ARQUITECTOS ABOGADOS (Lima - Perú)
El día 22 de Julio del 2010 se publicó en el Diario Oficial "El Peruano" la Ley 29565 - Ley de Creación del Ministerio de Cultura, la misma que entró en vigencia desde el 23 de Julio del 2010.
En tanto se apruebe el respectivo reglamento de organización y funciones y los demás documentos de gestión del Ministerio de Cultura, las funciones ejecutivas en materia de cultura continúan a cargo del Instituto Nacional de Cultura (INC) hasta la designación del Ministro de Cultura.
Los documentos de gestión de las entidades públicas que se fusionen o extingan por absorción, continúan vigentes hasta la dación de los nuevos documentos de gestión.
Los organismos públicos adscritos al Ministerio de Cultura son los siguientes:
1. Instituto Nacional de Cultura (INC).
2. Biblioteca Nacional del Perú (BNP).
3. Instituto de Radio y Televisión Peruana (IRTP).
4. Academia Mayor de la Lengua Quechua.
5. Archivo General de la Nación (AGN).
6. Instituto Nacional de Desarrollo de los Pueblos Andinos, Amazónicos y Afroperuano (Indepa).
Hasta que se apruebe el Texto Único de Procedimientos Administrativos del Ministerio de Cultura, mantienen su vigencia los procedimientos aprobados en los Textos Únicos de Procedimientos Administrativos de las entidades fusionadas o adscritas a dicho Ministerio, así como aquellas funciones transferidas.
El día 22 de Julio del 2010 se publicó en el Diario Oficial "El Peruano" la Ley 29565 - Ley de Creación del Ministerio de Cultura, la misma que entró en vigencia desde el 23 de Julio del 2010.
En tanto se apruebe el respectivo reglamento de organización y funciones y los demás documentos de gestión del Ministerio de Cultura, las funciones ejecutivas en materia de cultura continúan a cargo del Instituto Nacional de Cultura (INC) hasta la designación del Ministro de Cultura.
Los documentos de gestión de las entidades públicas que se fusionen o extingan por absorción, continúan vigentes hasta la dación de los nuevos documentos de gestión.
Los organismos públicos adscritos al Ministerio de Cultura son los siguientes:
1. Instituto Nacional de Cultura (INC).
2. Biblioteca Nacional del Perú (BNP).
3. Instituto de Radio y Televisión Peruana (IRTP).
4. Academia Mayor de la Lengua Quechua.
5. Archivo General de la Nación (AGN).
6. Instituto Nacional de Desarrollo de los Pueblos Andinos, Amazónicos y Afroperuano (Indepa).
Hasta que se apruebe el Texto Único de Procedimientos Administrativos del Ministerio de Cultura, mantienen su vigencia los procedimientos aprobados en los Textos Únicos de Procedimientos Administrativos de las entidades fusionadas o adscritas a dicho Ministerio, así como aquellas funciones transferidas.








