La República
La Comisión de Constitución del Congreso aprobó el Proyecto de Ley No. 3395, que propone que los tres representantes de los Colegios Profesionales (de abogados y otras profesiones) que integran el Consejo Nacional de la Magistratura (CNM), ya no sean elegidos con el voto de todos los colegiados, sino únicamente de los Decanos de dichas instituciones.
El Instituto de Defensa Legal (IDL) considera que la decisión de la Comisión de Constitución es gravísima, pues representa un cambio súbito de reglas; va contra la propia Constitución, que en su artículo 155 señala que esta elección la efectúen “los miembros” de los colegios profesionales; y porque la modificación ha sido propuesta por el Poder Ejecutivo, que nunca antes había realizado aportes para la regulación de esta elección.
Este hecho da lugar a serias sospechas sobre un mecanismo de injerencia política.
Ante la gravedad del cambio aprobado por la Comisión de Constitución, ¿qué han señalado los Decanos de los Colegios Profesionales, quienes se deben a sus electores y son a quienes representan? Se espera que tomen una posición.
El mismo proyecto será debatido mañana a las 3 pm, en la Comisión de Justicia del Congreso. Siendo este el grupo donde se desarrollará el principal debate, es probable que asuma una posición similar a la adoptada por la Comisión de Constitución.
Como se recuerda, el CNM está compuesto por 7 integrantes, dos de ellos, elegidos por instancias del Estado, y 5 elegidos por entidades de la sociedad civil: dos por las universidades públicas y privadas, uno por los colegios de abogados del país y, los dos restantes, por los demás colegios profesionales. Este proceso debe ser preocupación de todos, porque el CNM resuelve quiénes serán los jueces y fiscales que decidirán aspectos fundamentales de nuestras vidas.
La Comisión de Constitución del Congreso aprobó el Proyecto de Ley No. 3395, que propone que los tres representantes de los Colegios Profesionales (de abogados y otras profesiones) que integran el Consejo Nacional de la Magistratura (CNM), ya no sean elegidos con el voto de todos los colegiados, sino únicamente de los Decanos de dichas instituciones.
El Instituto de Defensa Legal (IDL) considera que la decisión de la Comisión de Constitución es gravísima, pues representa un cambio súbito de reglas; va contra la propia Constitución, que en su artículo 155 señala que esta elección la efectúen “los miembros” de los colegios profesionales; y porque la modificación ha sido propuesta por el Poder Ejecutivo, que nunca antes había realizado aportes para la regulación de esta elección.
Este hecho da lugar a serias sospechas sobre un mecanismo de injerencia política.
Ante la gravedad del cambio aprobado por la Comisión de Constitución, ¿qué han señalado los Decanos de los Colegios Profesionales, quienes se deben a sus electores y son a quienes representan? Se espera que tomen una posición.
El mismo proyecto será debatido mañana a las 3 pm, en la Comisión de Justicia del Congreso. Siendo este el grupo donde se desarrollará el principal debate, es probable que asuma una posición similar a la adoptada por la Comisión de Constitución.
Como se recuerda, el CNM está compuesto por 7 integrantes, dos de ellos, elegidos por instancias del Estado, y 5 elegidos por entidades de la sociedad civil: dos por las universidades públicas y privadas, uno por los colegios de abogados del país y, los dos restantes, por los demás colegios profesionales. Este proceso debe ser preocupación de todos, porque el CNM resuelve quiénes serán los jueces y fiscales que decidirán aspectos fundamentales de nuestras vidas.
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La República
El integrante del Instituto Prensa y Sociedad (IPYS), Jaime Cisneros, sostuvo que la decisión del Ministerio de Transportes y Comunicaciones de quitar la licencia a Radio La Voz de Bagua, es una clara advertencia para los medios que pretendan "salirse de la línea".
Cisneros resaltó que el caso de la emisora amazonense pone en evidencia la preocupación del Ejecutivo por las radios en provincias, que son numerosas y poderosas en términos de alcance regional, y donde paralelamente hay muchos intereses en juego.
Indicó que los abogados de Radio La Voz han agotado la vía administrativa para que el Estado dé marcha atrás en su resolución, asumida a mediados de junio último, de cancelar la licencia a la emisora bajo el argumento de la homologación de sus equipos.
Agregó que pese a que la radio ha cumplido con seguir los canales regulares para gestionar su pedido de reposición, el portafolio encabezado por Enrique Cornejo opta por el silencio.
"Las autoridades no se han rectificado en el retiro de licencia (...) Consideramos que se trata de una medida arbitraria e ilegal porque las autoridades (del MTC) no han sabido fundamentarla", anotó.
Sin embargo, Cisneros dijo que la negativa del MTC a rectificarse abre un abanico de posibilidad para que el IPYS llame la atención de la opinión pública en este caso, el cual dijo mancha la trayectoria de libertad de expresión del régimen de turno.
En ese sentido, resaltó que cada vez más medios de comunicación toman conciencia de las implicancias de la situación que atraviesa Radio La Voz y asumen una postura solidaria.
Por último, adelantó que, si el MTC se pronuncia en contra del pedido formulado por la estación radial, el IPYS evaluaría acciones institucionales a nivel nacional y regional. "Lamentablemente, (este caso) coloca al Perú en una esfera cuyo ámbito es muy negativo para la libertad de expresión", concluyó.
Como se recuerda, este sábado, el IPYS divulgó un comunicado donde afirma que el caso de Radio La Voz de Bagua configura "una manifiesto caso de atentado contra la libertad de expresión" la cual está protegida por la Constitución Política y la Convención Americana sobre Derechos Humanos.
"En tal sentido, el IPYS rechaza la cancelación de la autorización (de funcionamiento de la radio), exhorta al MTC a restituirla a la brevedad y acompañará al medio en todas las reclamaciones y denuncias necesarias para la restitución de su derecho", concluye el documento.
