Carta al Arzobispo de Lima

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PEDIDO FILIAL AL SEÑOR ARZOBISPO DE LIMA MONSEÑOR CARLOS CASTILLO MATTASOGLIO
Excelencia:
Nosotros, católicos de la Arquidiócesis de Lima, nos encontramos perplejos por el comunicado expedido el día de hoy por la Oficina de Prensa del Arzobispado de Lima, mediante el cual, de forma contundente y hasta pareciendo no dejar cabida a contradecir su contenido, se indica no solamente que se acata sin cuestionamiento alguno lo dispuesto por el Decreto Supremo 116-2020-PCM –que dispone que siguen suspendidas las fiestas patronales y actividades religiosas entre otras, sino que además, señala que:
“En consecuencia, y debido al peligro del contagio que todavía acecha, en todo nuestro territorio arquidiocesano se mantendrán cerrados los templos hasta nuevo aviso. Se tendrá preparado un protocolo adecuado para cuando no haya peligro para la vida, no solo de los católicos sino de todos. Esto se decidirá de acuerdo con la autoridad civil nacional.”
Es decir, la Arquidiócesis de Lima, va más allá incluso de lo dictaminado por el Poder Civil, y declara mediante este comunicado el cierre de los templos “hasta nuevo aviso (…) para cuando no haya peligro para la vida (…).”
Lo anterior significa, Excelencia, para cualquier buen entendedor que, como quiera que ya se ha anunciado por destacados médicos y científicos del país y del extranjero, que el peligro del virus COVID-19 se prolongará por mucho tiempo y que el peligro para la vida subsistirá indefinidamente, puesto que los grupos de riesgo seguirán existiendo y la obtención de una vacuna puede demorar largos meses; que, según el comunicado, el cierre de los templos puede prolongarse fácilmente por muchos años, o bien no reabrirse nunca, toda vez que, si el argumento para mantenerlos cerrados es el peligro para la vida, dicho peligro puede proceder tanto por el COVID-19 que nos aqueja y que continuará más allá de toda cuarentena, como por cualquier otra enfermedad ya existente, o nueva que aparezca.
Por lo demás, ninguna disposición de la autoridad civil es absoluta y no puede no ser discutida como si se tratase de un dogma de fe, a cuyo nivel el comunicado la coloca, pues el acatamiento que se señala, es puro y simple y sin que quepa discusión. El arzobispado deja claro con su texto, que no piensa discutir la disposición como si la celebración de la Santa Misa tuviese un riesgo semejante al de una fiesta patronal o una actividad cívica, o mayor incluso que la concurrencia a mercados, establecimientos, oficinas o programas televisivos que dejan mucho que desear.
Resulta especialmente extraño que, en lugar de comunicarse a los fieles que se vienen haciendo esfuerzos para el restablecimiento del culto principal de la fe católica que profesa la inmensa mayoría de nuestro pueblo, se aluda simplemente a la disposición civil y se exprese que se hará un protocolo adecuado, cuando es ampliamente conocido por la feligresía, que la honorable Conferencia Episcopal ya aprobó y difundió el protocolo correspondiente, esperándose solamente la aprobación de la autoridad civil, por lo cual, los templos podrían abrirse desde esta semana.
Por ello, Excelencia, venimos a solicitarle respetuosa y filialmente, que inste al Supremo Gobierno a que, así como ha autorizado la apertura de establecimientos comerciales, mercados y otros, se autorice la reapertura de los templos para la celebración eucarística, bajo el protocolo respectivo, por cuanto es bien sabido que en las iglesias las personas son mucho más disciplinadas que en los mercados, careciendo de sentido su permanencia cerradas.
Finalmente, debemos, con el respeto debido, hacer presente las palabras de Nuestro Señor Jesucristo, en el tiempo en que estuvo entre los hombres: “Dad al César lo que es del César y a Dios lo que es de Dios” y que “Más vale obedecer a Dios antes que a los hombres”. Lo decimos con el mayor afecto hacia la Cátedra de Santo Toribio, quien tanto luchó porque la autoridad civil respetase los fueros de la Iglesia confiada a su servicio.
