Cócteles

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Segunda Sala Constitucional de Lima anuló la decisión del juez Víctor Zúñiga Urday de pasar a juicio oral a Ricardo Briceño por el caso “Cócteles”

Jueces Constitucionales destacaron que el Juez Zúñiga omitió pronunciarse sobre la decisión de la Fiscalía de La Victoria de archivar la investigación contra Ricardo Briceño por supuesto fraude en agravio de la CONFIEP, disponiendo que pase a juicio oral, señaló su defensa legal, abogado Luciano López Flores.
La Segunda Sala Constitucional de Lima notificó la sentencia (dictada en última y definitiva instancia) que le da la razón al ex presidente de la CONFIEP, Ricardo Briceño Villena, en su demanda de habeas corpus que en enero de este año tuvo que interponer contra el Fiscal del Equipo Especial, Dr. José Domingo Pérez Gómez, y el juez del Cuarto Juzgado de Investigación Preparatoria Nacional Permanente Especializado en Crimen Organizado, Dr. Víctor Raúl Zúñiga Urday.
Ricardo Briceño Villena tuvo que recurrir a la justicia constitucional, dado que es víctima de una absurda e injusta acusación formulada por el Fiscal Pérez en el famoso “caso Cócteles”: que “falseó balances y estados financieros, omitiendo señalar que los fondos de la campaña de promoción de la inversión privada II era para financiar la campaña de Keiko Fujimori”. Es decir, que Briceño supuestamente engañó a la CONFIEP y a los empresarios aportantes. Lo acusa de “lavado de activos derivado de fraude en la administración de persona jurídica en agravio de la CONFIEP”. Sin embargo, otra Fiscalía (del distrito de La Victoria) -a pedido del propio Fiscal Pérez- investigó y determinó que NO había ningún fraude, puesto que no se habían falseado balances ni desvío de fondos. En suma: que Briceño no engañó a la CONFIEP ni a nadie. Por eso archivó el caso. La CONFIEP consintió la decisión y emitió un comunicado público confirmando que jamás fue engañada por Briceño.
“El juez Víctor Zúñiga -que ha devuelto 9 veces la acusación fiscal- desestimó el pedido de archivo de la acusación que solicitó la defensa de Ricardo Briceño en el proceso penal, pese a que, si no hay delito fuente, no hay lavado de activos, autorizando injusta e inconstitucionalmente que pase a juicio oral. Omitió pronunciarse sobre el archivo decretado por la Fiscalía de La Victoria, lo cual fue destacado por los jueces de la Segunda Sala Constitucional de Lima, Dres. Ricardo Vílchez Dávila, Eduardo Romero Roca y David Suárez Burgos, que le han ordenado al juez Zúñiga que cumpla con pronunciarse sobre tal archivo del delito fuente de supuesto fraude en la administración de persona jurídica en supuesto agravio de la CONFIEP”, señaló Luciano López Flores, abogado de Ricardo Briceño que patrocinó el habeas corpus cuyo resultado ha sido favorable.
Continuar la acusación contra Ricardo Briceño viola una garantía básica del debido proceso penal: a nadie se le puede acusar por una conducta no delictiva.

Vela y Pérez se enfrentan a Benavides

Plantean que los dos fiscales sean separados del caso porque no han dado ningún resultado en caso Lava Jato.

Por Martín Rodríguez- Diario EXPRESO.
La participación de la fiscal de la Nación, Patricia Benavides, en la lectura de derechos al extraditado Alejandro Toledo Manrique ha generado una serie de interpretaciones. El domingo el expresidente había regresado al Perú para enfrentar un juicio público por el caso Interoceánica Sur, y sorprendió la presencia de la magistrada suprema quien presidió la diligencia.
Si bien algunas voces, incluido el jefe del Equipo Especial Lava Jato, Rafael Vela, sostienen que Benavides no tenía nada que hacer en esos trámites, la ley señala lo contrario.
En el numeral 1 del artículo 512 del Código Procesal Penal, se establece que “La Fiscalía de la Nación es la Autoridad Central en materia de cooperación jurídica internacional, quien, cuando así lo permitan los tratados, se comunica de manera directa con las autoridades centrales extranjeras”.
En el capítulo sobre la cooperación judicial internacional (artículo 526) se precisa lo siguiente: “Una vez presentada la solicitud de extradición ante el Estado requerido, corresponde a la Autoridad Central hacer el seguimiento de la solicitud hasta que se obtenga respuesta y supervisar su ejecución según las condiciones que hubiese establecido el Estado requerido”.
De acuerdo a estos artículos mencionados líneas arriba, la presencia de la doctora Benavides en las diligencias del último domingo sí estaría justificada.
Consultado en Exitosa por el papel que cumple la fiscal de la Nación, Vela Barba respondió: “Ninguno desde el punto de vista procesal, porque el caso está a cargo del fiscal José Domingo Pérez y del juez Richard Concepción Carhuancho que es el responsable de la investigación preparatoria que está controlando el contenido de acusación y después estará a cargo de un tribunal con tres jueces que serán quienes eventualmente juzgarán al señor Alejandro Toledo. Aquí ya no hay intervención de la fiscal de la Nación”.

