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Blog de GROVER CORNEJO YANCCE

abril 12, 2013

Graduados en Derecho demandan a sus universidades por no encontrar trabajo

Categoría: DERECHO CIVIL — gcornejo @ 06:20 — Visto: 95 veces

Graduados en Derecho demandan a sus universidades por no encontrar trabajo

Han emprendido una acción legal conjunta contra 20 universidades por haberles creado falsas expectativas laborales con datos engañosos

 

Estudiantes en un acto de graduación en California. / REUTERS

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A Cory Bennett, licenciada en derecho por la University of San Francisco School of Law, nunca se le pasó por la cabeza que, tras las muchas horas invertidas en prepararse para ejercer de futura abogada y los más de 150.000 dólares invertidos en la carrera, acabaría aterrizando en Macy’s, con un sueldo de menos de diez dólares la hora.

Su historia es parecida a la de miles de licenciados de Derecho en las universidades de Estados Unidos que cada año apuestan por estudiar leyes en facultades de gran prestigio. Estas atraen a sus clientes barajando datos muy atractivos de empleabilidad, con cifras de hasta por encima del noventa por ciento en cuanto al número de graduados que han conseguido integrarse en el mercado de trabajo. Un espejismo que en muchos casos contrasta con la dura realidad de un mercado saturado de abogados y la fuerte competencia de internet.

Los recién licenciados, tras meses de infructuosa búsqueda de trabajo en su campo de especialidad, se ven obligados a tener que aceptar el primer empleo que encuentran en restaurantes, tiendas o lo que sale al paso. Intentan, entre otras cosas, hacer frente a los costosos préstamos que han de devolver a los bancos que han financiado sus estudios, muchas veces por valor de más de 100.000 dólares.

“Doblar camisas en Macy’s es el destino para muchos”, asegura el abogado J.R Parker, representante de varios afectados en California. Cómo van a lograr devolver los préstamos con sueldos de hasta menos de 10 dólares a la hora es la pregunta que ronda en la cabeza de muchos.

La situación se ha hecho tan insostenible que estudiantes de más de veinte universidades de Estados Unidos han emprendido una acción judicial conjunta contra sus facultades. Entienden, en palabras del equipo de abogados Strauss y Anziska que lleva el caso, que “las escuelas han violado las leyes de protección del consumidor de los estados en los que operan, ofreciendo datos engañosas sobre los porcentajes de estudiantes que encontraron trabajo tras graduarse. Los demandantes alegan que sus centros conocían que esas cifras no eran reales, pero las mantuvieron para atraer a más estudiantes. De haber conocido la realidad, muchos aspirantes no se habrían matriculado”.

“Doblar camisas en Macy’s es el destino para muchos”

En California, donde las leyes de consumo son más estrictas que en otros estados, se han admitido las cinco demandas presentadas contra las universidades de San Francisco’s Golden Gate University, Southwestern, San Diego’s Thomas Jefferson, University of San Francisco y California Western School of Low. Estudiar en cada una de estas universidades cuesta una media de 40.000 dólares al año.

Si prosperan las demandas se podría crear un precedente, no solo para California, sino para el resto de los estados. Strauss y Anziska explican que “ el propósito es no solo compensar a los demandantes, sino también cambiar la manera en que las facultades de derecho operan, para que nadie sienta que le han engañado y han frustrado sus expectativas de encontrar un trabajo acorde con sus estudios”.

Las estadísticas de empleabilidad que manejan las universidades están basadas en los criterios de la American Bar Association (ABA), la asociación americana de abogados. Si bien es cierto que esos criterios se han modificado recientemente, tras la demanda presentada por las universidades. El cambio significa que las cifras de empleabilidad son ahora menos atractivas que tiempo atrás.

Michael C. Sullivan, un abogado que representa a las facultades, manifiesta que “las universidades publican los mismos datos que son requeridos por la ABA, aunque debido a que las pautas de actuación han cambiado, ahora los centros deben desglosar el numero de licenciados que han conseguido trabajo en su campo de especialización”.

Y la realidad es que cada vez resulta más difícil para los licenciados en derecho obtener un trabajo. Servicios online y avanzados programas de software suplen la contratación de graduados en derecho con un menor coste y en menos tiempo. Un estudio llevado a cabo en el 2011 entre los estudiantes de derecho arrojó el resultado de que sólo el 55 por ciento de los graduados encontraron trabajo en el campo de las leyes nueve meses después de graduarse. Y en el 2004 había 50.0000 empleos más que en el 2010.

La escasez de empleos se esta traduciendo también en la reducción de estudiantes en las facultades de derecho. Algunos expertos creen que las universidades que ocupan las últimas posiciones dentro del ranking de las mejores facultades de derecho corren el riesgo de desaparecer y que, incluso las mejores, se van a ver obligadas a reducir el numero de alumnos por clase.