El Perú es un país esencialmente católico. Nuestra Santa Religión se encuentra presente y ha contribuido eficazmente a darle su faz cristiana. El Estado colabora con la Iglesia conforme al Concordato y la Constitución Política. No queremos pensar que estamos viviendo alguna suerte de persecución doctrinaria o ideológica de alguien para intentar sustraer a los católicos de la asistencia a la mesa eucarística, centro de toda nuestra fe en Cristo resucitado que prometió permanecer con nosotros hasta el fin del mundo. La historia está llena de episodios en que la Misa fue atacada e intentada de eliminar bajo pretextos diversos. Estamos seguros que nuestro Gobierno no se encuentra en esa línea de acción por las manifestaciones de adhesión a nuestra fe, inclusive de las más altas autoridades de la Nación.
Confiamos, Excelencia, en que aprecie usted con buenos ojos esta misiva, movida por nuestro dolor de no poder acudir al milagro que se obra permanentemente en las misas, y a poder recibir los sacramentos y especialmente la Hostia Consagrada, alimento de todo buen católico que le da el vigor para perseverar en la virtud y encaminarse hacia el Cielo.
Besando el anillo de Su Excelencia, quedamos de usted, rogando a nuestros santos, bienaventurados y venerables, guíen su accionar en bien de las almas que le han sido confiadas.
Lima, 30 de junio de 2020
Luciano Revoredo Rojas
Manuel Castañeda Jiménez
Abel Gerardo Reyes Chávez
Abel Reyes Alzamora
Adriana Joy Way Troncoso
Adriana Morales Quispe
Alan Lozano Gonzales
Alberto Bajak Miranda
Alberto Bendezú
Alberto Bodero Coelho
Alberto Cabada Pajares
Alberto Cruz Ramírez
Alberto González Cáceres
Alberto Román Serpa
Alberto Zevallos Sánchez
Alejandro Alfageme Rodríguez Larraín
Alejandro Rodríguez Cubillas
Alessandra Cava De Andrea
Alessandra D’Angelo Casabonne
Alexandra María von Preussen Herrera
Alexis Jesús Grados Vizcardo
Alfredo De La Puente Cornejo
Alfredo Gildemeister Ruiz Huidobro
Alfredo Parodi Saldías
Alfredo Pérez Lale
Alicia Grundy López
Alida María Olinda Del Castillo Gálvez
Álvaro Maguiña
Amalia Pineda Jara
Ana Aurelia Alfaro Urday
Ana Cecilia Urraca Anicame
Ana Gusukuma Coronado
Ana Lourdes Loayza Lazo
Ana María Bugosen Chaluja
Ana María Gordillo Beltrán
Ana Mark Valdez
Ana Sophia Chavarría Verano
Andrea Berckholtz Velarde
Andrea Narváez
Andrés Haaker Velaochaga
Andrés Valle Mansilla
Angela Delgado
Angelo Pierinello Cavassa
Angie Delgado Morote
Antonio Hudtwalcker Pinilla
Antonio Tarazona Ramón
Aracely Sánchez Coronel
Aranza Flores Martin
Arturo Mena Maekawa
Azucena Falconí Gonzales
Bertha De La Torre de De Los Ríos
Bianca Baquerizo de Piérola
Bruna Denegri Iglesias
Carla María Chiri Salazar
Carla Mercado Vega
Carlos Alberto Cárdenas Benites
Carlos Alfonso Orbegoso Rivera
Carlos Alvarado Valencia
Carlos Antonio Moscoso Delgado
Carlos Dulanto
Carlos Enrique Freundt Arellano
Carlos García Tapia
Carlos Manuel Quimper Herrera
Carlos Rubén B. Vermejo Ruiz
Carmen Aburto Coronado
Carmen Chávez Agurto
Carmen Julia Rutiaga Quiroga
Carmen Lizárraga de Benvenutto
