17/04/11 |
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El ingreso como recaudación implica el desplazamiento de los montos depositados en las cuentas habilitadas en el Banco de la Nación (cuenta detracciones) hacia el erario público. Dicha recaudación es destinada al pago de la deuda tributaria del proveedor, para lo cual se ha previsto que dicha imputación podrá realizarse incluso respecto de deudas cuyo vencimiento sea posterior al depósito correspondiente.
El procedimiento y las causales del ingreso como recaudación se encuentran regulados en el Decreto Legislativo N° 940 y en la Resolución de Superintendencia Nº 183-2004/SUNAT.
13/01/11 |
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Mediante Ley N° 29518 publicada el 8 de abril de 2010 se otorgó a los transportistas que presten el servicio de transporte terrestre público interprovincial de pasajeros o el servicio de transporte público terrestre de carga, por el plazo de tres años, el beneficio de devolución por el equivalente al 30% del ISC que forme parte del precio de venta del petróleo diesel.
03/06/10 |
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I.Hipótesis de afectación:
El inciso d) del artículo 1º de la Ley del IGV (LIGV) dispone que se encontrarán afectos al IGV:
1. La primera venta de inmuebles realizada por el constructor
2. La posterior venta que realicen las empresas vinculadas con el constructor vinculado o de empresas vinculadas económicamente con el constructor, cuando el bien inmueble haya sido adquirido del constructor vinculado o de empresas vinculadas económicamente con el constructor.
3. No estará gravada la posterior venta del inmueble que realicen las empresas vinculadas con el constructor, cuando el inmueble se haya adquirido de dicho constructor o de empresas vinculadas con el constructor, cuando se demuestre que el precio de la venta realizada es igual o mayor al valor de mercado.
10/01/10 |
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TASA DEL IGV 2010
Mediante Ley Nº 29467, publicada el 08/12/09, se ha publicado la Ley de Equilibrio Financiero del Presupuestos del Sector Público para el Año Fiscal 2010.
Al respecto, debemos informar que dicha Ley ha dispuesto que la tasa del Impuesto General a las Ventas (IGV) se mantendrá en 17% hasta el 31/12/2010.
24/04/08 |
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Con fecha 23.04.2008 se ha publicado la Ley N° 29214, que establece modificaciones al artículo 19° del Texto Único Ordenado de la Ley del Impuesto General a las Ventas e Impuesto Selectivo al Consumo, respecto a los requisitos formales para ejercer el derecho al crédito fiscal. Dicha norma ha sido complementada por la Ley 29215, publicada el mismo día.
De esta manera el incumplimiento o el cumplimiento parcial, tardío o defectuoso de los deberes formales relacionados con el Registro de Compras, ya no implicará la pérdida del derecho al crédito fiscal