La polémica está servida y no ha hecho más que empezar. Ahora habrá que esperar a ver que dictaminan los tribunales.

FUENTE: EL PAIS  ESPAÑA

11.4.13

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febrero 12, 2013

Crisis Espaoñola. Matrimonio de jubilados se quita la vida cuando iban a desahuciarlo

Categoría: DERECHO CIVIL — gcornejo @ 02:12 — Visto: 103 veces
Un matrimonio de jubilados se quita la vida cuando iban a desahuciarlo


EFE / PALMA
Día 12/02/2013 - 16.59h
La pareja explica en una nota que habían tomado la decisión de suicidarse acuciados por la pérdida de su casa
Un matrimonio de jubilados se ha suicidado en su vivienda de Cas Català, en el municipio mallorquín de Calvia, después de recibir el aviso de que iban a ser desahuciados del domicilio por impago, según han dejado escrito en una carta.

Fuentes de la Guardia Civil, que se ha hecho cargo de la investigación del caso, han confirmado que la pareja explica en una nota que habían tomado la decisión de suicidarse acuciados por la pérdida de su casa.

Uno de los hijos del matrimonio ha encontrado sin vida al hombre, de 68 años, y a su esposa, de 67, en su vivienda de la calle Barranc de Cas Català en torno a las 14.20 horas, y ha avisado a los servicios de emergencias. En un primer momento se han desplazado hasta el lugar personal sanitario y bomberos, pero solo han podido constatar el fallecimiento de la pareja.

Según los primeros indicios, los jubilados se han suicidado mediante una ingesta masiva de medicamentos, aunque como es preceptivo se les practicará la autopsia para determinar con exactitud las causas del fallecimiento. El servicio de coordinación de emergencias 112 ha puesto un psicólogo a disposición de la familia.

FUENTE: ABC ESPAÑA / MALLORCA
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enero 30, 2013

indemnizacion en caso de BULLING ESCOLAR, RESPONSABILIDAD SOLIDARIA

Categoría: DERECHO CIVIL — gcornejo @ 07:21 — Visto: 93 veces
SOCIEDAD BULLYING: Indemnizan a la familia de un chico atacado por otro en una escuela

26/01/13
La escuela ya no sólo es un ámbito exclusivo para enseñar. Así lo dice un fallo que acaba de condenar al gobierno bonaerense a pagar un indemnización a un alumno que fue herido durante una pelea. Los jueces de la Cámara Civil y Comercial Federal de Mar del Plata consideraron que, en tiempos violentos, la escuela debe ser también un lugar de “contención social”.

“El proceso de enseñanza, ha pasado ahora a desenvolverse en circunstancias donde la escuela es espacio de contención social”, dice el fallo. Y agrega: “Por ello, masividad, inconducta, hechos de violencia y escaso acompañamiento familiar son datos devenidos en nuevas miradas de la vida escolar de los menores que presuponen distintas formas de prevención”.

De esta manera, un fallo judicial reconoce nuevas funciones y nuevas obligaciones para los maestros además de la educación formal.

El 16 de mayo de 2000, dos alumnos de la Escuela de Educación Técnica Número 4 de Mar del Plata, discutieron a la salida de la clase de química y uno de ellos cortó con una trincheta el cuello del otro.

La Sala Tercera del Tribunal marplatense resolvió condenar al gobierno bonaerense que deberá pagar una indemnización de unos 30 mil pesos más los intereses generados desde que se produjo la pelea. “Resulta absolutamente previsible que un niño o adolescente cometa un acto de indisciplina –señalaron los jueces– mientras este se encuentra sujeto a la autoridad escolar y sus acciones no son ajenas o extrañas al establecimiento que lo tiene bajo cuidado”. Para el tribunal la pelea no se trató de un “caso fortuito” y dejó en claro que no había dudas acerca de la responsabilidad que tuvieron las autoridades del colegio.

FUENTE: http://www.clarin.com/sociedad/Indemnizan-familia-chico-atacado-escuela_0_854314717.html
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enero 22, 2013

DEROGACION DE LA NORMA JURIDICA, TITULO PRELIMINAR DEL CODIGO CIVIL

Categoría: DERECHO CIVIL — gcornejo @ 05:54 — Visto: 211 veces
COMO SE EXTINGUE UNA NORMA JURIDICA?


TÍTULO PRELIMINAR
Artículo I.- Abrogación de la ley
La ley se deroga sólo por otra ley. La derogación se produce por declaración expresa, por incompatibilidad entre la nueva ley y la anterior o cuando la materia de ésta es íntegramente regulada por aquella. Por la derogación de una ley no recobran vigencia las que ella hubiere derogado.

El principio general en el derecho es que el único instrumento que pueda derogar y dejar sin efecto una norma jurídica es otra norma jurídica de igual o mayor rango, La ley solo es derogable por otra ley.