Carmen Milagros Gutiérrez Castillo
Carolina Azucena Leciñana Falconí
Catalina Figari Camino
Catalina Noriega Bentin
Catherine Reyes Freundt
Cecile Mellet Bisetti
Cecilia Botonero Napa
Cecilia Haaker Velaochaga
Cecilia Zavala Batlle de Schang
César Augusto Valera Rivera
César Augusto Vidal Garland
César Fernando Lizárraga Gálvez
César Ibarburo Oyague
Claudia Carcelén Mendoza
Claudia Figari Mendoza
Claudia Gazzani Málaga
Claudia Nassano Barreda
Constanza María José Hilbck Barúa
Consuelo Arenas De Ponce
Corina Carbajal del Valle
Cristian Gutiérrez Santa Cruz
Cristina Arana González
Cristina Delgado Torres
Daniel Camacho Ramírez
Dante Fidel Robles Arévalo
David Andrés Alfaro Castratt
David Montoya Risco
Denise Venturo Denegri
Diana Morales Landa
Diego Baxerias
Diego Castro Mendívil Camino
Diego Valderrama Vásquez de Velasco
Dina Alejandra Marcos Evangelista
Dina Zapata Dulanto
Dioselina Podestá Velis
Doris Soto Contreras
Eddy Camacho Ramirez.
Eddy Ramírez Condezo de Camacho
Ederlinda Eugenia Verano Mauriz
Eduardo Carlos Castro Mendívil
Eduardo Guerra Chenllec
Eduardo Leciñana Falconí
Eduardo Leciñana García
Eduardo Mariano Baca
Elena Naranjo Carbajal
Elena Silva de Delgado
Elena Vallejos Ochoa
Elisa Dora Figueroa Marín
Elisabeth Fernández Concha Ortmann
Elizabeth Alfaro Urday
Elizabeth Barrón De Morey
Elizabeth Du Bois Curcio
Elizabeth Guevara Monroy
Elodia Untiveros Ruiz
Elsa González Martínez
Elsa Josefina Torres Cheje
Elsa Lizárraga Gálvez
Elva Otero Salazar
Elvira Rivera Puente Arnao
Elyana Arana Bohorquez
Enrique Tumialán Hinostroza
Enrique Valdivia Pareja
Enriqueta Peschiera Rebagliati De Cabrera
Erika Monsalve Sialer
Ernesto David Alfaro Castratt
Ernesto David Alfaro Romainville
Ernesto García Marín
Ernesto Zenón Alfaro Castratt
Esther Paredes Gutiérrez
Fabiola Espinoza Berrospi
Fanny Schenone Oliva
Fátima Saldonid Westres
Felipe Venturo Denegri
Félix Moisés Morales Huanca
Fernando Tavera Vega
Fernando Tomás Linares Vidal
Fionna Almendra Romero Narváez
Fiorella Blengeri Oyarce
Francesca Defendi Ragonesi
Francisca María Irigoyen Gómez Sánchez
Francisco Javier Lanata San Martín
Franco Mori Petrovich
Franco Silva Semorile
Franklin Medina Calle
Freddy Raúl Calienes Quelopana
Gabriel Alejandro Romero Narváez
Gabriela Arenas Sánchez
Gabriela Calderón de Pacheco
Gabriela Elizabeth Quiroz Ríos
Georgina Ruiz López De Alvarado
Geraldine Spihlmann
Gerardo Chávez Pérez
Gianfranco Sangalli Ratti
Gisella Mabell Narváez Gamarra
Gisselle Sánchez Carrión
Giuliana Bassi Moy
Giuliana Mussio Bustamante
Gladys Moscoso Mesía
Gladys Rodríguez Mariátegui
Gloria Alicia Calderon Dettling
Gloria María Alayza Camarero
Gloria Pinto Gutiérrez
Gonzalo Ansola Airaldi
Gonzalo Ansola Cabada
Gonzalo Valderrama Vásquez de Velasco
Guillermo García Alarcón
Gustavo Infante Lembcke
Gustavo Romero Umlauff
Henry Bullard Combe
Herbert Muñoz Marín
Herlinda Arroyo Ortega
Hilda Ghersi Jiménez
Hortencia Adrianzén Ordoñez de Valdiviezo
Hortensia Vásquez de Velasco Saravia
Hugo Ramirez Denegri
Humberto Valdivia Yoplac
Inés del Pilar Mejía Palomino