El integrante del Instituto Prensa y Sociedad (IPYS), Jaime Cisneros, sostuvo que la decisión del Ministerio de Transportes y Comunicaciones de quitar la licencia a Radio La Voz de Bagua, es una clara advertencia para los medios que pretendan "salirse de la línea".
Cisneros resaltó que el caso de la emisora amazonense pone en evidencia la preocupación del Ejecutivo por las radios en provincias, que son numerosas y poderosas en términos de alcance regional, y donde paralelamente hay muchos intereses en juego.
Indicó que los abogados de Radio La Voz han agotado la vía administrativa para que el Estado dé marcha atrás en su resolución, asumida a mediados de junio último, de cancelar la licencia a la emisora bajo el argumento de la homologación de sus equipos.
Agregó que pese a que la radio ha cumplido con seguir los canales regulares para gestionar su pedido de reposición, el portafolio encabezado por Enrique Cornejo opta por el silencio.
"Las autoridades no se han rectificado en el retiro de licencia (...) Consideramos que se trata de una medida arbitraria e ilegal porque las autoridades (del MTC) no han sabido fundamentarla", anotó.
Sin embargo, Cisneros dijo que la negativa del MTC a rectificarse abre un abanico de posibilidad para que el IPYS llame la atención de la opinión pública en este caso, el cual dijo mancha la trayectoria de libertad de expresión del régimen de turno.
En ese sentido, resaltó que cada vez más medios de comunicación toman conciencia de las implicancias de la situación que atraviesa Radio La Voz y asumen una postura solidaria.
Por último, adelantó que, si el MTC se pronuncia en contra del pedido formulado por la estación radial, el IPYS evaluaría acciones institucionales a nivel nacional y regional. "Lamentablemente, (este caso) coloca al Perú en una esfera cuyo ámbito es muy negativo para la libertad de expresión", concluyó.
Como se recuerda, este sábado, el IPYS divulgó un comunicado donde afirma que el caso de Radio La Voz de Bagua configura "una manifiesto caso de atentado contra la libertad de expresión" la cual está protegida por la Constitución Política y la Convención Americana sobre Derechos Humanos.
"En tal sentido, el IPYS rechaza la cancelación de la autorización (de funcionamiento de la radio), exhorta al MTC a restituirla a la brevedad y acompañará al medio en todas las reclamaciones y denuncias necesarias para la restitución de su derecho", concluye el documento.
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Presidente García promulgó Ley que concede Licencia de Paternidad
La República
Ahora los padres también gozarán de licencia por cuatro días luego del nacimiento de su hijo, ya que luego de que el Congreso promoviera este proyecto de ley, el presidente Alan García lo convirtió en un hecho.
Esta mañana (sábado) la autógrafa de ley fue promulgada por el presidente de la República, Alan García Pérez,la cual precisa que el derecho se otorga a todo trabajador de la actividad pública y privada, incluidas las Fuerzas Armadas y la Policía Nacional del Perú, en armonía con sus leyes especiales.
La licencia deberá otorgarse durante cuatro días hábiles y consecutivos, desde la fecha que el trabajador indique, comprendida entre la fecha de nacimiento del nuevo hijo o hija y la fecha en que la madre o el hijo o hija sean dados de alta por el centro médico respectivo.
El trabajador deberá comunicar a su empleador sobre la fecha probable del parto
o con una anticipación mínima de 15 días, refiere la norma.
Esta licencia también incluye al sector privado.
La República
Ahora los padres también gozarán de licencia por cuatro días luego del nacimiento de su hijo, ya que luego de que el Congreso promoviera este proyecto de ley, el presidente Alan García lo convirtió en un hecho.
Esta mañana (sábado) la autógrafa de ley fue promulgada por el presidente de la República, Alan García Pérez,la cual precisa que el derecho se otorga a todo trabajador de la actividad pública y privada, incluidas las Fuerzas Armadas y la Policía Nacional del Perú, en armonía con sus leyes especiales.
La licencia deberá otorgarse durante cuatro días hábiles y consecutivos, desde la fecha que el trabajador indique, comprendida entre la fecha de nacimiento del nuevo hijo o hija y la fecha en que la madre o el hijo o hija sean dados de alta por el centro médico respectivo.
El trabajador deberá comunicar a su empleador sobre la fecha probable del parto
o con una anticipación mínima de 15 días, refiere la norma.
Esta licencia también incluye al sector privado.
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Expreso
El revuelo político generado por la inconstitucionalidad “en parte” de la Ley 29166, que regula el uso de la fuerza militar, ha llevado a algunos magistrados del Tribunal Constitucional (TC) a tildar de “traidor” al congresista Mauricio Mulder, por pedir la desactivación del TC por dictar un fallo que presuntamente desprotege a las Fuerzas Armadas.
Precisamente fue el vicepresidente del TC, Carlos Mesía, quien habló fuerte sobre el reciente pedido congresal y en especial sobre el pedido de Mulder.
“El secretario general del APRA (Mauricio Mulder) es un traidor a la Constitución del 1979 que fue suscrita y firmada por Haya de la Torre, que estableció el Tribunal Constitucional como órgano de defensa de la Constitución, del estado de derecho y de la persona. Él no puede traicionar la línea maestra de la Constitución que él tanto defiende”, sostuvo Mesía.
“Lamentablemente en materia de control de la ley estamos por encima del Congreso, quieran o no quieran, porque podemos derogar las leyes del Congreso, y eso es lo que a los congresistas no les gusta, no les gusta el control jurídico del poder”, acotó.
Explica sentencia
Mesía aclaró que la propia Constitución garantiza el uso de las Fuerzas Armadas en los estados de emergencia y ahí el TC no se ha movido; lo que el tribunal ha reparado es en el uso de la fuerza letal para ser usadas en tiempo de normalidad, por ejemplo reprimir manifestaciones sindicalistas. Sin embargo, en las zonas de emergencia y en el Valle del Río Apurímac y Ene (VRAE) sí pueden hacer uso de la fuerza.