Sin embargo en general podemos encontrar diversas causas de carácter interna y otra de carácter exógenos que pueden variar, limitar o finiquitar la vigencia de una norma jurídica, entre estos podríamos señalar;
Causas Endógenas.- Las que se encuentran en la misma norma, por ejemplo una norma que declara el Estado de Emergencia en un lugar determinado de un país, tendrá un tiempo de vigencia, luego de la cual ya no tendrá vigencia.
Causas Exógenas.- Acá debemos de diferenciar entre la institución de la ABROGACION, con la institución de la DEROGACION, pues son instituciones diferentes;
LA ABROGACION.- Es la extinción total y absoluta de una norma jurídica.
LA DEROGACION.- Es la extinción parcial de la norma y no podemos llamarlo abrogación parcial, en tanto que la abrogación es total o es ninguna, las modificaciones parciales a la norma jurídica se denominan derogación, y en dicha institución podemos encontrar diversas formas o modalidades entre otros podemos señalar;
DEROGACION PARCIAL.- Es la modificación parcial de una norma,
DEROGACION TOTAL.- Es la modificación total de una norma
DEROGACION TACITA.- Cuando una norma jurídica no señala expresamente la norma que es derogada, sino que existe entre otros incompatibilidad, colisionan en su contenido regulatorio con otra norma. En determinados casos la norma que deroga simplemente manifiesta que se derogan todas las normas que se opongan a la presente norma, frase por la cual se deroga tácitamente todas aquellas que se opongan en su contenido regulatorio a la nueva norma. Esta institución se basa en el antiguo aforismo “lex posterior derogat anterior” (la ley posterior deroga a la anterior). y el “generi per speciem derogatum”, entre norma general y especial se prefiere a la norma especial.
DEROGACION EXPRESA.- La derogación se da cuando la misma norma señala que norma dejara de tener vigencia y a partir de que fecha, que generalmente es la fecha de entrada en vigor de la norma que se deroga.
Además de la Ley existe en nuestra legislación la figura del Legislador negativo, esto es el Tribunal Constitucional, que deroga las normas lesivas y contrarias a la constitución, el mismo que se ha hecho presente en diversas sentencias como son los casos de los procesos ( ).
En estos casos la sentencia que declaran inconstitucional la norma legal determinada deberá de publicarse en el diario oficial El Peruano y a partir de ello dejara de tener eficacia la norma inconstitucional, sin embargo dicho efecto no es retroactivo. Esta figura ya es reconocida por la Constitución de 1993 en su artículo 103 ( ).

Esta demás manifestar que la derogatoria de una norma no implica que las normas que hayan sido derogadas por la norma derogada recobren la vigencia en el tiempo,


Para tener acceso a mayor información le sugerimos tengan acceso a nuestro Libro DERECHO CIVIL TITULO PRELIMINAR Y PERSONAS, o a los materiales de enseñanza que se dan en la Universidad. ATT. MAG. GROVER CORNEJO
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notas:
1. Para mayor ilustración citamos el texto de la parte resolutiva de la resolución que declara fundada en parte la demanda de inconstitucionalidad en el EXP. N. º 0024-2010-PI/TC, LIMA, INICIADO POR EL 25% DEL NÚMERO LEGAL DE CONGRESISTAS CONTRA EL PODER EJECUTIVO, DE FEHCA DEL 21 DE MARZO DE 2011, en el proceso de PROCESO DE INCONSTITUCIONALIDAD. “FALLO. Por estos fundamentos, el Tribunal Constitucional, con la autoridad que le confiere la Constitución Política del Perú.

HA RESUELTO

1. Declarar FUNDADA, en parte, la demanda de inconstitucionalidad, y, en consecuencia, inconstitucionales las siguientes disposiciones del Decreto Legislativo N.º 1097:

a) Artículo 3.2, literal a)
b) La frase “que en el caso del personal militar y policial será el instituto armado o policial al que pertenece” del artículo 3.2, literal b)
c) Artículo 3.4
d) Artículo 4.2
e) Artículo 6.2
f) Artículo 6.3
g) Artículo 6.4
h) Primera Disposición Complementaria Final
i) Segunda Disposición Complementaria Final
j) Tercera Disposición Complementaria Final