Inés Lidia Linares Vidal
Inés Mollard De Rohde
Inés Rhode
Inés Roxana Mora Lorenzi
Inés Roxana Mora Lorenzi
Ingrid Elizabeth Orosco Vargas
Irina Margot Valdivia Mansilla
Irma Nelly Gonzales Ovverluys
Isabel Gladys
Isabel María Alayza de Losada
Isabel Vásquez de Velasco Saravia
Iván Sierra Medina
Ivett Herrera Rojas
Aurea Patiño Berdoni de Pisfil
Jaime Sayán Araujo
Javier Ñaupari Vásquez
Javier Pacheco Manga
Javier Vásquez de Velasco Saravia
Jeamel Flores Haboud
Jenny Díaz Silva Arana
Jessica Bullard Combe
Jessica Byrne Boza
Jesús Pereyra Arizola
Jesús Ricardo Escalante Godoy
Joaquin Alonso Valera Bandenay
Jorge Antonio Sousa Lossio
Jorge Bernardo Haaker Velaochaga
Jorge Luis Ochoa Martínez
José Ambrosini Valdez
José Antonio Anderson Trujillo
José Luis Chávez Pérez
José Luis Zolezzi Ibárcena
Jose Mariano Moscoso Pineda
José Martín Quijada
José Naranjo Correa
José Neggli Lavalle
José Romero Arce
José Salcedo Alvarado
Josefina Morales Nole
Juan Antonio De Dompablo Saettone
Juan Antonio Rutiaga García
Juan Carlos Buezo de Manzanedo Reátegui
Juan Carlos Rincón Verano
Juan Francisco Saona Neyra
Juan José Secada Salamanca
Juan Manuel Peña Roca
Juan Martín Haaker Velaochaga
Juan Morales Nole
Juan Segundo Ochoa Martínez
Juana Bentín Gandini
Juana Luisa Vidal Pando De Linares
Juana Urday Ulloa
Judith Flores G. De Lizárraga
Judith Torres Saavedra
Juliana Parodi
Julio Alfonso Caballero Maldonado
Julio Pacheco Gaige
Justo Linares Chumpitaz
Kalia Sejuro
Karin Oviedo Valencia
Karina Schang Zavala
Karla Sedano Gómez
Kevin Henrry Yánez Serrano
Krysia Broel Plater
Laura Barbagelata Walker
Lenny Lorena Cabello Verano
Leticia Blanco Gordon
Lilia Mori De Paredes
Liliana Sologuren Chiappe
Lissel Kruger Sayán
Litha Kenny de Aguayo
Lizeth Cueva Arana
Lola Valencia Cornejo
Lorena Subiría Remy
Lorenzo Espinoza Oscanoa
Lourdes Rosell De Almeyda
Lucia Moreno Aspiazu
Lucila Del Valle De Quimper
Luis Camusso Rojas
Luis Cano- Alva Vidal
Luis Carlos Moreyra
Luis Castañeda Luna
Luis Fernando Falcón Castro
Luis Guillermo Escalante Godoy
Luis Lozano Naupay
Luis Palma Patiño
Luis Ubillas Ramírez
Luisa Biviana Cheje Chura
Lusmila Repetto Tkachenko
Luz María Cruchaga Belaunde De Barros
Madeleine Osterling Letts
Magaly Castro Gutiérrez
Maíta García Trovato
Manuel Ruiz Huidobro Cubas
Manuel Barrios Arbulú
Manuel Cerna Sabogal
Manuel Eugenio Martín Migone Peña
Manuel Maeda Takeuchi
Manuel Pablo Schang Devoto
Marcela Fiedler Villalonga
Marcela Inés Claux Alfaro
Marcos Andrés Nieto Hildebrandt
Margarita Paredes Gutiérrez
Margarita Valladolid Lazares
María Amelia Ganoza Arróspide
María Antonia Chevarría Monroy
María Antonieta Del Carmen Mesones Villacorta
María Beatriz Salem Saba
María Calle Contreras
María Carolina Sbarbaro Dociak
María Cecilia Calderón de Klatich
María del Carmen Castro Roca
María Del Carmen Escalante Alva
María Del Milagro Pérez Rivera
María Del Pilar Cisneros Navarro
María del Pilar Gonzales Mattos
María Del Rosario Fernández Gómez De Sánchez Del Solar
María del Rosario More Velásquez
María Elena Gajate Noriega