A llenar vacíos
Por ello, invocó a los parlamentarios a leer bien la sentencia y a entender la naturaleza de las funciones del TC, porque si la ley no se condice con la Constitución, ésta se deroga, porque es potestad del TC; sin embargo en este caso les da la oportunidad a los parlamentarios de complementar la ley.
No desprotege
En tanto, el presidente del TC, Juan Vergara Gotelli, arguyó que la reciente sentencia emitida respecto al uso de la fuerza militar no vulnera los derechos ni desprotege a las FF AA. (KBQ)
El dato
Vergara anunció que hoy se estaría emitiendo una resolución aclaratoria de la sentencia emitida en torno a la Ley 29166, debido a que la Procuraduría del Congreso lo ha solicitado a través de un recurso de aclaración.
El revuelo político generado por la inconstitucionalidad “en parte” de la Ley 29166, que regula el uso de la fuerza militar, ha llevado a algunos magistrados del Tribunal Constitucional (TC) a tildar de “traidor” al congresista Mauricio Mulder, por pedir la desactivación del TC por dictar un fallo que presuntamente desprotege a las Fuerzas Armadas.
Precisamente fue el vicepresidente del TC, Carlos Mesía, quien habló fuerte sobre el reciente pedido congresal y en especial sobre el pedido de Mulder.
“El secretario general del APRA (Mauricio Mulder) es un traidor a la Constitución del 1979 que fue suscrita y firmada por Haya de la Torre, que estableció el Tribunal Constitucional como órgano de defensa de la Constitución, del estado de derecho y de la persona. Él no puede traicionar la línea maestra de la Constitución que él tanto defiende”, sostuvo Mesía.
“Lamentablemente en materia de control de la ley estamos por encima del Congreso, quieran o no quieran, porque podemos derogar las leyes del Congreso, y eso es lo que a los congresistas no les gusta, no les gusta el control jurídico del poder”, acotó.
Explica sentencia
Mesía aclaró que la propia Constitución garantiza el uso de las Fuerzas Armadas en los estados de emergencia y ahí el TC no se ha movido; lo que el tribunal ha reparado es en el uso de la fuerza letal para ser usadas en tiempo de normalidad, por ejemplo reprimir manifestaciones sindicalistas. Sin embargo, en las zonas de emergencia y en el Valle del Río Apurímac y Ene (VRAE) sí pueden hacer uso de la fuerza.
A llenar vacíos
Por ello, invocó a los parlamentarios a leer bien la sentencia y a entender la naturaleza de las funciones del TC, porque si la ley no se condice con la Constitución, ésta se deroga, porque es potestad del TC; sin embargo en este caso les da la oportunidad a los parlamentarios de complementar la ley.
No desprotege
En tanto, el presidente del TC, Juan Vergara Gotelli, arguyó que la reciente sentencia emitida respecto al uso de la fuerza militar no vulnera los derechos ni desprotege a las FF AA. (KBQ)
El dato
Vergara anunció que hoy se estaría emitiendo una resolución aclaratoria de la sentencia emitida en torno a la Ley 29166, debido a que la Procuraduría del Congreso lo ha solicitado a través de un recurso de aclaración.
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El presidente Alan García promulgó un decreto supremo que regula ejecución penal en materia de delitos de terrorismo
(Andina). El presidente Alan García Pérez promulgó esta noche en Palacio de Gobierno una Ley, aprobada por el Congreso, la cual dispone que no proceden los beneficios penitenciarios para los condenados por delitos de terrorismo, como parte de la lucha frontal contra el terrorismo.
“Los condenados por delitos de terrorismo no podrán acogerse a los beneficios penitenciarios de redención de la pena por el trabajo y la educación, la semilibertad y la libertad condicional”, señala la norma que deroga el Decreto Legislativo Nº 927, el cual regulaba la ejecución penal en materia de delitos de terrorismo.
La Ley promulgada también establece que los condenados por los delitos de secuestro y/o extorsión podrán acogerse a los beneficios penitenciarios siguientes: redención de la pena por el trabajo y la educación, y liberación condicional, a razón de un día de pena por siete días de labor efectiva, bajo la dirección y el control de la administración penitenciaria.
Para ello la norma modifica el artículo 3º de la Ley Nº 28760, que a su vez modifica los artículos 147, 152 y 200 del Código Penal y el artículo 136ª del Código de Procedimientos Penales.
También precisa las normas a las que se sujetarán los beneficios penitenciarios en el caso de sentenciados por delito de secuestro.
Los condenados a pena temporal por delito de secuestro y/o extorsión podrán acogerse al beneficio penitenciario de liberación condicional cuando hayan cumplido efectivamente los tres cuartos de la pena impuesta, siempre que no tengan proceso pendiente con mandato de detención y previo pago del íntegro de la cantidad fijada por reparación civil y de la multa.
La ejecución de los beneficios penitenciarios que han sido otorgados a los sentenciados por delitos de terrorismo continuarán regulándose al amparo de lo previsto en la normativa bajo la cual les fue otorgado. .
La Ley, firmada por el jefe de Estado y el titular del Consejo de Ministros, Javier Velásquez Quesquén, será publicada mañana sábado en la separata de Normas Legales del diario oficial El Peruano.
(Andina). El presidente Alan García Pérez promulgó esta noche en Palacio de Gobierno una Ley, aprobada por el Congreso, la cual dispone que no proceden los beneficios penitenciarios para los condenados por delitos de terrorismo, como parte de la lucha frontal contra el terrorismo.
“Los condenados por delitos de terrorismo no podrán acogerse a los beneficios penitenciarios de redención de la pena por el trabajo y la educación, la semilibertad y la libertad condicional”, señala la norma que deroga el Decreto Legislativo Nº 927, el cual regulaba la ejecución penal en materia de delitos de terrorismo.
La Ley promulgada también establece que los condenados por los delitos de secuestro y/o extorsión podrán acogerse a los beneficios penitenciarios siguientes: redención de la pena por el trabajo y la educación, y liberación condicional, a razón de un día de pena por siete días de labor efectiva, bajo la dirección y el control de la administración penitenciaria.