2. Declarar, de conformidad con los Fundamentos Jurídicos Nos. 70 a 72 supra, la inconstitucionalidad, por conexidad, de la declaración contenida en el punto 1.1 del Artículo Único de la Resolución Legislativa N.° 27998. De conformidad con los Fundamentos Jurídicos Nos. 74 a 76 supra, la interpretación de este Tribunal que determina la referida inconstitucionalidad, en virtud de los artículos VI del Título Preliminar y 82º del Código Procesal Constitucional, resulta vinculante para todos los poderes públicos, motivo por el cual estos se encuentran impedidos de aplicar el referido precepto jurídico en el ejercicio del control difuso de constitucionalidad de las leyes.
Sucede lo mismo en el Expediente 00007-2007-PI/TC. Sentencia del 19.06.2007. Publicada 20.06.07. en la Demanda de inconstitucionalidad iniciada por el Colegio de Abogados del Callao contra el artículo único de la Ley N.º 28642, modificatoria del artículo 5º, numeral 8) de la Ley N.º 28237, Código Procesal Constitucional: “Declarar FUNDADA la demanda; en consecuencia, inconstitucional el artículo único de la Ley N.º 28642, modificatoria del artículo 5º, numeral 8), de la Ley N.º 28237, Código Procesal Constitucional, el cual se deja sin efecto, por impedir el ejercicio y la defensa de los derechos fundamentales en el ámbito del Jurado Nacional de Elecciones y vulnerar el artículo 200.2º de la Constitución”.


3. Artículo 103.- Leyes especiales, irretroactividad, derogación y abuso del derecho. Pueden expedirse leyes especiales porque así lo exige la naturaleza de las cosas, pero no por razón de las diferencias de las personas. La ley, desde su entrada en vigencia, se aplica a las consecuencias de las relaciones y situaciones jurídicas existentes y no tiene fuerza ni
efectos retroactivos; salvo, en ambos supuestos, en materia penal cuando favorece al reo.
La ley se deroga sólo por otra ley. También queda sin efecto por sentencia que declara su inconstitucionalidad.

















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diciembre 17, 2012

AUMENTAN DESALOJOS POR HIPOTECAS NO PAGADAS

Categoría: DERECHO CIVIL — gcornejo @ 02:52 — Visto: 61 veces
El CGPJ advierte de que los litigios por impago de hipotecas subieron un 134%
Moliner admite que el aumento de los desalojos han creado "un conflicto social"
Agencias Madrid 17 DIC 2012 - 16:58 CET99

El presidente del Tribunal Supremo y del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ), Gonzalo Moliner, ha informado en el Congreso de los Diputados de que las ejecuciones hipotecarias han registrado un incremento del 134,13% en 2012, lo que ha acarreado la "consiguiente creación de un conflicto social". Moliner, según ha aclarado un portavoz del Poder Judicial, se refería al total de procedimientos de ejecuciones hipotecarias iniciadas en 2012 y no solo a los desahucios de familias. Las ejecuciones hipotecarias no son exactamente desahucios de viviendas, ya que incluyen también los lanzamientos de plazas de garaje, segundas residencias o locales comerciales en uso o no. En números redondos, en lo que va de año se habrían iniciado en España 182.178.

Durante su intervención en la Comisión de Justicia para presentar la Memoria correspondiente a 2011, Moliner ha destacado que el número de asuntos ingresados en la Jurisdicción Civil en los tres primeros trimestres de 2012 ha disminuido un 3,05%.

Esta reducción ha sido provocada por la disminución experimentada en los Juzgados de Primera Instancia (-3,56%), Mercantiles (-2,16%), y Primera Instancia e Instrucción (6,40%).

No obstante, el presidente del órgano de gobierno de los jueces ha precisado que en los asuntos computados para medir su entrada en los órganos jurisdiccionales no se han tenido en cuenta los procesos monitorios ni las ejecuciones hipotecarias, que, por el contrario, "se han incrementado notablemente" hasta alcanzar el 52,36% los procesos monitorios y el 134,13% las ejecuciones hipotecarias reales.

Según ha dicho, estos datos llevan a la conclusión de que "en realidad no ha descendido la litigiosidad, sino que se ha modificado la calidad de la misma, siendo sorprendente el incremento de las ejecuciones hipotecarias con la consiguiente creación de un conflicto social de reciente memoria", en referencia a los desahucios.

Según los datos de la memoria, las ejecuciones hipotecarias se dispararon de 2008 a 2009, cuando pasaron de 58.686 a 93.319. Al año siguiente, la cifra se mantuvo casi estable (93.636), para descender un 16,9% al año siguiente (77.854). Los datos de Moliner, quien no ha ofrecido datos concretos, suponen que en lo que va de año se habrían superado los 182.000 casos de ejecuciones hipotecarias.

fuente: EL PAIS ESPAÑA
17.12.12.
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diciembre 15, 2012

Once defensores del Pueblo exigen que se palie “la alarma social” de los desalojos

Categoría: DERECHO CIVIL — gcornejo @ 11:25 — Visto: 71 veces
Once defensores del Pueblo exigen que se palie “la alarma social” de los desalojos
Constatan que las decisiones del Gobierno son claramente insuficientes

Anabel Díez Madrid 14 DIC 2012 - 21:09 CET37

Los defensores del pueblo, reunidos este viernes en Oviedo. / J.L.Cereijido (EFE)

A los 11 defensores del Pueblo de toda España no les es ajeno el problema del impago de hipotecas, los desahucios y los “lanzamientos” de personas a la calle sin vivienda y con la deuda intacta. Todos ellos, reunidos en Oviedo, con el adjunto primero del Defensor del Pueblo, Francisco Fernández Marugán, en representación de la defensora, Soledad Becerril, han constatado la magnitud del drama de decenas de miles de españoles a los que los poderes públicos deben dar respuesta “con urgencia y premura”.