María Esther Castro
María Eugenia Andrade De Lucio
María Eugenia Nateros Espinoza
Maria F. Valderrama Fernández Concha
María Fernanda Mentasty
María Gabriela Cabieses Colmenares
María Guadalupe Escalante Godoy
María Inés Larrazabal Gil
María Isabel Cardenal Caldera
María Isabel Diez Arosena
María Isabel Orbegoso
María Isabel Polo Pazos
María Isabel Rospigliosi Crosby
María Isabel Tejada Alvarez
Maria Jimena Molina Cox
María José Valderrama Fernández Concha
María Luisa Bustamante de Defilippi
María Luz Paredes Gutiérrez
María Milagro Salazar Pérez
María Panaque Jaramillo
María Pía Picasso Candamo
María Susana Meneses de López
María Susana Petterson Ravettino
María Teresa Larco Ramírez
María Teresa Ramírez Otárola Sarmiento
María Victoria Carranza Faccini
Mariana Derteano Ehni
Mariana Sayán Naranjo
Mariana Velando Groppo
Mariela Moscoso De Salazar
Mariella Woodman Casalino de León
Mario José Loor Irus
Marisol Josefa Bentín Pinillos
Maritza Mercado Vega
Martha Molina Hidalgo
Martha Hidalgo Tanchiva
Martha Portocarrero Calle
Martín Andrés Romero Narváez
Martín Ignacio Haaker Bullard
Mauricio Alvarado
Mauricio Lapa Berrocal
Máximo Paredes Gutiérrez
Máximo Paredes Mori
Mayte Begoña Leciñana Falconí
Mendoza Rodríguez
Mercedes Castro Mendoza
Mercedes Rodriguez Ortega
Mercedes Salazar De Stone
Micaela Chuquilin Mori
Miguel Ángel Navarro Mendívil
Miguel Moreyra Marrou
Miguel Naranjo Carbajal
Milagros Angélica Castillo Rodríguez
Moisés Díaz Aquino
Mónica Ganoza Castillo de Higa
Mónica Lizbeth Jiménez Zambrano
Mónica Susana Montoya Bamberger
Nancy Morgante Vasallo
Natalie Haaker Bullard
Nathalie Rakigjija Cancino
Natividad Alicia Camasca Alfaro
Nattaly Lucía Torres Valdivia
Nélida Filio Andrade
Nélida Villar Murrugarra
Nicolás Cruz Guevara
Nidia Canales Rojas
Nilo Canales Ochoa
Nora Morales Zapata
Norma Fernández Prada Mazzei
Olga Helfer de Tapia
Oliver Alvarado
Omar Rafael Cobeñas Pinto
Oscar Alberto Romero Roque
Oscar Romero Aquino
Owen Naupay Untul
Pablo Haaker Velaochaga
Pamela Cabello Verano
Pamela Lizárraga
Paola Bozzo
Paola Gabriela Urteaga Cornejo
Paola Pérez Pino
Paolo García Rojas
Patricia Consuelo Zacarias Gery
Patricia Delgado Gonzales
Patricia Diana Fernández Espinoza de Ciudad
Patricia Hermoza Maraví
Patricia Martin Súnico
Patricia Milagros De La Flor Busso
Patricia Muñoz Quispe
Patricia Renée Alvarado Untiveros
Patricia Velarde Cardona
Pedro Alfaro Abarca
Pedro Lerena Alesanco
Pía Calmet León
Pierre Boris Arrunátegui Frías
Pilar Santa María D’Angelo
Princesa Cosar Sedano
Priscilla Lizárraga Flores
Rafael Álvarez Calderón Alzamora
Rafael Lazo Santa Cruz
Rafael López Aliaga
Rafael Morales Beltrán
Raquel Sánchez Gonzáles
Raúl Michaud Haro
Renatto Josephe Bautista Rojas
Renzo Luigi Forlín Struque
Renzo Valverde Torrico
Ricardo Escudero Vigil
Ricardo Guerrero Pérez
Ricardo Sánchez-Serra Serra
Ricardo Villamonte López
Rocío Alvarado Valencia
Rocío Camino Linares
Rocío Del Pilar Montes de Oca Neuman
Rocío Naranjo Carbajal
Rocío Rojas Huamán
Rodrigo Cruz Guevara
Rolando Cueva López
Rolando Daniel Villanueva Oré