Para ello la norma modifica el artículo 3º de la Ley Nº 28760, que a su vez modifica los artículos 147, 152 y 200 del Código Penal y el artículo 136ª del Código de Procedimientos Penales.
También precisa las normas a las que se sujetarán los beneficios penitenciarios en el caso de sentenciados por delito de secuestro.
Los condenados a pena temporal por delito de secuestro y/o extorsión podrán acogerse al beneficio penitenciario de liberación condicional cuando hayan cumplido efectivamente los tres cuartos de la pena impuesta, siempre que no tengan proceso pendiente con mandato de detención y previo pago del íntegro de la cantidad fijada por reparación civil y de la multa.
La ejecución de los beneficios penitenciarios que han sido otorgados a los sentenciados por delitos de terrorismo continuarán regulándose al amparo de lo previsto en la normativa bajo la cual les fue otorgado. .
La Ley, firmada por el jefe de Estado y el titular del Consejo de Ministros, Javier Velásquez Quesquén, será publicada mañana sábado en la separata de Normas Legales del diario oficial El Peruano.
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El Comercio
El pleno dio e beneficio remunerado de cuatro días a los empleados de la actividad privada y pública, que incluye a policías y militares
Los trabajadores de la actividad pública y privada tendrán derecho a una licencia remunerada por paternidad, en caso de que de su cónyuge o conviviente dé a luz, de cuatro días hábiles consecutivos, a fin de promover y fortalecer el desarrollo de la familia.
La propuesta también incluye a los efectivos policiales y militares, adecuando la norma a las leyes del sector. La iniciativa fue aprobada por 72 votos y una abstención.
La presidenta de la Comisión de la Mujer y Desarrollo Social, Karina Beteta (UPP), pidió una nueva votación para exonerarla de una segunda, y consiguió aprobación unánime.
Según la norma, dicha licencia, otorgada por el empleador al padre, es por cinco días consecutivos. El inicio se computa desde la fecha en que el trabajador indique, comprendida dentro de los 30 primeros días del nacimiento de su hijo.
El presidente de la Comisión de Trabajo, Juan Carlos Eguren (UN), sustentó la iniciativa señalando que el objetivo es el fortalecimiento de la familia. Más adelante, incorporó a los efectivos de las Fuerzas Armadas y Policía Nacional al beneficio de la norma, a pedido de algunos congresistas.
La legisladora Lourdes Alcorta (UN) expresó su preocupación por los efectivos de este sector que tienen, dijo, expuesta su vida en todo momento y merecen ser tratados como todos los ciudadanos.
La congresista Mercedes Cabanillas (PAP), autora de una de las propuestas, consideró que existen circunstancias en que el referido beneficio no puede ser utilizado por el efectivo policial o militar, como en el caso de estar destacado en zonas especiales de combate.
Sobre el tema, el congresista Luis Negreiros Criado (PAP) planteó una fórmula basada en experiencias registradas en la Organización Internacional de Trabajo (OIT), señalando que el beneficio de la norma puede ser adecuada a las leyes que rigen al sector, con lo cual quedó superada la controversia.
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El pleno dio e beneficio remunerado de cuatro días a los empleados de la actividad privada y pública, que incluye a policías y militares
Los trabajadores de la actividad pública y privada tendrán derecho a una licencia remunerada por paternidad, en caso de que de su cónyuge o conviviente dé a luz, de cuatro días hábiles consecutivos, a fin de promover y fortalecer el desarrollo de la familia.
La propuesta también incluye a los efectivos policiales y militares, adecuando la norma a las leyes del sector. La iniciativa fue aprobada por 72 votos y una abstención.
La presidenta de la Comisión de la Mujer y Desarrollo Social, Karina Beteta (UPP), pidió una nueva votación para exonerarla de una segunda, y consiguió aprobación unánime.
Según la norma, dicha licencia, otorgada por el empleador al padre, es por cinco días consecutivos. El inicio se computa desde la fecha en que el trabajador indique, comprendida dentro de los 30 primeros días del nacimiento de su hijo.
El presidente de la Comisión de Trabajo, Juan Carlos Eguren (UN), sustentó la iniciativa señalando que el objetivo es el fortalecimiento de la familia. Más adelante, incorporó a los efectivos de las Fuerzas Armadas y Policía Nacional al beneficio de la norma, a pedido de algunos congresistas.
La legisladora Lourdes Alcorta (UN) expresó su preocupación por los efectivos de este sector que tienen, dijo, expuesta su vida en todo momento y merecen ser tratados como todos los ciudadanos.
La congresista Mercedes Cabanillas (PAP), autora de una de las propuestas, consideró que existen circunstancias en que el referido beneficio no puede ser utilizado por el efectivo policial o militar, como en el caso de estar destacado en zonas especiales de combate.
Sobre el tema, el congresista Luis Negreiros Criado (PAP) planteó una fórmula basada en experiencias registradas en la Organización Internacional de Trabajo (OIT), señalando que el beneficio de la norma puede ser adecuada a las leyes que rigen al sector, con lo cual quedó superada la controversia.
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Acusan plagio en dictamen sobre igualdad religiosa
El autor de la denuncia, Marco Huaco Palomino, pide que se investigue este delito contra los derechos de autor. Asesor de la bancada aprista asume su responsabilidad y asegura que no actuó con dolo.
Perú 21
¿Simple error? Vargas sostiene que el dictamen no ha perdido validez.
Un nuevo ‘papelón’ por plagio afecta otra vez la imagen de la institución parlamentaria. El abogado Marco Antonio Huaco Palomino denunció que el dictamen de la Comisión de Constitución sobre la Ley de Libertad e Igualdad Religiosa transcribe literalmente 12 páginas de una obra suya sin haberle consultado.
El documento congresal reproduce, sin la autorización del autor, la obra inédita Posición jurídica de las agrupaciones políticas en la experiencia europea y sudamericana, publicada en Internet por una institución mexicana con la siguiente advertencia: “Todos los derechos reservados. La presente ponencia tiene carácter de preliminar, por lo que no podrá ser citada ni reproducida sin previo consentimiento expreso de su autor”.
