Casa del jabonero

[Visto: 658 veces]

Mario  Momento en que Bryce le entrega un jabón a Julio Arbizu durante un debate electoral (Foto: Grupo El Comercio).

JNE archiva proceso sancionador contra Solidaridad Nacional por caso Mario Bryce

El pleno del Jurado Nacional de Elecciones (JNE) archivó -por mayoría- el proceso sancionador contra Solidaridad Nacional, luego de que Mario Bryce, candidato al Congreso en las últimas elecciones extraordinarias por dicha agrupación, le regalara un jabón al también postulante Julio Arbizu (Juntos por el Perú) luego de un debate.
Según la resolución Nº 0161-2020-JNE, se declaró fundado el recurso de apelación presentado por la personera legal alterna de Solidaridad Nacional, Diana Masamoto Rivas, y se anularon las resoluciones emitidas por el Jurado Electoral Especial (JEE) Lima Centro 1 sobre el proceso.
Según el máximo organismo electoral, el citado JEE no verificó si los hechos ocurridos “configurarían un supuesto de infracción”, ni tampoco se evaluó si el acto cuestionado (entrega de jabón) tuvo como finalidad el persuadir a los electores o la búsqueda de sus votos.
Resolución del JNE que archiva proceso contra Solidaridad Nacional.
“[El JEE] no ha precisado cómo es que el hecho señalado en el informe de fiscalización presentaría los elementos suficientes que encuadren en un supuesto acto de propaganda electoral que originarían el inicio del procedimiento”, detalla el documento.
En ese sentido, el JNE, la máxima instancia, afirma que el JEE “no evaluó en forma correcta” el incidente sindicado como presunto acto infractor, “lo que conllevó a iniciar por error un procedimiento sancionador sobre propaganda electoral” contra Solidaridad Nacional.
“En consecuencia, tanto al inicio del procedimiento sancionador (calificación inicial de la conducta infractora) como en la etapa de determinación de la infracción no se ha cumplido con motivar de forma clara, lógica y completa los hechos y circunstancias que se dan por probadas, y la valoración de la prueba que la sustenta, con la indicación del razonamiento que justifique la responsabilidad de la organización política”, señala la norma.
Cabe indicar que la resolución del JNE fue publicada en el boletín de Normas Legales del Diario Oficial El Peruano.

¡Mario Bryce vuelve a la tele y lo hace en Digital TV Perú: “Hackeando la política”!

El pasado 7 de enero, durante un debate organizado por el El Comercio entre ambos candidatos, al final del encuentro Bryce le entregó un jabón a Arbizu. Tras la polémica, el entonces candidato por Juntos por el Perú presentó una denuncia penal contra Mario Bryce por el presunto delito de discriminación, que de acuerdo con el artículo 323 del Código Penal es sancionado con hasta tres años de pena privativa de la libertad o servicio comunitario.
Asimismo, el JEE de Lima Centro 1 admitió a trámite un procedimiento sancionador contra la organización política Solidaridad Nacional e incluso el Tribunal de Honor del Pacto Ético Electoral (PEE) emplazó a Mario Bryce a ofrecer disculpas públicas a la ciudadanía.

Club de la Construcción: Indecopi inicia proceso sancionador contra Odebrecht, Graña y Montero y otras 33 constructoras