No importa el color político del partido que les nombró (la mayoría del PP), ya que ha habido unanimidad en pedir cambios legales y, mientras tanto, la adopción de medidas que palíen la situación. “La alarma social es ya un hecho por el extraordinario número de ejecuciones hipotecarias, sin que se ofrezca una alternativa real a la pérdida de vivienda, o del local que constituía la actividad principal del deudor”. El resultado de esa pérdida es “el endeudamiento de por vida del prestatario y la ruina de las personas que fueron garantes del préstamo”.

Los defensores, además del diagnóstico, aportan un catálogo de medidas, encabezadas por la ampliación de supuestos de beneficiarios de la paralización de los desahucios. Lo aprobado por el Gobierno de Mariano Rajoy solo afecta a personas que están casi en la indigencia.

Otra ampliación debería producirse en los supuestos de acogimiento para reestructurar la deuda hipotecaria, buscando soluciones a situaciones de sobreendeudamiento en personas que actuaron de buena fe. Las medidas de protección deben extenderse a los locales de negocio donde se desarrolla la actividad que constituye el medio de vida del deudor.

Quienes están más cerca de este grave problema, como son los defensores del Pueblo autonómicos y de los Ayuntamientos, coinciden en sus recetas. Así, se aprecia gran similitud en las propuestas de los defensores y las lanzadas por muchos alcaldes, entre ellos los socialistas, encabezados por el regidor de Vigo, Abel Caballero. Sus planteamientos se debaten ahora en la Federación Española de Municipios y Provincias (FEMP).

La mediación entre deudor y banco es propuesta por defensores y alcaldes y podría ejercerla el Ayuntamiento correspondiente. La puesta en marcha inmediata del Fondo Social de Vivienda, dotado con casas para ser utilizadas por los desahuciados, es otra de las propuestas. El alquiler social es pedido por alcaldes y defensores del pueblo para los que no puedan pagar su hipoteca por causas sobrevenidas.

FUENTE: EL PAIS ESPAÑA
15.12.12
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diciembre 15, 2012

La batalla contra los desalojo. En el corazón financiero de Valencia

Categoría: DERECHO CIVIL — gcornejo @ 10:59 — Visto: 50 veces

La batalla contra los desahucios


Iván Pérez | Valencia

Han dicho 'basta' y se han lanzado a la calle para luchar contra los "excesos" y la "gran injusticia" que supone el reglamento de ejecución hipotecaria. Por ahora son decenas los que están dispuestos a dormir al raso los días que haga falta hasta que alguien, administradores o banqueros, les den una solución. Avanzan, eso sí, que si la situación no cambia serán miles de ciudadanos los que libren en la calle la batalla contra los desahucios. "No nos queda otra", aseguran.

Han levantado un modesto e improvisado campamento en el corazón financiero de Valencia, en la popularmente conocida como calle de los bancos donde están localizadas las sedes centrales en la ciudad de las principales entidades del país. Su protesta se declara indefinida. Su plan, visitar cada día una entidad diferente en busca de respuestas, de soluciones, de la "humanidad" que han echado en falta desde que la crisis ha ido desbordando las cifras del paro y "mucha gente honrada ha dejado de pagar su hipoteca porque no tiene ni para comer".

Se presentan ante los bancos con un "plan de mínimos" perfectamente definido en el que exigen tres puntos fundamentales: la dación en pago con carácter retroactivo, el alquiler social y la "paralización inmediata" de todos los procesos de desahucio. Piden un interlocutor válido en cada entidad para estudiar uno por uno todos los casos de ejecución hipotecaria que la plataforma de afectados por los desahucios presenten a los bancos.

Al mismo tiempo piden que las entidades bancarias establezcan unos "cauces reales" con la plataforma para tratar la situación de las personas afectadas por estos procesos de desahucio abiertos o en trámite de abrirse.

No confían en las medidas del Gobierno para tratar de aliviar la situación de las personas en riesgo de perder su vivienda, pues consideran que dan argumentos a los bancos para "establecer la ejecución hipotecaria sin más, acogiéndose a la ley". Una ley que va dirigida a "un perfil de personas que no cumple ninguno de los que están aquí en la calle defendiendo su derecho a la vivienda, a no quedarse en la calle o no estar pagando de por vida una vez le quiten su casa".