Así lo precisa Huaco Palomino en la carta remitida a la presidenta de la Comisión de Constitución del Parlamento, Mercedes Cabanillas –a la que Perú.21 tuvo acceso–, en la que le informa que presentará la denuncia ante Indecopi y el Ministerio Público para que investiguen este delito contra los derechos de autor.
Este proyecto fue aprobado por la Comisión de Constitución en la legislatura anterior, cuando era presidida por el también aprista José Vargas Fernández, actual titular de la Célula Parlamentaria Aprista (CPA)
En dicha misiva, el autor sostiene que los responsables de este dictamen “ni siquiera se han dado la molestia de disimular el ‘préstamo intelectual’ ni de modificar al menos algunas expresiones o palabras”. Señala también que la nota a pie de página en el dictamen menciona, de manera ambigua y engañosa, su nombre y el de la obra, pero no reconoce que los párrafos que siguen a continuación provienen de ella.
Huaco manifestó que, de comprobarse que la Comisión de Constitución se encuentra involucrada de alguna manera en este hecho, ello contribuiría al descrédito de la imagen del Poder Legislativo, deteriorada ya por reiterados antecedentes de plagio intelectual en la elaboración de proyectos. “Sería lamentable que el Congreso cuente con asesores parlamentarios de tan baja calidad ética y profesional”, enfatizó.
ASUME RESPONSABILIDAD. Por otro lado, a través de dos cartas a las que también tuvimos acceso, el asesor de la CPA, Odar Monzón Pedroso, reconoce haber incurrido en un error al no resaltar las partes textuales de la citada obra del autor.
En las misivas, dirigidas al propio Huaco y a la presidenta de la Comisión de Constitución, rechaza que haya pretendido actuar de manera dolosa y resalta que en un pie de página se reconoce la autoría y se indica que la obra es uno de los más importantes trabajos sobre la materia.
Monzón admite que el pedido del autor es pertinente y que, por ello, ha solicitado el retiro de todo el material transcrito del documento, incluyendo la cita y el pie de página.
Sobre este caso, el legislador José Vargas señaló que el error reconocido por su asesor no tiene por qué afectar la validez del dictamen.
“La Comisión de Constitución aprobó una fórmula legal, y esta no tiene por qué perjudicarse por un error de redacción en la parte de los considerandos. El tema no tiene por qué regresar a comisión”, enfatizó.
El autor de la denuncia, Marco Huaco Palomino, pide que se investigue este delito contra los derechos de autor. Asesor de la bancada aprista asume su responsabilidad y asegura que no actuó con dolo.
Perú 21
¿Simple error? Vargas sostiene que el dictamen no ha perdido validez.
Un nuevo ‘papelón’ por plagio afecta otra vez la imagen de la institución parlamentaria. El abogado Marco Antonio Huaco Palomino denunció que el dictamen de la Comisión de Constitución sobre la Ley de Libertad e Igualdad Religiosa transcribe literalmente 12 páginas de una obra suya sin haberle consultado.
El documento congresal reproduce, sin la autorización del autor, la obra inédita Posición jurídica de las agrupaciones políticas en la experiencia europea y sudamericana, publicada en Internet por una institución mexicana con la siguiente advertencia: “Todos los derechos reservados. La presente ponencia tiene carácter de preliminar, por lo que no podrá ser citada ni reproducida sin previo consentimiento expreso de su autor”.
Así lo precisa Huaco Palomino en la carta remitida a la presidenta de la Comisión de Constitución del Parlamento, Mercedes Cabanillas –a la que Perú.21 tuvo acceso–, en la que le informa que presentará la denuncia ante Indecopi y el Ministerio Público para que investiguen este delito contra los derechos de autor.
Este proyecto fue aprobado por la Comisión de Constitución en la legislatura anterior, cuando era presidida por el también aprista José Vargas Fernández, actual titular de la Célula Parlamentaria Aprista (CPA)
En dicha misiva, el autor sostiene que los responsables de este dictamen “ni siquiera se han dado la molestia de disimular el ‘préstamo intelectual’ ni de modificar al menos algunas expresiones o palabras”. Señala también que la nota a pie de página en el dictamen menciona, de manera ambigua y engañosa, su nombre y el de la obra, pero no reconoce que los párrafos que siguen a continuación provienen de ella.
Huaco manifestó que, de comprobarse que la Comisión de Constitución se encuentra involucrada de alguna manera en este hecho, ello contribuiría al descrédito de la imagen del Poder Legislativo, deteriorada ya por reiterados antecedentes de plagio intelectual en la elaboración de proyectos. “Sería lamentable que el Congreso cuente con asesores parlamentarios de tan baja calidad ética y profesional”, enfatizó.
ASUME RESPONSABILIDAD. Por otro lado, a través de dos cartas a las que también tuvimos acceso, el asesor de la CPA, Odar Monzón Pedroso, reconoce haber incurrido en un error al no resaltar las partes textuales de la citada obra del autor.
En las misivas, dirigidas al propio Huaco y a la presidenta de la Comisión de Constitución, rechaza que haya pretendido actuar de manera dolosa y resalta que en un pie de página se reconoce la autoría y se indica que la obra es uno de los más importantes trabajos sobre la materia.
Monzón admite que el pedido del autor es pertinente y que, por ello, ha solicitado el retiro de todo el material transcrito del documento, incluyendo la cita y el pie de página.
Sobre este caso, el legislador José Vargas señaló que el error reconocido por su asesor no tiene por qué afectar la validez del dictamen.
“La Comisión de Constitución aprobó una fórmula legal, y esta no tiene por qué perjudicarse por un error de redacción en la parte de los considerandos. El tema no tiene por qué regresar a comisión”, enfatizó.