Esta instancia encontró evidencia que las constructoras se repartieron 112 procesos de contratación pública para la construcción, mejoramiento, rehabilitación y mantenimiento de carreteras en el país, cuyo valor fue superior a los S/13,000 millones.
El Indecopi, a través de la Secretaría Técnica de la Comisión de Defensa de la Libre Competencia, inició un procedimiento administrativo sancionador contra 35 empresas constructoras y 28 de sus ejecutivos por un presunto acuerdo (cártel) para repartirse entre sí diversas licitaciones convocadas por el Ministerio de Transporte y Comunicaciones (Provías) y otras entidades del Estado para la adjudicación y contratación de diversas obras públicas a nivel nacional.
Las empresas implicadas son las integrantes del llamado ‘Club de la Construcción’ integrado por Odebrecht, Graña y Montero, OAS, entre otras.
La presunta infracción -sostiene Indecopi- se habría implementado entre noviembre de 2002 y diciembre de 2016, a través de una serie de reuniones entre las empresas involucradas con la finalidad de evitar competir entre ellas y determinar, de antemano, a las ganadoras de cada proceso de selección.
Estas reuniones se habrían llevado a cabo en distintos hoteles, restaurantes, clubes y oficinas de aquellas empresas.
Indecopi alega que la evidencia obtenida por la presunta conducta anticompetitiva infractora, revelaría que las empresas investigadas se repartieron 112 procesos de contratación pública para la construcción, mejoramiento, rehabilitación y mantenimiento de carreteras en el país.
La evidencia consiste principalmente en documentos, declaraciones, archivos y correos electrónicos obtenidos durante la investigación llevada a cabo por Indecopi, así como información vinculada con las propuestas, características y resultados de los procedimientos de contratación analizados.
La presunta infracción investigada habría distorsionado las condiciones en las que se adjudicaban dichas obras públicas a nivel nacional, generando que el Estado incurra en mayores gastos.
La suma de los valores referenciales de las 112 obras objeto de investigación fue superior a los S/ 13,000 millones
Indecopi aclaró que el inicio de un procedimiento administrativo sancionador se basa en la existencia de indicios razonables sobre la realización de una presunta conducta anticompetitiva y no constituye un prejuzgamiento sobre la responsabilidad de los investigados o el resultado del procedimiento.
-Fecha-
La institución precisó que tanto las empresas como los ejecutivos cuentan con un plazo de treinta días hábiles para presentar sus descargos. Vencido dicho plazo, se abrirá un periodo de prueba de siete meses, conforme al artículo 29 del Texto Único Ordenado de la Ley de Represión de Conductas Anticompetitivas (“Ley de Libre Competencia”).
Estas son las empresas comprendidas en la pesquisa de Indecopi:
N°           Empresas Constructoras
1             Altesa Contratistas Generales S.A.
2             Andrade Gutiérrez Engenharia S/A. Sucursal del Perú
3             Aramayo S.A.C. Contratistas Generales
4             Conalvías Construcciones S.A.C.
5             Construcción y Administración S.A.
6             Construcciones Civiles S.A. Sucursal Perú
7             Construcoes e Comercio Camargo Correa S.A. Sucursal Perú
8             Constructora Málaga Hnos. S.A.
9             Constructora Norberto Odebrecht S.A. Sucursal Perú
10           Odebrecht Perú Ingeniería y Construcción S.A.C.
11           Constructora TP S.A.C.
12           Obrascon Huarte Lain S.A. Sucursal del Perú
13           Constructora Upacá S.A.
14           Constructores y Mineros Contratistas Generales S.A.C.
15           Construtora OAS S.A. Sucursal del Perú
16           Construtora Queiroz Galvao S.A. Sucursal del Perú
17           Cosapi S.A.
18           E. Reyna C. S.A.C. Contratistas Generales
19           EIVI S.A.C.
20           Energoprojekt Niskogradnja S.A. Sucursal del Perú
21           G y M S.A.
22           Grupo Plaza S.A.
23           Ingenieros Civiles y Contratistas Generales S.A.
24           J. Alva Centurión Contratistas Generales S.A.C.
25           J.C. Contratistas Generales E.I.R.L.
26           JJC Contratistas Generales S.A.
27           Johe S.A.
28           Montes Hnos. S.R.L.
29           Mota-Engil Engenharia e Construcao S.A. Sucursal Perú
30           Mota-Engil Perú S.A.
31           Obras de Ingeniería S.A.C.
32           San Martín Contratistas Generales S.A.
33           Superconcreto del Perú S.A.
34           TyT S.A.C. Contratistas Generales
35           Construtora Aterpa S/A. Sucursal Perú
Fuente: Diario Gestión.

Puntuación: 5 / Votos: 24

Deja un comentario

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *