La implementación de los sistemas electrónicos para detectar e imponer infracciones de tránsito en el Callao están siendo rechazados cada día más por la ciudadanía. Comentarios como “son unos ladrones que sólo quieren llenarse de plata”, “no visiten el Callao, sino serán asaltados por el municipio”, etc. son, cada día, más comunes en los medios escritos (prensa, blogs, etc.).

Los Sistemas Inteligentes de Transporte (SIT) son herramientas que si son bien utilizadas pueden servir para modificar el comportamiento de los conductores y, de esta manera, reducir el riesgo de que ocurra un accidente de tránsito. Sin embargo, al igual como cualquier otra herramienta, por ejemplo: un martillo, que puede utilizarse en la construcción o reparación de un mueble, también podría servir para matar a una persona. El uso incorrecto de una herramienta no significa que hay que eliminarla.

Por lo tanto, no hay que perder de vista cual es el objetivo de su utilización. Dentro de las zonas urbanas, una de las aplicaciones más difundida a nivel mundial es para reducir el riesgo de accidentes, para lo cual se pueden colocar topes de velocidad o equipos que detecten cuando un conductor cruza la intersección estando el semáforo en rojo.

Para evitar que siga creciendo el rechazo a este tipo de sistemas, me permito recomendar a las autoridades del Callao, tener en cuenta las siguientes pautas:

1.- Realizar un estudio en cada uno de los puntos donde se ha instalado un sistema de detección de exceso de velocidad (tope de velocidad), de tal manera de establecer cual es el límite de velocidad que se debe colocar y que debe guardar relación directa con la seguridad vial (lo que podríamos denominar velocidad segura). Resaltando que, la colocación de límites por debajo de lo razonable, lo único que origina es el descrédito de la tecnología y de la autoridad.

2.- Utilizar un margen de error de por lo menos +5 km/h (considerando que los instrumentos analógicos de los vehículos tienen un margen de error). Por ejemplo, si el límite de velocidad es 30 km/h, la infracción se detecta cuando uno circula a mas de 35 km/h.

3.- En el caso que la reducción de velocidad se deba por razones temporales, por ejemplo, el ingreso y salida a un colegio (donde es necesario disminuir la velocidad para garantizar la seguridad de los niños), la detección de la infracción se debe limitar al tiempo en el cual se presenta esta necesidad. Por lo tanto, imponer una multa por exceso de velocidad en una zona escolar cuando uno circula a las 2 de la madrugada no tendría ningún sentido e incentiva el rechazo de los usuarios.

4.- Cuando se detecta a un infractor conduciendo con exceso de velocidad, se le debe imponer “una sola infracción”, no es razonable que un conductor reciba la misma sanción dos o tres veces en un intervalo de tiempo muy corto (por ejemplo, 3 infracciones en el lapso de un par de minutos).

5.- Los conductores deben ser notificados lo más rápido posible, dado que el sistema debe ser utilizado como medida de prevención, es decir, los usuarios al ser notificados modificarán su conducta de manejo; por lo tanto, no ayuda a la prevención si las infracciones llegan luego de varias semanas o meses.

6.- Se debería promover una norma que impida que un conductor sea sancionado por una misma falta, si es que no ha sido notificado de haber cometido la infracción anterior. Esto se puede implementar fácilmente, si es que fuera legal que el aviso pueda llegar por e-mail o por un mensaje al celular, además de la notificación al domicilio.

Juan Carlos Dextre
Lima 04 de febrero de 2010