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08/09/09: Los 54 años del voto femenino en el Perú
Cuando la historia de la mujer cambió en el país. Ley del voto femenino se promulgó en el gobierno de Odría
El Comercio
Era un miércoles 7 de setiembre de 1955, cuando el gobierno del general Manuel Apolinario Odría, dando salida a los incesantes reclamos que se habían iniciado en 1910, promulgó la ley del voto femenino, con lo que cambió la historia de la mujer peruana.
Siempre atento a los hechos trascendentales, la edición de El Comercio tituló al día siguiente “Fue promulgada la ley que otorga el voto a la mujer”, y dio a conocer el texto de la Ley 12931, mediante la cual se modificaron los artículos 84, 86 y 88 de la Constitución Política de 1933.
La nota reafirmaba el hecho con la foto del jefe del Estado, Manuel A. Odría, quien aparecía promulgando la ley. En el primero se reconocía que eran ciudadanos los hombres que tuvieran mayoría de edad (21 años), casados mayores de 18 años y los emancipados. El cambio incorporaba a las mujeres en estas mismas condiciones.
En el segundo artículo originalmente se señalaba que gozaban del derecho de sufragar los ciudadanos y ciudadanas que supiesen leer y escribir.
Y en el tercero se reconocía la autonomía del Poder Electoral, así como la representación que da a las minorías —entre ellas las mujeres— el sistema de elecciones. Lo último no se hizo esperar, pues la inscripción de mujeres en el Registro Electoral se empezó a realizar apenas se promulgó la ley, con vista a las elecciones presidenciales y parlamentarias de 1956.
Precisamente, el 17 de junio de ese año, las mujeres se estrenaron en el sufragio. Con 499.256 votos, ellas se hicieron presentes, representando el 34% del electorado nacional. Lima fue el departamento con mayor cantidad de mujeres votantes. En la edición de la tarde de El Comercio se informó: “Las mujeres dieron la nota simpática”. [...] “Las damas, luego de la misa, y muchas de ellas llevando sus libros misales, engrosaron las densas colas que nacían a las puertas de cada colegio [...]. La columna impaciente desencadenaba amables conversaciones, desprovistas de la aspereza silenciosa de los hombres [...]”.
Fue así como el 28 de julio de 1956 llegaron por primera vez al Parlamento nueve ciudadanas. Ellas fueron la senadora Irene Silva y las diputadas Alicia Blanco, Lola Blanco, Carlota Ramos, María Silva, Juana Ubilluz, Manuela Billinghurst, María de Gotuzzo y Matilde Pérez Palacios. Todo un acontecimiento en la época.
El Comercio
Era un miércoles 7 de setiembre de 1955, cuando el gobierno del general Manuel Apolinario Odría, dando salida a los incesantes reclamos que se habían iniciado en 1910, promulgó la ley del voto femenino, con lo que cambió la historia de la mujer peruana.
Siempre atento a los hechos trascendentales, la edición de El Comercio tituló al día siguiente “Fue promulgada la ley que otorga el voto a la mujer”, y dio a conocer el texto de la Ley 12931, mediante la cual se modificaron los artículos 84, 86 y 88 de la Constitución Política de 1933.
La nota reafirmaba el hecho con la foto del jefe del Estado, Manuel A. Odría, quien aparecía promulgando la ley. En el primero se reconocía que eran ciudadanos los hombres que tuvieran mayoría de edad (21 años), casados mayores de 18 años y los emancipados. El cambio incorporaba a las mujeres en estas mismas condiciones.
En el segundo artículo originalmente se señalaba que gozaban del derecho de sufragar los ciudadanos y ciudadanas que supiesen leer y escribir.
Y en el tercero se reconocía la autonomía del Poder Electoral, así como la representación que da a las minorías —entre ellas las mujeres— el sistema de elecciones. Lo último no se hizo esperar, pues la inscripción de mujeres en el Registro Electoral se empezó a realizar apenas se promulgó la ley, con vista a las elecciones presidenciales y parlamentarias de 1956.
Precisamente, el 17 de junio de ese año, las mujeres se estrenaron en el sufragio. Con 499.256 votos, ellas se hicieron presentes, representando el 34% del electorado nacional. Lima fue el departamento con mayor cantidad de mujeres votantes. En la edición de la tarde de El Comercio se informó: “Las mujeres dieron la nota simpática”. [...] “Las damas, luego de la misa, y muchas de ellas llevando sus libros misales, engrosaron las densas colas que nacían a las puertas de cada colegio [...]. La columna impaciente desencadenaba amables conversaciones, desprovistas de la aspereza silenciosa de los hombres [...]”.
Fue así como el 28 de julio de 1956 llegaron por primera vez al Parlamento nueve ciudadanas. Ellas fueron la senadora Irene Silva y las diputadas Alicia Blanco, Lola Blanco, Carlota Ramos, María Silva, Juana Ubilluz, Manuela Billinghurst, María de Gotuzzo y Matilde Pérez Palacios. Todo un acontecimiento en la época.
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El Comercio
Analistas sugieren circunscripciones más pequeñas y un sistema bicameral. Cabanillas dijo que aumento de curules no niega cambios electorales
La aprobación de la reforma constitucional que aumenta de 120 a 130 el número de congresistas ha generado opiniones encontradas entre los analistas políticos. En lo que sí coinciden, sin embargo, es en que esta modificación es insuficiente para aliviar el problema de representación.
El ex secretario general del Jurado Nacional de Elecciones Juan Falconí consideró importante aprobar la propuesta del Ejecutivo para establecer la segunda vuelta en la elección de autoridades locales y regionales en caso de que no obtengan el 30% de votos como mínimo. También dijo que debe proponerse un plan de renovación parlamentaria a la mitad del período, para que “el pueblo pueda castigar a los malos congresistas”.
El analista político José Luis Sardón sostuvo que el aumento del número de congresistas es una pérdida de tiempo. Señaló que lo que se necesita es incrementar la frecuencia de las elecciones y rediseñar las bases electorales . Propuso que los congresistas sean elegidos por circunscripciones uninominales, lo que requiere un cambio en la ley orgánica electoral. La reforma tendría dos efectos: eliminar los partidos políticos pequeños y contar con un sistema de rendición de cuentas nítido.