Roque Naupay Espinoza
Rosa Amelia Gálvez Rojas
Rosa Angélica Sánchez Carrión Muñoz
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Sandra Saavedra López
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Sebastián Cruz Guevara
Sebastián Flores Martin
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Silvia María Derteano Ehni
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Susana Luna Del Castillo
Susy Villegas Rodríguez
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Teresa Quispe Uriarte
Tomás Jungbluth Rojas
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Úrsula Salmón Zazzali
Valeria Medrano Cerna
Verónica De La Peña Tschudi
Verónica Simpson Gonzalez
Victor Alvarado Valencia.
Victor Fernando Torres Guerrero
Víctor Martín Alvarado Untiveros
Victor Sejuro
Vilma Gonzales Méndez
Walter Guerrero Reyes
Wilber Medina Bárcena
Wilder Ruiz Silva
Wilson Gustavo Cruz Sinche
Ximena Cánovas
Yanina Alvarado Valencia
Yorry Warthon Cortez
Ysabel De Zela Noriega 

El ejercicio de la libertad religiosa

Por – Diario Correo.
El artículo 12 del Decreto Supremo N°116-2020-PCM publicado el pasado 26 de junio, norma que establece las medidas de la nueva convivencia social, contiene una clara discriminación que afecta la libertad de ejercicio del culto religioso. La razón es que las condiciones para que puedan operar los establecimientos comerciales mediante una apertura que permita a los consumidores adquirir sus necesidades, evitando aglomeraciones y distanciamiento social, son medidas compatibles con la administración que puedan brindar las actividades de cualquier culto religioso.
Las guías y protocolos preparados por los templos de las diferentes religiones que se practican en el país pueden llevarse a cabo con más eficiencia que los establecimientos comerciales y restaurantes, donde la cantidad y constante movilización de personas dentro del recinto largas colas y permanente contacto con la mercadería son riesgos de infección, a diferencia de la práctica del culto religioso donde los fieles pueden guardar una movilidad controlada para ingresar y salir del templo manteniendo distancia social y quietud durante la ceremonia.
El catálogo de derechos de la Constitución reconoce que nadie debe ser discriminado por motivo de origen, raza, sexo, idioma, religión, opinión, condición económica o de cualquiera otra índole (inciso 2, artículo 2) y el derecho al libre ejercicio público de todas las confesiones (inciso 3, artículo 2). Por eso, si la norma establece la reanudación de actividades mediante el progresivo ejercicio ciudadano de las libertades, cumpliendo con un conjunto de medidas preventivas, resulta irrazonable la prohibición del ejercicio del culto religioso cuando también pueden observarse medidas de control y cuidado colectivo. Si el Estado ha flexibilizado el ejercicio de las libertades de desplazamiento y reunión, recordemos que en un estado de emergencia no se restringe la libertad de culto religioso (véase inciso 1, artículo 137).

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