Recogen firmas para presentar sus reivindicaciones en una Iniciativa Legislativa Popular y se llevan el cariño y la solidaridad de los ciudadanos que transitan por el corazón de la ciudad, en una zona de fervor comercial. Aplausos, gritos de ánimo y ruido de claxon es por ahora su botín, pero no están dispuestos a renunciar a su cruzada hasta que alguien "se siente a negociar con los afectados y les de soluciones razonables, humanas".

"Todo el mundo tiene derecho a rehacer sus vidas", especialmente si han sido "víctimas de una crisis sobrevenida", consideran. Por eso proponen al Ejecutivo que las personas tengan las mismas opciones de demostrar con documentación su insolvencia, "como pueden hacer los empresarios cuando recurren a un concurso de acreedores".

fuente: EL MUNDO ESPAÑA
15-12-12
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noviembre 14, 2012

PROHIBEN EMBARGAR EN ECUADOR POR DEUDAS HIPOTECARIAS CONTRAIDAS EN ESPAÑA

Categoría: DERECHO CIVIL — gcornejo @ 09:29 — Visto: 128 veces
el drama social de las hipotecas abusivas
El largo brazo de los bancos no llega a Ecuador
Correa impide a las entidades españolas embargar bienes a sus ciudadanos


Olga Veloso, una de las afectadas por los desahucios, en su casa de Entrevías. / GORKA LEJARCEGI
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Olga Veloso piensa ahora que en 2006 su marido y ella no deberían haber comprado un piso en Madrid. Esta ecuatoriana de 44 años cree que hubiera sido mejor invertir en su país. Ha logrado paralizar dos veces su desahucio, pero está pendiente del tercero. Los ecuatorianos son una de las comunidades de inmigrantes más perjudicadas por las hipotecas abusivas y por ello Ecuador ha prohibido que las deudas que sus ciudadanos contraigan en el extranjero puedan suponer el embargo de su patrimonio en territorio nacional. La medida tranquiliza a los afectados, pero solo en parte; algunos mantienen el escepticismo.

Para que una entidad financiera española pueda reclamar bienes o rentas fuera es necesario un proceso judicial muy complejo. Aún así, ha sido un argumento utilizado para intentar lograr el cobro. “Cientos de ecuatorianos comentan que cuando ya no pudieron pagar las cuotas de sus hipotecas, producto de la crisis que vive España, algunos bancos pretendían amedrentarlos con argumentos como que sus deudas serían perseguidas en Ecuador”, afirma la embajadora, Aminta Buenaño.

De los 480.000 ciudadanos del país latinoamericano que viven en España, es difícil saber cuántos están amenazados por un desahucio. Como dato aproximado, la Coordinadora Nacional de Ecuatorianos en España (Conadee) estima que si hace un año había 50 en Madrid cada día, una docena afectaba a compatriotas.

En este colectivo inmigrante, entre los primeros y más activos en la lucha contra los desalojos, se han escuchado comentarios sobre algún posible embargo al otro lado del Atlántico. “Siempre existió la leyenda urbana, pero no hay constancia de ningún caso”, asegura Rafael Mayoral, abogado de la Plataforma de Afectados por la Hipoteca (PAH). Si bien ni esta asociación ni la embajada tienen constancia de que en Ecuador se hayan iniciado procesos por estas causas, ambas destacan que hasta que allí se aprobó la nueva legislación respecto a las hipotecas, en vigor desde el 26 de junio, los bancos podrían haberlo pretendido.

Hace un año cundió el pánico cuando el banco Pichincha España compró préstamos de inmigrantes a Bankia y a un fondo de inversión español. El aumento de la incertidumbre y el empeoramiento de la crisis llevaron al presidente Rafael Correa a promover el citado cambio legal. Pero hay quien ve la nueva normativa con recelo. “No me fío. Estoy decepcionada”, dice Olga Veloso, quien teme que solo sea una estrategia para captar votos. Ecuador celebrará elecciones en febrero de 2013 y el jefe del Ejecutivo optará a la reelección. “Hay más confianza, pero existen dudas acerca de lo que pasará después: si el Gobierno será reelegido, si habrá cambios en la ley, hasta qué punto estamos respaldados”, comenta Deisy Silva. Ella, como afectada y miembro de la PAH, asesora a compatriotas perjudicados.
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La embajadora quiere trasmitir a sus compatriotas que “sus bienes en territorio ecuatoriano no corren riesgo”. Su embajada fue la primera en abrir un servicio de asesoría jurídica para afectados por las ejecuciones hipotecarias. Desde su puesta en marcha a finales de 2011 ha registrado 5.000 consultas.

La presidenta de Conadee, Aida Quinatoa, sin embargo, califica la medida de Correa de “baño de agua tibia”. La coordinadora ha entregado al bloque de izquierdas de su país un texto para que lo presente en la Asamblea Nacional bajo un título muy específico: Ley de defensa de los trabajadores y trabajadoras migrantes, contra el fraude hipotecario cometido en España. La regulación de junio queda resumida en una de las disposiciones de una ley hipotecaria general. “Nuestro proyecto es más contundente”, afirma Quinatoa.