El inicio del derrumbe

El abogado de Briceño, Luciano López, señala: “… si no hay delito fuente, no hay lavado de activos y se está autorizando injusta e inconstitucionalmente que Briceño pase a juicio oral… la Segunda Sala Constitucional de Lima le ha ordenado al juez Zúñiga que cumpla con pronunciarse sobre tal archivo del delito fuente del supuesto fraude en la administración de persona jurídica…” (24/4/23).
Como se aprecia, los desaguisados del fiscal Pérez, consentidos por el juez Zúñiga (“…tampoco puedo ser exigente con el Ministerio Público, porque no lo he sido en otras circunstancias” – 22/2/23) van quedando al descubierto, porque al operar como un tándem, paisanos ambos, amamantados bajo el influjo de las nieves del Misti (como si se tratara de Farfán y Paolo) se apuntaron goles de dudosa legitimidad, con los cuales atropellaron sin miramientos los derechos de los procesados, irregularidades que se empezarán a ventilar en la Segunda Sala de Apelaciones Nacional que preside el vocal Iván Quispe Aucca.
Como por ejemplo, la presurosa acusación “electoral” presentada por Pérez el 11/3/21 -un año antes de que se venciera el plazo de 36 meses de investigación por el delito de organización criminal- para coincidir en la segunda vuelta electoral del 2021 con el Movimiento No a Keiko.

La cofradía del rocoto y del adobo

Prisa que se refleja: primero, las nueve subsanaciones que ha experimentado la acusación (luego de nueve rebotes sucesivos que sufrió el flamante catedrático de Derecho de la PUCP), tratando infructuosamente de enmendar errores de origen; segundo, que haya presentado una acusación “Al Guerrazo” donde no se personalizan los cargos ni al empresario Briceño ni tampoco a los otros 41 procesados, porque se generalizan los testimonios de 1,063 testigos y también los 5,111 elementos de convicción para cinco delitos: organización criminal, lavado de activos, obstrucción a la justicia, falsa declaración en proceso administrativo y falsedad genérica. Dicho de otra manera, por ahora para la Fiscalía el empresario “no lava”, pero pertenece a una banda, es obstructor y, además, un falso de aquellos.
Finalmente, como cereza en la torta de la indefensión, de mistiano a mistiano, Zúñiga le permitió fraternalmente a Pérez corregir oralmente la acusación en la etapa intermedia de control. Una revolución procesal.
A estas alturas, el presidente de la Sala Nacional de Justicia Penal, el vocal César Sahuanay, no debería olvidar que el informe preliminar del Grupo de Alto de Nivel de la OEA de hace solamente cuatro meses (1/12/22) señalaba que debería tenerse muchísimo cuidado en continuar con la “judicialización de la política y politización de la justicia, lo que desvirtúa el rol y equilibrio de los poderes del Estado” (1/12/23).
Inicialmente, el pedido “extraordinario” de Don César, de quedarse al frente de la Sala Penal por un periodo adicional de dos años, rebotó en el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial (PJ), compuesto por el actual presidente de la Corte Suprema Javier Arévalo Vela y Carlos Arias Lazarte, que designaron al vocal superior Armando Salvador, pero “milagrosamente”, antes de las Fiestas Navideñas (23/12/22), se reveló que Salvador tiene un hijo con la pareja actual del congresista Guillermo Bermejo, ante lo cual Elvia Barrios, en ese entonces presidenta del PJ, retrocedió y prorrogó irregularmente la gestión de Sahuanay “hasta que el JNJ nombre a los vocales titulares de la Sala Penal Nacional”.
Fuente: Diario EXPRESO.

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