La presidenta de la Comisión de Constitución del Congreso, Mercedes Cabanillas (Apra), defendió la reforma argumentando que las provincias de Lima no tienen representación en el Congreso.
Indicó que las eventuales reformas de la ley orgánica electoral no se contradicen con el aumento de curules. Dijo, sin embargo, que son temas que se pueden tratar, pues “la Comisión de Constitución es un espacio democrático para debatir temas constitucionales y electorales”.
El ex oficial mayor del Congreso José Elice opinó que el problema de representación no se evalúa por la cantidad, sino por la calidad de los parlamentarios. Explicó que el ratio internacional suele ser de un legislador por cada 60 mil habitantes, mientras que en el Perú es cada 235 mil. El aumento de 10 escaños no hace la diferencia.
Apuntó que se necesitan grupos políticos fuertes, congresistas honestos y una agenda legislativa concertada.
PEOR SOLUCIÓN
El analista en temas electorales Fernando Tuesta opinó que el cambio constitucional del jueves “ha sido la peor solución al problema de representación, quizás por el temor de los congresistas al rechazo de la opinión pública”.
Consideró que una reforma pendiente es el retorno a la bicameralidad con un crecimiento adecuado del número de parlamentarios.
Dijo que debe eliminarse el artículo de la Constitución que especifica el número de congresistas que debe tener el Parlamento, porque estos siempre crecen. “En 1860 el Perú ya tenía 120 congresistas. No podemos tener igual número de parlamentarios que hace más de un siglo”.
Sugirió la existencia de circunscripciones más pequeñas —sin que sean uninominales— para que exista un reconocimiento claro de quiénes son los representantes y haya más presión sobre su función.
Agregó que el Congreso dejó de lado a los 450 mil peruanos con derecho a voto en el extranjero, según el último cálculo en el 2006. Tuesta estima que la cifra podría elevarse a 600 mil para el 2011, lo que representa una cantidad mayor que la población electoral de 15 departamentos. “Esta es la exclusión de facto”.
El vicepresidente del Parlamento Andino, Wilbert Bendezú, también lamentó esta exclusión y la calificó de “ingrata”, pese a que el presidente Alan García presentó en el 2006 iniciativas legislativas de este tipo.
QUÉ SE VIENE
Modificaciones pendientes
Bicameralidad
La presidenta de la Comisión de Constitución, Mercedes Cabanillas (Apra), explicó que el dictamen de reforma constitucional que permite el retorno al sistema bicameral se encuentra con pedido de reconsideración. Dijo que el tema se debatirá en la comisión y se buscarán consensos. El pleno del Congreso desestimó en mayo pasado la disposición. La propuesta solo obtuvo 61 votos a favor, 34 en contra (fujimoristas y humalistas) y una abstención. La Constitución exige 81 votos para dispensar a este tipo de reformas del trámite de referéndum.
Renovación parcial
También señaló que está pendiente el proyecto de reforma constitucional para elegir a 60 congresistas cada dos años y medio, en lugar de elegir a los 130 en un solo proceso cada cinco. El ministro de Justicia, Aurelio Pastor, expuso en dos ocasiones este proyecto del Ejecutivo ante la Comisión de Constitución. Todas las bancadas, excepto el Apra, se oponen a la medida.
Reparto de escaños
El miembro del pleno del Jurado Nacional de Elecciones Ulises Montoya indicó que recién el lunes se conocerá la distribución de los diez escaños por el aumento del número de congresistas de 120 a 130. La reforma estará vigente para las elecciones generales del 2011.
Analistas sugieren circunscripciones más pequeñas y un sistema bicameral. Cabanillas dijo que aumento de curules no niega cambios electorales
La aprobación de la reforma constitucional que aumenta de 120 a 130 el número de congresistas ha generado opiniones encontradas entre los analistas políticos. En lo que sí coinciden, sin embargo, es en que esta modificación es insuficiente para aliviar el problema de representación.
El ex secretario general del Jurado Nacional de Elecciones Juan Falconí consideró importante aprobar la propuesta del Ejecutivo para establecer la segunda vuelta en la elección de autoridades locales y regionales en caso de que no obtengan el 30% de votos como mínimo. También dijo que debe proponerse un plan de renovación parlamentaria a la mitad del período, para que “el pueblo pueda castigar a los malos congresistas”.
El analista político José Luis Sardón sostuvo que el aumento del número de congresistas es una pérdida de tiempo. Señaló que lo que se necesita es incrementar la frecuencia de las elecciones y rediseñar las bases electorales . Propuso que los congresistas sean elegidos por circunscripciones uninominales, lo que requiere un cambio en la ley orgánica electoral. La reforma tendría dos efectos: eliminar los partidos políticos pequeños y contar con un sistema de rendición de cuentas nítido.
La presidenta de la Comisión de Constitución del Congreso, Mercedes Cabanillas (Apra), defendió la reforma argumentando que las provincias de Lima no tienen representación en el Congreso.
Indicó que las eventuales reformas de la ley orgánica electoral no se contradicen con el aumento de curules. Dijo, sin embargo, que son temas que se pueden tratar, pues “la Comisión de Constitución es un espacio democrático para debatir temas constitucionales y electorales”.
El ex oficial mayor del Congreso José Elice opinó que el problema de representación no se evalúa por la cantidad, sino por la calidad de los parlamentarios. Explicó que el ratio internacional suele ser de un legislador por cada 60 mil habitantes, mientras que en el Perú es cada 235 mil. El aumento de 10 escaños no hace la diferencia.
Apuntó que se necesitan grupos políticos fuertes, congresistas honestos y una agenda legislativa concertada.
PEOR SOLUCIÓN
El analista en temas electorales Fernando Tuesta opinó que el cambio constitucional del jueves “ha sido la peor solución al problema de representación, quizás por el temor de los congresistas al rechazo de la opinión pública”.