Varios ecuatorianos desahuciados o a punto de serlo protestan desde hace semanas con una acampada en la madrileña plaza de Celenque, ante la sede central de Bankia. La quiteña Olga Veloso rompe a llorar cuando relata que asiste desde el primer día, pero que a veces el cansancio y la enfermedad —es diabética y hace unos días tuvo que ser ingresada— pueden con ella. En el momento en el que atiende la llamada telefónica está en su casa del barrio de Entrevías, esa de la que quieren echarla. Le gustaría regresar a su tierra, pero no puede. Su hija de 19 años llegó a España con seis y tiene su vida hecha en Madrid. Ahora está en el segundo curso de Ciencias Químicas. “Pienso en que acabe la carrera e irme”, afirma la madre. “Me iré peor de lo que vine. Lo único bueno es que mi hija sea alguien en la vida”.

fuente: EL PAIS ESPAÑA
Araceli Guede Madrid 13 NOV 2012 - 23:19 CET561
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noviembre 07, 2012

Los desahucios se duplican con la crisis y provocan un «tsunami» judicial

Categoría: DERECHO CIVIL — gcornejo @ 02:39 — Visto: 77 veces
Córdoba
Los desahucios se duplican con la crisis y provocan un «tsunami» judicial
Unas 600 familias pierden su casa al año por no poder pagar la hipoteca; los afectados organizan una plataforma para evitar más desalojos

P. GARCÍA-BAQUERO / CÓRDOBA
Día 01/05/2012 - 09.59h

Unas 600 familias cordobesas perdieron el pasado año sus viviendas, el doble que en 2008, coincidiendo con el comienzo de la crisis económica. La estadística supone un «tsunami para los juzgados, que además del expediente tienen que disponer de un secretario judicial y agentes cada vez que se produce un desahucio», según informaron a ABC fuentes del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ). La plataforma Stop Desahucios-15 M convocó ayer a los representantes de colectivos vecinales y centros cívicos de la ciudad como fedatarios para entregarles pliegos para la recogida de firmas que llevarán al Congreso para modificar la Ley de Enjuiciamiento Civil, de modo que regule la dación en pago, el fomento el alquiler social y parar así los desahucios y sus efectos en las familias.

Uno de los miembros de esta plataforma Stop Desahucios, Rafael Vázquez, recordó que el crecimiento de los desahucios desde 2008 ha sido «exponencial», e instó a las familias a las que se les haya notificado los embargos que acuda «cuanto antes a Stop Desahucios, una plataforma que desde el pasado mes de otoño ha logrado paralizar una decena» en la capital cordobesa.

En estas circunstancias se vieron unas 600 familias cordobesas a lo largo de 2011, según datos del CGPJ, aunque la estadística no distingue si se trata de un desahucio por impago de hipoteca, renta de alquiler o negocio. Sólo registra el trámite judicial bajo el epígrafe de «levantamiento».

En cualquier caso, se trata, en palabras de Vázquez de una espiral creciente. En 2008 se ejecutaron 226 levantamientos, frente a los 263 de 2009, para pasar a los 433 de 2010 y los 599 del último año.

Estos desahucios, a juicio de la plataforma, exigen de inmediato la puesta en marcha de un Programa de Prevención de Desalojo y Mediación Inmobiliaria Social y ayuda a los residentes de ingresos bajos y moderados que están en riesgo de quedarse sin hogar debido a la imposibilidad de pagar el alquiler o la hipoteca, programas estos muy extendidos en los países anglosajones y en el resto de Europa. Hasta ahora Stop Desahucios «ha logrado parar una decena de subastas —antes de que se produjera el desahucio de todos los casos que se han puesto en contacto con nosotros— en los últimos diez meses», señaló Vázquez.

Stop Desahucios hizo ayer un llamamiento «a las familias trabajadoras que libremente se puedan acoger a la regulación de dación de pago de modo que capital, intereses, costas y comisiones quede saldada».
Medio millón de firmas

Vázquez dijo, además, que se «está pidiendo la dación en pago con carácter retroactivo, lo que significa que para los centenares de miles de personas que ya han sufrido el proceso y están en la calle con la deuda con el banco, esa deuda quedaría saldada». En esta misma demanda ciudadana la plataforma pretende además fomentar el alquiler social, por lo que la familia afectada entregaría su casa, pero si no tuviera donde ir a parar, seguiría viviendo allí y no pagaría más del 30 por ciento de los ingresos.

Desde la plataforma ciudadana surgida del movimiento 15-M se pretende recoger unas 500.000 firmas de toda España antes de octubre, cifra con la que la propuesta se tendría que tratar en el Congreso de los Diputados en menos de 6 meses.

