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Blog de GROVER CORNEJO YANCCE

agosto 01, 2011

EL TRIBUNAL SUPREMO REBAJA LA PENA A UN CONDENADO POR ESTAFA PORQUE TARDARON CINCO AÑOS EN JUZGARLO

Categoría: DERECHO PENAL — gcornejo @ 08:05 — Visto: 116 veces
EL TRIBUNAL SUPREMO REBAJA LA PENA A UN CONDENADO POR ESTAFA PORQUE TARDARON CINCO AÑOS EN JUZGARLO


Fecha: 01/08/2011
(EFE).- El Tribunal Supremo (TS) ha rebajado de cuatro a tres años de cárcel la condena impuesta a un funcionario de un juzgado de Tenerife por estafar a más de sesenta ciudadanos, al haber estimado la atenuante de dilaciones indebidas porque la Audiencia Provincial tardó cinco años en juzgarle.

"La Justicia tardía es menos justicia para todos los protagonistas del proceso", argumenta el TS en una sentencia en la que estima el recurso del condenado, que alegó la existencia de dilaciones indebidas por la inactividad procesal total que durante cinco años mantuvo la Audiencia Provincial de Tenerife, que recibió la causa en mayo de 2005 y no señaló el juicio hasta 2010.

Finalmente, en esa fecha la Audiencia de Tenerife condenó a J.A.B.C, que entre 1987 y 2000 era auxiliar de justicia en un juzgado de Granadilla de Abona, a cuatro años y medio de prisión y cinco de inhabilitación para empleo público por falsificación continuada de documento público, estafa e infidelidad en la custodia de documentos.

Según el tribunal, J.A.B.C aprovechó la prolongación de jornada que le concedieron para reorganizar el archivo y esconder en bolsas de basura y cajas los documentos de 61 procedimientos por delitos de tráfico o robos con el fin de estafar a los afectados, a los que engañaba para que le entregaran a él en metálico la indemnización a la que hubieran sido condenados.

El caso comenzó a instruirse el 14 de enero de 2000, tras lo que el 17 de mayo de 2005 llegó a la Audiencia Provincial de Santa Cruz de Tenerife que hasta junio de 2010 no señaló el juicio, y hasta septiembre de ese año no dictó sentencia.

La sentencia de la Sala de lo Penal del Supremo, de la que ha sido ponente el magistrado Joaquín Giménez García, considera que la dilación observada "afecta de modo claro y relevante al derecho a ser juzgado en un plazo razonable, máxime ante la falta de justificación de la demora de cinco años" que tardó el tribunal en celebrar el juicio.

Para el TS, esta tardanza "convierte la duración total del proceso en algo no razonable y acreedor de la disminución de la pena para compensar tal quiebra, disminución que debe ser relevante -cualificada- porque relevante fue la demora.

Así, estima que debe estimarse la atenuante de dilaciones indebidas como "muy cualificada" y rebaja por ello en un año la condena impuesta al funcionario. EFE
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agosto 01, 2011

EL SUPREMO REBAJA A 3 AÑOS DE CÁRCEL LA PENA DE UN FUNCIONARIO JUDICIAL QUE SE EMBOLSABA DINERO DE INDEMNIZACIONES

Categoría: DERECHO PENAL — gcornejo @ 08:04 — Visto: 116 veces
EL SUPREMO REBAJA A 3 AÑOS DE CÁRCEL LA PENA DE UN FUNCIONARIO JUDICIAL QUE SE EMBOLSABA DINERO DE INDEMNIZACIONES


Escondió en bolsas de basura 61 procedimientos en trámite

Fecha: 01/08/2011
(EP)-. El Tribunal Supremo ha rebajado de 4 años y medio a 3 años la pena impuesta a un auxiliar que trabajaba en un juzgado de Granadilla de Abona, en Tenerife, por esconder en bolsas de basura 61 procedimientos en curso y embolsarse de 2.374 euros procedentes de indemnizaciones que le entregaban en mano varios ciudadanos condenados.

La Sala de lo Penal ha estimado el recurso que interpuso el auxiliar de Justicia José Ángel B. contra la sentencia dictada en septiembre del pasado por la Audiencia Provincial de Santa Cruz de Tenerife que le consideró culpable de delitos de falsedad en documento oficial, estafa e infidelidad en la custodia de documentos.

La Audiencia Provincial recibió las primeras actuaciones contra el procesado el 17 de mayo de 2005 pero no fue hasta el 23 de junio de 2010 cuando señaló la apertura de juicio oral. El Supremo critica que el tribunal de instancia no justificó ni hizo "el mejor ejercicio de autocrítica" sobre los motivos por los que la paralización se prolongó durante cinco años, un mes y seis días.

"Las razones del por qué existe un derecho a ser juzgado en un plazo razonable es clara. La justicia tardía es menos justicia para todos los protagonistas del proceso, por supuesto para el imputado y también para la víctima", dictamina el alto tribunal.

Según el Supremo, la falta de justificación de la demora convierte la duración total del proceso en "algo no razonable" y hace al procesado "acreedor" de la disminución de su pena para compensar tal quiebra. La sentencia, de la que ha sido ponente el magistrado Joaquín Giménez, aplica así la atenuante de dilaciones indebidas e impone una rebaja cualificada de la pena para compensar proporcionalmente los perjuicios causados por la "relevante" tardanza que sufrió este proceso.

SE ASEGURÓ DE QUE LOS DOCUMENTOS NO SE ENCONTRARAN

Los hechos se remontan al 4 de noviembre de 1987 cuando José Ángel comenzó a trabajar como auxiliar en el Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 2 de Granadilla de Abona. El recurrente aprovechó su condición de auxiliar y la circunstancia de que se estuviera reorganizando el archivo del órgano judicial para prolongar su jornada laboral y tener una mayor autonomía.

Durante este periodo de tiempo, el funcionario escondió en bolsas de basura y en una caja de cartón un total de 61 expedientes y documentos que estaban pendientes de tramitación, los ocultó entre piezas de convicción y se aseguró de que no pudieran ser hallados.

Entre otros, ocultó procedimientos relacionados con robos, muertes por accidente de tráfico, estafas, drogas o acoso además de comisiones rogatorias, atestados de la Policía Judicial o exhortos dirigidos a notificar la puesta en libertad de varios procesados. Para evitar ser descubierto, José Ángel hizo anotaciones en los Libros Registro del juzgado que no se correspondían con la realidad y llegó a plasmar que se habían dictado autos de sobresemiento que nunca llegaron a efectuarse.

Además de todo ello, el funcionario, abusando de su cargo, engañó a tres procesados para que le entregaran a él directamente el efectivo de la responsabilidad civil que debían afrontar, en lugar de indicarles la cuenta corriente bancaria de depósitos y consignaciones del juzgado.

En total, mintió a un ciudadano condenado en un juicio de faltas a indemnizar a otro, a un acusado de un delito contra la seguridad del tráfico y un homicidio imprudente y a otro hombre al que le dijo que debía pagarle 450,76 euros para recuperar su carné de conducir. Después de que le entregaran el dinero, les entregaba un documento firmado y con el sello de la Secretaría del Juzgado para darle "mayor veracidad".

En su resolución, el Supremo reprocha que el recurrente como oficial de Justicia "defraudó gravemente las expectativas que la sociedad depositó en él pues, abusando de su cargo, ocultó diversos expedientes e hizo suyas distintas indemnizaciones pagadas por los obligados con destino a los perjudicados en los distintos procesos".
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