Por:
Magíster Luis Alberto Huerta Guerrero
Profesor de Derecho Procesal Constitucional en la Pontificia Universidad católica del Perú
La Amazonía peruana sufre en gran intensidad el problema de la minería ilegal, que afecta seriamente el medio ambiente. Madre de Dios es una de las zonas en donde este problema se refleja de modo particular, ante lo cual se han adoptado diversas medidas orientadas a revertir esta situación, como el Decreto de Urgencia 012-2010, publicado el 18 de febrero del 2010 en el diario oficial El Peruano, que declaró de necesidad pública, interés nacional y ejecución prioritaria la erradicación de la minería ilegal. En la exposición de motivos de esta norma se hizo mención al impacto ambiental de la actividad minera ilegal:
"• Destrucción de los cauces de los ríos y de las pesquerías: las dragas que operan directamente en los ríos, removiendo el cauce para extraer los lodos con oro, producen enormes daños en la reproducción de los peces y en el ambiente físico por la turbidez generada.
• Destrucción de bosques: Ya se han destruido aproximadamente 18000 hectáreas y cada año se destruyen unas 400 hectáreas adicionales. Si se ejecutan todos los derechos mineros, se destruirán unas 400000 hectáreas adicionales de bosques.
• Contaminación de los peces por el mercurio: […] En los peces que se expenden en el mercado de Puerto Maldonado, todas las especies, con excepción de los provenientes de acuicultura, presentan contenido de mercurio […].
• Destrucción de tierras agrícolas aluviales: la minería interviene y destruye las mejores tierras agrícolas de la región y que se ubican a lo largo de los ríos. Esto va en detrimento de la producción agrícola sostenible.
• Impacto de ruido y tráfico: La operación de retroexcavadoras, cargadores frontales, volquetes, motores y bombas impacta en la fauna por los ruidos que generan.
• Alteración del paisaje: La destrucción de los bosques y del cauce de los ríos altera profundamente el paisaje, lo que impacta en el ecoturismo.
• Calidad de agua: La descarga a los cursos de agua de gran cantidad de sólidos en suspensión afecta la calidad del agua. […]
• Impacto en la fauna acuática: La fauna de la zona desaparece por la destrucción de bosques; la caza, y la intensa presencia humana".
Mediante la sentencia
316-2011-PA, publicada el 20 de julio del 2012 y expedida por el Pleno de la institución, el Tribunal se pronunció sobre la demanda de amparo presentada por una persona jurídica dedicada a la actividad minera –la Empresa Minera de Servicios Generales S.R.L.-,que estuvo dirigida contra el Decreto de Urgencia 012-2010, en los extremos referidos a la prohibición del uso de dragas y la necesidad de cumplir determinados requisitos para obtener la correspondiente certificación ambiental. La defensa de la norma impugnada estuvo a cargo de la Procuraduría Ad Hoc de la Presidencia del Consejo de Ministros. En este caso se estaba ante una demanda de amparo contra normas legales, que buscaba la protección de derechos fundamentales ante restricciones a su ejercicio sustentadas en la protección del medio ambiente, un supuesto frecuente en los procesos de amparo.