Rafael Vázquez, sin embargo, aclaró que aunque se lleve al Congreso la dación en pago, esto no significa que finalmente sea aprobada, «pero ahí estará», sentenció. Desde que comenzó la crisis, según Vázquez, «centenares de miles de familias se han quedado sin casa, pero sí conservan la deuda. Queremos que se regule la dación en pago, entregando su vivienda y la deuda quede automáticamente cancelada».

Se trata de una campaña nacional que durará hasta el próximo mes de octubre. Cada uno de los que pretendan recoger firmas se hará fedatario , y en Córdoba la sede estará en la Federación de Asociaciones de Vecinos Al-Zahara. En esta sede habrá pliegos para firmar y los interesados se podrán hacer fedatarios, con DNI, para poder recoger firmas.

Las familias que tienen este problema padecen, a juicio del portavoz de la plataforma, «una situación de depresión, abatimiento y vergüenza de la que ni siquiera se enteran los vecinos, solo lo saben cuando ven el precinto». No se trata, en palabras de este representante de la plataforma Stop Desahucios, «de una cuestión de izquierdas o de derechas, sino que la gente tiene que entender que tiene que unirse a esto sea o no más o menos simpatizante del movimiento 15-M».

Vázquez añadió que «hay que unirse si eres del 99 por ciento que no maneja los hilos de este país, de este sistema financiero global que hemos creado; si eres de ese 1 por ciento, hay que movilizarse y firmar esta iniciativa legislativa popular».

Asimismo, los representantes de Stop Desahucios recordaron que «cuanto antes se inicien los trámites antes se puede actuar, y es fundamental que se hagan en los diez primeros 10 días desde el punto de vista jurídico».

Por último desde esta plataforma, que surgió del movimiento 15-M, aseguraron que las medidas del Gobierno han sido «lamentables» porque lo que ha hecho es «elaborar un código de buenas prácticas al que libremente las entidades financieras se pueden agregar y que establece unos requisitos que el 99 por ciento de los ciudadanos no los cumple».

De hecho, aseguran que «ninguna de las familias que se pone en contacto con Stop Desahucios cumple con estos requisitos. Este decálogo no ha mejorado la situación, sino que la ha empeorado porque la entidad financiera se agarra a que la familia afectada no cumple con los requisitos propuestos por el Gobierno, con lo que la situación es más difícil».

FUENTE: ABC ESPAÑA
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octubre 23, 2012

La Audiencia niega una indemnización a Dolores Vázquez por la muerte de Rocío Wanninkhof

Categoría: DERECHO CIVIL — gcornejo @ 11:08 — Visto: 61 veces
La Audiencia niega una indemnización a Dolores Vázquez por la muerte de Rocío Wanninkhof


Reclamaba cuatro millones de euros por el tiempo que estuvo en prisión como acusada del asesinato de la joven en 1999
N. VILLANUEVA / MADRID


ARCHIVO
Dolores Vázquez, en una imagen tomada en 2004
La Audiencia Nacional ha rechazado la indemnización de cuatro millones de euros solicitada por Dolores Vázquez por el tiempo que estuvo en prisión como sospechosa de la muerte de la joven Rocío Wanninkhof.

Dolores Vázquez permaneció en la cárcel 519 días, entre el 7 de septiembre de 2000 y el 8 de febrero de 2002. En septiembre de 2001 fue declarada culpable por un jurado popular de la muerte de Rocío, quien había sido asesinada en octubre de 1999 cerca de Mijas (Málaga). Unos años después se descubrió el error al resolverse otro asesinato posterior, el de la joven Sonia Carabantes, y descubrirse que el ADN del asesino de Carabantes coincidía con el encontrado en pruebas del caso Wanninkhof.

Dolores Vázquez reclamó cuatro millones de euros por responsabilidad patrimonial del Estado derivada de un anormal funcionamiento de la Administración de Justicia que fue desestimada en primera instancia por el Ministerio de Justicia.

En una sentencia notificada hoy [pincha aquí para consultar la sentencia], la Sala de lo Contencioso-administrativo de la Audiencia Nacional desestima su pretensión argumentando que su demanda se planteó de acuerdo al artículo 294 de la Ley Orgánica del Poder Judicial en lugar del 293, que contempla el error judicial.

Los magistrados explican que las indemnizaciones pedidas a través del artículo 294 han quedado restringidas por la doctrina del Tribunal Supremo para los casos de «inexistencia objetiva del hecho imputado», es decir, que no se hubieran producido los hechos, en este caso, el asesinato. Según esta reciente doctrina jurisprudencial no procede estimar el recurso.

La sentencia ha contado con los votos particulares de dos magistrados que consideran que esa jurisprudencia es sobrevenida a la presentación del recurso. Dolores Vázquez tiene diez días para recurrir ante el Supremo.

fuente: ABC ESPAÑA
Día 23/10/2012 - 14.44h
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