Presidente coronavirus con yapa

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MEF METE A SOCIOS Y ABOGADOS DE GRAÑA EN EMISIÓN DE BONOS

El Ministerio de Economía y Finanzas aprobó la contratación de abogados y accionistas de la empresa constructora Graña y Montero en la emisión externa de bonos por $3,000 mil millones de dólares.
Se trata de las empresas Simpson Thacher & Barttlett LLP, firma de abogados de Nueva York que investigó de manera interna las vinculaciones de GYM con Odebrech. Así mismo el MEF contrato a The Bank of New York Mellon, en calidad de Agente de Listado de Pago y de Transferencia en Luxemburgo, esta última es principal accionista de la empresa Graña y Montero.
Superintendencia del mercado de valores
La Resolución Ministerial N°136-2020-EF/52, publicada en la edición extraordinaria está destinada a financiar el apoyo a la balanza de pagos, así como el prefinanciamiento de los requerimientos del sector público para el año fiscal 2021.

Un Estado mendigo sentado sobre un banco sin capital

Por – Diario Gestión.
Dado el sufrimiento de los más afligidos por el coronavirus y el peligro de que se nos desplome la cadena de pagos, al Gobierno no le quedaba a corto plazo otra que emitir bonos que nos endeudarán, liquidar reservas que nos desprotegerán y autorizar el retiro de ahorros que nos empobrecerán.
Sin embargo, dije que a mediano plazo era perfectamente posible conseguir financiamientos que, en lugar de restarle valor a la economía, más bien lo agregue. Esto se lograría si los títulos de los propietarios y empresarios formales e informales se certifican para que no solo protejan los activos de sus dueños sino también puedan ser usados como contrapartida para generar una cantidad de capital mucho mayor que el dinero que puede obtener el Estado a través del endeudamiento.
Al respecto, he sugerido que se comience con los títulos vinculados a la explotación de las reservas mineras y energéticas probadas, por un valor potencial de $1 billón, y que están bloqueadas porque a los propietarios de la superficie les falta alguna de las 7 certificaciones necesarias para ser reconocidos como contrapartida para formar capital en los mercados financieros globales. Un estimado es que esta emisión de certificados generaría ingresos para todos los titulares, sus empleados y la caja del Estado de unos US$ 136,000 millones en valor presente, suma 3 veces nuestro presupuesto anual y 5 veces el monto que el Gobierno calcula necesario para combatir al virus y la recesión económica que se viene.
¿Desde cuándo se ha visto que títulos generen capital? Desde siempre, a condición de que se certifique que los titulares estén identificados y responsabilizados; tengan los incentivos y conocimientos necesarios para respetar las normas que protegen a los financistas en los mercados de capitales y sean capaces de comprometerse a lo dispuesto por los convenios marco que gobiernan las transacciones entre los países involucrados. Una vez que estas certificaciones y los títulos han sido empaquetados en un legajo aceptado por un banco o fondo autorizado como contrapartida, y recibido por su ventanilla de entrada acreditándolo en sus libros contables como un activo, ¡bum! el título se convierte en capital. A cambio de ello, el banco puede emitir –por su ventana de salida– el dinero que él mismo crea, ¡otro bum! para ser invertido productivamente registrando cada emisión como un débito.
Una de las personas que leyó mi último artículo me preguntó por qué prefería comenzar con energía y minas, cuando había tantos otros sectores económicos menos controversiales en el Perú. Respondí que presumía que los que saben convertir minerales y agua en energía, la cual es una abstracción –pues no se ve ni se toca– y requiere ser transformada y guiada por un protocolo para darle forma concreta, controlarla y ponerla en valor; van a comprender mejor por qué crear capital, que también es una abstracción, requiere ser concretizado vía un protocolo antes de convertirse en dinero productivo.
Por ejemplo, para que el agua plácida del lago Junín revelara su potencial para iluminar e incrementar la productividad en el Perú se siguió un protocolo para certificar, sucesivamente, la energía potencial del agua, su altura utilizable y el volumen disponible; la energía cinética que esta generaría al final de su caída por gravedad; la energía mecánica en la que la cinética debe transformarse para mover las turbinas y luego los generadores; para finalmente producir energía eléctrica controlable, cuyo un valor es miles de veces mayor que el de la laguna plácida.
El protocolo de 7 certificaciones que hemos diseñado para acompañar a los títulos imperfectos es similar al protocolo que siguen los ingenieros para identificar y concretizar el valor potencial de los recursos naturales, en el sentido que ambos tienen como propósito crear valor ex nihilo, es decir, de la nada. Aquí van las certificaciones:
1. Establece la ubicación de los recursos, la identificación inequívoca de los titulares, de las normas y autoridades tales como notarios, registradores y jueces de paz, que gobiernan la confección y la validez de sus títulos y determinan sus responsabilidades.
2. Establece cuáles, entre los centenares de miles de normas que se han creado en los últimos 30 años, permiten que los títulos sirvan como contrapartida de inversiones, garantía de créditos o evidencia de cualquier valor usado para formar capital y ponerse a la par con los derechos y mecanismos que tienen las multinacionales.
3. Establece si los titulares que quieren capitalizarse además de pertenecer o ser solidarios con un grupo social determinado han adoptado una forma empresarial que les permite ser reconocidos y protegidos en el mercado global.
4. Establece cuáles son las normas que les permiten negociar directamente y ser pagados sin desligarse de sus activos e incorporar al precio de sus títulos de propiedad el valor de los conocimientos e innovaciones con los que contribuyen a limitar sus responsabilidades para protegerse de decisiones contrarias a sus intereses personales.
5. Establece cuáles son las normas que les permiten escoger libremente a sus socios, incluyendo aquellos que les permitan acceder a la propiedad corporativa y convertirse en dueños de industrias de alta productividad y gran escala.
6. Establece por qué y cómo los titulares locales están protegidos por las 11 convenciones internacionales que promueven una globalización y formalización justas.
7. Establece si los títulos locales cumplen con los requerimientos de las normas que rigen los mercados de capitales a nivel global, hoy dispersas en cuerpos normativos, enmiendas, prácticas, interpretaciones y prohibiciones insertadas en la legislación financiera y contractual que fue concebida a partir de las leyes antifraude de 1933 y 1934, así como lo establecido en los convenios internacionales (como los TLC) y tratados bilaterales (como los BIT).
Estos 7 certificados fueron diseñados para servir en cualquier país en desarrollo sin la necesidad de cambiar leyes –lo cual significa que pueden ser implementados tanto por el sector público como privado–. Los diseñamos nosotros, peruanos, y actualmente los estamos desarrollando para su pronta implementación con apoyo de organizaciones europeas y estadounidenses dedicadas a las inversiones de impacto y a la administración y titulización de activos financieros. Con ellas compartimos desde el inicio la intención de promover el crecimiento inclusivo, pero hoy, con la emergencia del coronavirus y la recesión que se viene, consideramos que combatir la desigualdad no solo es importante sino urgente.

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