad
-PREVIENE, INVESTIGA Y COMBATE LA DELINCUENCIA.
Funciones:
-PREVENIR, combatir, investigar y denunciar los DELITOS Y FALTAS previstos en el Código Penal
-Brindar protección al niño, al adolescente, al anciano y a la mujer que se encuentran en situación de riesgo de su libertad e integridad personal, PREVINIENDO las infracciones penales y colaborando en la ejecución de las medidas socio-educativas correspondientes.
Atribuciones:
-Coordinar y cooperar con los organismos internacionales e instituciones de policía en la PREVENCIÓN y represión de la delincuencia, de conformidad con los convenios suscritos.

Según la DIRECTIVA Nº 01 -2009-DIRGEN-PNP/EMG. Sobre la INFORMACION POLICIAL
*El comisario, mensualmente, deberá informar al Alcalde distrital o a la persona que éste designe:
*La situación delictiva de su localidad
*Para la adecuada toma de decisiones,
*Analizar periódicamente el Plan de Seguridad Ciudadana,
*Así como para elaborar la estadística relativa a los LOGROS DE LA ACCIÓN PREVENTIVA Y ANTE DELICTIVA.