Consideró que una reforma pendiente es el retorno a la bicameralidad con un crecimiento adecuado del número de parlamentarios.
Dijo que debe eliminarse el artículo de la Constitución que especifica el número de congresistas que debe tener el Parlamento, porque estos siempre crecen. “En 1860 el Perú ya tenía 120 congresistas. No podemos tener igual número de parlamentarios que hace más de un siglo”.
Sugirió la existencia de circunscripciones más pequeñas —sin que sean uninominales— para que exista un reconocimiento claro de quiénes son los representantes y haya más presión sobre su función.
Agregó que el Congreso dejó de lado a los 450 mil peruanos con derecho a voto en el extranjero, según el último cálculo en el 2006. Tuesta estima que la cifra podría elevarse a 600 mil para el 2011, lo que representa una cantidad mayor que la población electoral de 15 departamentos. “Esta es la exclusión de facto”.
El vicepresidente del Parlamento Andino, Wilbert Bendezú, también lamentó esta exclusión y la calificó de “ingrata”, pese a que el presidente Alan García presentó en el 2006 iniciativas legislativas de este tipo.
QUÉ SE VIENE
Modificaciones pendientes
Bicameralidad
La presidenta de la Comisión de Constitución, Mercedes Cabanillas (Apra), explicó que el dictamen de reforma constitucional que permite el retorno al sistema bicameral se encuentra con pedido de reconsideración. Dijo que el tema se debatirá en la comisión y se buscarán consensos. El pleno del Congreso desestimó en mayo pasado la disposición. La propuesta solo obtuvo 61 votos a favor, 34 en contra (fujimoristas y humalistas) y una abstención. La Constitución exige 81 votos para dispensar a este tipo de reformas del trámite de referéndum.
Renovación parcial
También señaló que está pendiente el proyecto de reforma constitucional para elegir a 60 congresistas cada dos años y medio, en lugar de elegir a los 130 en un solo proceso cada cinco. El ministro de Justicia, Aurelio Pastor, expuso en dos ocasiones este proyecto del Ejecutivo ante la Comisión de Constitución. Todas las bancadas, excepto el Apra, se oponen a la medida.
Reparto de escaños
El miembro del pleno del Jurado Nacional de Elecciones Ulises Montoya indicó que recién el lunes se conocerá la distribución de los diez escaños por el aumento del número de congresistas de 120 a 130. La reforma estará vigente para las elecciones generales del 2011.
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La República
Los dejan solos. Wilbert Bendezú Carpio,vicepresidente del Parlamento Andino, señaló que es lamentable que el Pleno no haya aprobado la creación del distrito electoral de peruanos residentes en el extranjero para que los casi 3 millones de migrantes peruanos tengan representantes verdaderamente comprometidos con su problemática.
“Es realmente penoso que nuestros migrantes que aproximadamente son el 10 % del total de la población peruana, que anualmente envían al país alrededor de 3 mil millones de dólares, y que ahora, por la crisis económica mundial, atraviesan situaciones extremas- xenofobia, perdida del empleo, expulsión- no puedan elegir y tener representantes directos en el Congreso de la República que velen por sus derechos e intereses”, señaló Bendezú.
Esto a pesar de que en la Comisión de Constitución del Congreso existían diferentes iniciativas legislativas para que los migrantes cuenten con representantes directos, inclusive una presentada en 2006 por el propio presidente de la República, Alan García Pérez.
Acotó que a diferencia del recientemente creado distrito electoral de Lima Provincias, cuyas 9 provincias agrupan a alrededor de 800 mil habitantes- los peruanos afincados en el extranjero son alrededor de 3 millones, por lo que con mucha más razón se hacía necesario la creación de una representación congresal directa para ellos.
Indicó que en la actualidad no existe una eficaz representación en el Parlamento de los peruanos en el extranjero. “Son poquísimas las iniciativas legislativas enmarcadas a dar solución a sus problemas, ahora agravados por la crisis mundial”, acotó.
“El Parlamento se ha portado de forma ingrata con los migrantes peruanos a pesar de que son parte importante de la economía nacional. Se encuentran atravesando en estas horas difíciles momentos y simplemente se les ha dado la espalda”, concluyó Bendezú.
Los dejan solos. Wilbert Bendezú Carpio,vicepresidente del Parlamento Andino, señaló que es lamentable que el Pleno no haya aprobado la creación del distrito electoral de peruanos residentes en el extranjero para que los casi 3 millones de migrantes peruanos tengan representantes verdaderamente comprometidos con su problemática.
“Es realmente penoso que nuestros migrantes que aproximadamente son el 10 % del total de la población peruana, que anualmente envían al país alrededor de 3 mil millones de dólares, y que ahora, por la crisis económica mundial, atraviesan situaciones extremas- xenofobia, perdida del empleo, expulsión- no puedan elegir y tener representantes directos en el Congreso de la República que velen por sus derechos e intereses”, señaló Bendezú.
Esto a pesar de que en la Comisión de Constitución del Congreso existían diferentes iniciativas legislativas para que los migrantes cuenten con representantes directos, inclusive una presentada en 2006 por el propio presidente de la República, Alan García Pérez.
Acotó que a diferencia del recientemente creado distrito electoral de Lima Provincias, cuyas 9 provincias agrupan a alrededor de 800 mil habitantes- los peruanos afincados en el extranjero son alrededor de 3 millones, por lo que con mucha más razón se hacía necesario la creación de una representación congresal directa para ellos.
Indicó que en la actualidad no existe una eficaz representación en el Parlamento de los peruanos en el extranjero. “Son poquísimas las iniciativas legislativas enmarcadas a dar solución a sus problemas, ahora agravados por la crisis mundial”, acotó.
“El Parlamento se ha portado de forma ingrata con los migrantes peruanos a pesar de que son parte importante de la economía nacional. Se encuentran atravesando en estas horas difíciles momentos y simplemente se les ha dado la espalda”, concluyó Bendezú.
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